Regl. 8612, art. 5
Principios y políticas generales
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Cite as Reglamento Núm. 8612, Art. 5
Se establecen los siguientes principios y políticas generales que aplicarán a todos los procesos
de adquisición de bienes:
A.
Modernización de los procesos - Este Reglamento está en consonancia con la política de
agilizar las adquisiciones y la emisión de sus pagos correspondientes, por cuanto uno de sus
objetivos es permitir y fomentar la adopción de métodos de pago modernos tales como el
uso de tarjetas de crédito y débito, adquisiciones a través del Internet y otros métodos
similares. Este Reglamento deberá interpretarse liberalmente para estimular y fomentar la
adopción, uso y desarrollo de nuevas tecnologías y procedimientos que conduzcan a la
agilización, eficacia y eficiencia de las adquisiciones y para lograr los propósitos del mismo.
Todas las normas y procedimientos de la Corporación y sus subsidiarias que incidan sobre
los procesos de compras deberán emitirse 0 modificarse sin dilación para conformarlos con
los propósitos y disposiciones del presente Reglamento, el cual prevalecerá en caso de
existir alguna inconsistencia con dichas normas 0 procedimientos.
B.
Uso oficial La adquisición de cualquier equipo, material 0 servicio no personal será
estrictamente para uso oficial de la Corporación y sus subsidiarias, en cumplimiento con
los propósitos establecidos en sus respectivas leyes orgánicas.
C.
Parámetros de los procesos de adquisición - Los procesos de adquisición deben ser
ágiles, razonables, eficientes, sensatos y lo más convenientes para la Corporación y sus
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subsidiarias. Tomarán en cuenta la situación financiera de la Corporación y sus
subsidiarias, la obtención del mayor beneficio para éstas y, sobre todo, propenderán la
consecución efectiva de la misión que se les ha encomendado dentro de la realidad
presupuestaria y las normas de sana administración pública.
D.
Principio de disponibilidad Regla que autoriza a la Junta de Subastas a evaluar la
adquisición de un equipo, material 0 servicio a un mayor costo en situaciones en que por
no estar disponible en el momento en que se necesite, existe el riesgo de que el costo para
la Corporación y sus subsidiarias sea mayor que lo que se va a economizar, 0 de que
acarrearía un menoscabo en la misión y servicios de éstas. El análisis tiene que realizarse
de acuerdo con las circunstancias particulares de cada situación y documentarse
debidamente en el expediente.
E.
Cumplimiento con requisitos de ley Toda persona natural 0 jurídica que le venda 0
compre bienes O servicios a la Corporación y sus subsidiarias, así como todo comprador
involucrado en los procesos de adquisición, deberá cumplir con las leyes normas y
reglamentos estatales 0 federales aplicables, así como con los requisitos aplicables de la
Ley de Ética Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según enmendada.
F.
Política preferencial De conformidad con lo dispuesto en la Ley para la Inversión en la
Industria Puertorriqueña, según enmendada, para toda compra se adquirirán los artículos
extraídos, producidos, ensamblados 0 envasados en Puerto Rico, 0 distribuidos por
agentes establecidos en Puerto Rico, siempre y cuando se den las siguientes
circunstancias: (1) que los artículos cumplan con las especificaciones, términos y
condiciones establecidas en la subasta u orden de compra; (2) que su precio, luego de
aplicado el margen de preferencia correspondiente, sea el más bajo; y (3) que la calidad
del producto no menoscabe la misión de la Corporación y sus subsidiarias.
G.
Adquisición de productos reciclados El Departamento de Servicios Generales dará
preferencia a la adquisición de productos reciclados, siempre y cuando no se afecte la
calidad y propósito para el cual se utilizarán los mismos de acuerdo con las políticas que
puedan ser establecidas por la Corporación y sus subsidiarias y por cualquier ley 0
reglamento aplicable. Los agentes compradores, previo emitir la orden de compra,
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requerirán a los licitadores que en la cotización se indique si el producto que ofrece
contiene material reciclado y el por ciento del mismo. Para la adquisición de papel se
deberá solicitar papel con el por ciento de fibra reciclada dispuesto para cada año fiscal a
tenor con la Ley para la Reducción y el Reciclaje de los Desperdicios Sólidos en Puerto
Rico, según enmendada.
H.
Necesidades- Toda adquisición se hará para satisfacer al máximo las necesidades de la
Corporación y sus subsidiarias, al menor costo posible sin menoscabar la satisfacción de
dichas necesidades. Como consecuencia, todo funcionario 0 empleado autorizado a
gestionar 0 aprobar la adquisición de bienes y/o servicios se regirá por las
especificaciones establecidas por el solicitante y actuará con diligencia en la adquisición
conforme a las mismas.
I.
Obligatoriedad de las condiciones pactadas Las adquisiciones se ceñirán estrictamente
a las condiciones que fueren requeridas por cualquier ley 0 reglamentación aplicable, 0
aquellas establecidas en concesiones, contratos, donativos, legados, acuerdos colaborativos
u otros tipos de convenios para el desarrollo de los proyectos, siempre y cuando las mismas
no sean contrarias a las leyes y reglamentación aplicable a la Corporación.
J.
Juramento 0 certificación de veracidad Los documentos utilizados en el proceso de
compras que así lo requieran, deberán estar juramentados 0 certificados como veraces,
bajo apercibimiento de perjurio.
K.
Documentos públicos Los documentos de subastas, requerimientos de propuestas y
contratos son públicos, salvo que por disposición de ley se disponga lo contrario. No empece
lo anterior, todo lo relativo a las deliberaciones de la Junta de Subastas no será público.
L.
Efecto de las decisiones de adjudicación La determinación que se tome sobre la
adjudicación de una subasta, solicitud de propuesta sellada 0 compra directa, afectará
únicamente el caso bajo consideración y no constituirá precedente en otros casos.
M.
Requisito de autorización para compras de diez mil dólares ($10,000) 0 más Toda
adquisición cuyo valor alcance 0 exceda diez mil dólares ($10,000), deberá ser autorizada
previamente por la Junta de Directores haciéndose constar su aprobación por escrito en
minuta, resolución 0 certificación a los efectos.
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