Regl. 8612, art. 41
Reunión presubasta
Length: 306 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8612, Art. 41
A.
Cuando se haya requerido en el anuncio o en la invitación a subasta, la Junta de Subastas
citará a los licitadores a una reunión presubasta.
B.
Se establecerá en el anuncio y en la invitación a subasta si es compulsorio asistir a la
reunión presubasta y la fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo la misma.
C.
Antes de la reunión presubasta, los posibles licitadores deberán adquirir copia del pliego
de subasta, del presente Reglamento y demás documentos que sean necesarios. Además,
REGLAMENTO DE COMPRAS
CORPORACIÓN DE LAS
PÁGINA 37 DE 52
CERTIFICACIÓN NÚMERO 05-2015
Artes Musicales
previa coordinación por el Departamento de Servicios Generales, los licitadores visitarán
e inspeccionarán el lugar donde se instalará el equipo 0 donde se realizará el proyecto u
ofrecerá el servicio objeto de la subasta, en aquellos casos que así lo requieran los pliegos
de la subasta.
D.
La reunión presubasta será dirigida por el Presidente de la Junta de Subastas, con la
participación del Secretario de la Junta y del solicitante 0 su representante.
E.
El Secretario de la Junta preparará y conservará un registro de los asistentes, donde se
indique la corporación 0 sociedad que cada asistente está representando, 0 si comparecen
como persona natural.
F.
El Secretario de la Junta preparará una minuta de los asuntos tratados en la reunión
presubasta, que incluya las aclaraciones hechas atendiendo las solicitudes de los
licitadores. Además, ésta debe incluir todo anejo al pliego de subasta en caso de ser
necesario hacer modificaciones, correcciones y cambios al pliego.
G.
En ocasión de que surja una addenda como consecuencia de la reunión, el Secretario de la
Junta, por instrucciones del Presidente de la Junta de Subastas, enviará copia de la misma
a todos los licitadores no menos de tres (3) días laborables previo a la apertura de la
subasta.