Regl. 8613, art. 13.2
Revisión de la Solicitud de Aprobación de Equivalencia
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Cite as Reglamento Núm. 8613, Art. 13.2
1. El Analista o Especialista que recibe el caso cumplimentará los encasillados
correspondientes del Formulario de Análisis para la Aprobación de
Equivalencias y revisará que estén los siguientes documentos, debidamente
llenos:
a. Comunicación de la Agencia Solicitante, que contenga por lo menos la
siguiente información: nombre de la Agencia Proveniente; tÃtulo del
puesto que ocupa el empleado y tÃtulo del puesto para el que se
reclutará.
b. Especificación de la clase y descripción 0 cuestionario de clasificación
del puesto que ocupa el empleado, debidamente certificado.
C. Si falta algún documento 0 la información está incompleta, el Analista 0
Especialista se comunicará por teléfono 0 correo electrónico con la
Agencia Solicitante.
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d. Si la Agencia no contesta dentro de un tiempo que no debe exceder los
quince (15) dÃas laborables, se devolverá el caso a la Agencia
acompañado de una comunicación explicativa debidamente firmada
por el Director 0 la persona en quien éste delegue.