Regl. 8613, art. 13.2-XIV
PREPARACIÓN DE LOS REGISTROS DE EQUIVALENCIAS
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Cite as Reglamento Núm. 8613, Art. 13.2-XIV
1. Luego de aprobada la equivalencia, se procederá a preparar los Registros de
Equivalencias conforme a lo siguiente:
a. TÃtulo
Se identificará con el siguiente tÃtulo: Registro de Equivalencias de las
Clases de Puestos comprendidas en el Plan de Clasificación o
Valoración de Puestos del Servicio de Carrera de (Nombre de Agencia
Solicitante), con las clases comprendidas en el Plan de Clasificación
del Servicio de Carrera (Nombre de Agencia Proveniente).
b. Contenido
Se prepararán dos (2) columnas. La columna de la izquierda se
identificará de la siguiente manera: "TÃtulo de la Clase" y el nombre de
la Agencia Solicitante. En esta columna se escribirán, en orden
alfabético, los tÃtulos de las clases del Plan de Clasificación O
Valoración de Puestos del Servicio de Carrera de la Agencia. La
columna de la derecha se identificará de la siguiente manera: "TÃtulo
de la Clase". En esta columna se escribirán los tÃtulos de las clases del
Plan de Clasificación o Valoración de Puestos del Servicio de Carrera
de la Agencia Proveniente que son equivalentes a la clase de puesto
que figura en la columna de la izquierda. Si no hubiera equivalencia
aparecerá una lÃnea en el lugar correspondiente al tÃtulo de la clase en
la columna de la derecha.