Regl. 8612, art. 32

Publicación de anuncio

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Cite as Reglamento Núm. 8612, Art. 32

La Junta de Subastas deberá publicar un anuncio a través de la página cibernética que a tales REGLAMENTO DE COMPRAS CORPORACIÓN DE LAS PÁGINA 31 DE 52 CERTIFICACIÓN NÚMERO 05-2015 Artes Musicales fines provea la Oficina de Gerencia y Presupuesto, de conformidad con las disposiciones de la "Ley de Gobierno Electrónico", según enmendada, 0 cualquier otra legislación futura que la modifique, sustituya 0 suplemente. El anuncio deberá publicarse con no menos de diez (10) días calendario con anterioridad a la fecha de apertura de la subasta, salvo que la Junta de Subastas apruebe un término menor. La Junta de Subastas podrá también enviar invitaciones a licitadores particulares. La invitación se hará llegar a los licitadores por el medio más conveniente luego de haberse publicado el anuncio. El Anuncio e Invitación a subasta se hará cumplimentándose los espacios de información provistos en el sistema digital de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, garantizándose la inclusión de la siguiente información: A. Número de subasta; B. Título de la subasta; C. Breve descripción de los bienes 0 servicios a ser adquiridos; D. Fecha, hora y lugar de la reunión presubasta, si aplica; E. Fecha, hora, lugar y costo para recoger el pliego de subasta; F. Fecha, hora y lugar donde se abrirán las ofertas; G. Cualquier otro tipo de información requerida por ley 0 que se estime pertinente.
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