Regl. 8616, art. 1.3 dup2
Alcance y Aplicación
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Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 1.3 dup2
Este Reglamento es aplicable en el Recinto Universitario de Mayagüez (RUM), así como en
todas las demás dependencias, terrenos e instalaciones que son propiedad 0 están en
posesión de o bajo el control de la Institución, o en cualquier otro sitio que se considere una
extensión del salón de clase, 0 donde se celebren actos o actividades oficiales de cualquier
naturaleza o auspiciados por la Institución, o en las que ésta participe.
El alcance de este Reglamento se extenderá a todas las prácticas administrativas, programas
académicos y de asistencia económica, así como a los procesos de admisión, traslado,
transferencia, reclutamiento, promoción y empleo de estudiantes
CAPÍTULO II DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
PARTE A INTRODUCCIÓN