Regl. 8616, art. 2.8

Atención académica fuera del salón de clase

Length: 78 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 2.8

La relación del estudiante y el profesor fuera del salón de clase forma parte del proceso educativo. El estudiante tiene derecho a recibir la debida atención y supervisión del profesor a cargo de la dirección de proyectos de investigación, estudios independientes, tesis o disertaciones. Además, tendrá derecho a reunirse con el profesor en horas especialmente señaladas para ello con el fin de solicitar orientación o esclarecer cualquier aspecto de su labor académica. Reglamento de Estudiantes del RUM 9
Regl. 8616, art. 2.8: Atención académica fuera del salón de clase | Justis AI