Regl. 8613, art. 13.2-VI

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE

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Cite as Reglamento Núm. 8613, Art. 13.2-VI

EQUIVALENCIAS 1. Cuando la movilidad se efectúa internamente en una Agencia, dentro de un mismo Plan de Clasificación 0 de Valoración de Puestos para el Servicio de Carrera, se utiliza la retribución básica para determinar si la acción de personal constituye un ascenso, traslado 0 descenso. 2. Para viabilizar la movilidad de los empleados entre organismos con diferentes Planes de Clasificación 0 Valoración de Puestos, es necesario establecer equivalencias entre las clases de puestos de los diferentes Planes, dentro de un mismo Servicio. Esto aplicará de igual manera a aquellas Agencias que cuentan con Planes de Clasificación 0 de Valoración de Puestos separados para el Servicio de Carrera (Carrera Gerencial y Carrera Unionado). 3. Previo a llevar a cabo un reclutamiento y determinar si la acción de recursos humanos a efectuar constituye un ascenso, traslado 0 descenso, la Agencia Solicitante deberá establecer la equivalencia para cada caso en particular. Ésta formará parte integral del Plan de Clasificación 0 Valoración de Puestos correspondiente, a los efectos de brindar uniformidad en las transacciones futuras. Además, deberá incluirse en el expediente del empleado que sea seleccionado, y proceder de conformidad con el Artículo V, inciso 7 de este Reglamento. 4. Luego de identificada la acción de recursos humanos, se procesará la misma de acuerdo a las normas aplicables. La Oficina, Área O División de Recursos Humanos de la Agencia Solicitante, será responsable de verificar que el empleado seleccionado reúna los requisitos mínimos del puesto a ocupar y aquellos aspectos relacionados con la retribución a asignar en la transacción. 5. La Oficina, Área 0 División de Recursos Humanos de la Agencia Solicitante deberá establecer la equivalencia entre los puestos comprendidos entre los diferentes Planes de Clasificación 0 de Valoración de Puestos, a los efectos de: a. Determinar si la experiencia de trabajo que posee el candidato, es acreditable para el puesto objeto del reclutamiento. 9 b. Determinar si la acción de personal que corresponde en cada caso en particular, es un ascenso, un traslado 0 un descenso. C. Verificar en las proposiciones de ascenso sin oposición, si el cambio constituye efectivamente un ascenso. d. Evaluar las acciones de personal, a la luz de las normas aplicables, y determinar su corrección y legalidad. e. Identificar un puesto igual O similar al último puesto que ocupó en el Servicio de Carrera, un empleado de confianza con derecho a reinstalación, proveniente de otra Agencia. 6. Luego de establecer la equivalencia, la Agencia Solicitante remitirá la misma a la OCALARH para su evaluación y aprobación. 7. Una vez obtenga la aprobación de la equivalencia por parte de la OCALARH, la Agencia podrá llevar a cabo la acción de recursos humanos que corresponda. 8. Los costos de evaluación y aprobación que correspondan serán los establecidos en el Memorando Especial vigente 0 el que la OCALARH emita a esos fines.
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