Regl. 8616, art. 3.5

Consejo de Estudiantes de Facultad

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Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 3.5

3.5.1 En cada facultad se elegirá anualmente un Consejo de Estudiantes de Facultad, electo por y de entre los estudiantes regulares de la facultad conforme a sus respectivos reglamentos internos y a lo dispuesto en el Capítulo V de este Reglamento. La composición de los Consejos de Facultad será según lo dispongan sus respectivos reglamentos internos. Los distintos Consejos de Estudiantes de Facultad tendrán la responsabilidad de representar a los estudiantes de su facultad. Reglamento de Estudiantes del RUM 21 3.5.2 El Consejo de estudiantes de facultad continuará en funciones hasta la toma de posesión del próximo Consejo.
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