Regl. 8616, art. 2.23
Participación en organismos universitarios
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Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 2.23
El RUM respetará y propiciará la participación activa y responsable de los estudiantes en todos
los órganos de gobierno universitario en los cuales cuenta con representación, como parte de
su formación integral, en armonÃa con la misión social y académica de la Universidad de
Puerto Rico.
Reglamento de Estudiantes del RUM 16