Regl. 8613, art. 13.2-XVII
NOTIFICACIÓN DE LA ACCIÓN TOMADA
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Cite as Reglamento Núm. 8613, Art. 13.2-XVII
1. Luego del análisis técnico y la determinación de la acción a tomar, se
procederá a formalizarla. La información que se ofrecerá a la Agencia
Solicitante será respecto a la equivalencia solicitada. Además, se le ofrecerá
toda otra información relevante que guie y oriente a la Agencia sobre el
reclutamiento del empleado de la Agencia Proveniente.
2. El Analista 0 Especialista preparará la Notificación sobre Determinación de
Equivalencia para la firma del Director 0 la persona en quien éste delegue. En
esta Notificación se indicará una o más de las siguientes alternativas, según
apliquen:
a. Si hay equivalencia con la clase solicitada.
b. Si no hay equivalencia con la clase solicitada, informará si hay otras
clases equivalentes en el grupo ocupacional y si las funciones del
puesto 0 la clase de la Agencia Solicitante son superiores O inferiores
a la clase de la Agencia Proveniente.
C. Si no hay equivalencia con ninguna clase del Plan de Clasificación O
Valoración de Puesto de la Agencia, informará la clase con la cual es
comparable.
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3. También informará sobre los instrumentos utilizados para la comparación:
especificación de clase o cuestionario del puesto.
4. De haberse utilizado el cuestionario del puesto, le advertirá a la Agencia
Solicitante que la información que se le ofrece solamente aplica a ese caso
en particular.
5. Enviará para la firma del Director, O la persona en quien éste delegue, la
Notificación sobre Determinación de Equivalencia dirigida a la Agencia
Solicitante y el análisis realizado para la Determinación de Equivalencias,
acompañadas de los documentos enviados.
6. En los casos en que el Analista 0 Especialista encuentre que la
especificación de clase no es adecuada, preparará un memorando con sus
recomendaciones y lo remitirá al Director Auxiliar del Área de Asesoramiento
Técnico y Servicios Especializados, quien lo revisará y luego lo enviará al
Director 0 su representante autorizado para la firma.
7. El Director Auxiliar del Área de Asesoramiento Técnico y Servicios
Especializados revisará el caso y, si está de acuerdo, someterá la
Notificación sobre Determinación de Equivalencia para la aprobación final del
Director. De no estar de acuerdo, la devolverá al Analista 0 Especialista con
sus observaciones y éste procederá según se le indique.