Regl. 8616, art. 2.10

Prontuario del curso

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Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 2.10

El estudiante tiene derecho a recibir de su profesor, no más tarde de la primera semana del curso, un documento en formato impreso o electrónico, en el cual se describa cómo se cumplirá con el plan de trabajo del curso. Este documento deberá ser discutido en clase por el profesor y representa el acuerdo y compromiso que establece el profesor con sus estudiantes. La Universidad promueve que el estudiante exprese su opinión acerca de los temas, metodologías y criterios de evaluación del curso, por lo que el profesor brindará a los estudiantes la oportunidad que estime razonable para sugerir cambios al documento. El prontuario del curso incluirá al menos los siguientes elementos: 1. Descripción y objetivos académicos del curso 2. Metodología y estrategias a ser utilizadas 3. Calendario de las actividades del curso 4. Los requisitos indispensables para la aprobación del curso, incluyendo, pero sin limitarse a, mecanismos y criterios de evaluación, normas sobre asistencia, tardanzas, reposiciones de evaluaciones y participación en el curso. 5. El horario de oficina del profesor, así como la ubicación de su oficina. El profesor podrá informar sobre otros mecanismos mediante los cuales el estudiante puede contactarle fuera del salón de clases. 6. Una notificación a todos sus estudiantes de que los actos de falta de integridad académica conllevarán sanciones disciplinarias. 7. La notificación a los estudiantes con impedimentos de que tienen derecho a los acomodos razonables y que los mismos deben tramitarse a través del Decanato de Estudiantes. 8. Cualquier otra información requerida por las autoridades académicas pertinentes. Reglamento de Estudiantes del RUM 10 En todo caso en que se entregue el prontuario en formato electrónico el estudiante tendrá derecho de solicitar y obtener una copia impresa en el departamento correspondiente.
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