Regl. 8616, art. 4.5

Representación estudiantil ante la Junta Administrativa

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Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 4.5

4.5.1 Los estudiantes del Recinto Universitario de Mayagüez elegirán un representante en propiedad con VOZ y voto ante la Junta Administrativa. También se elegirá a un representante alterno de forma que se garantice la representación estudiantil en las reuniones en caso de que el representante en propiedad no pueda asistir. Reglamento de Estudiantes del RUM 25 4.5.2 El representante alterno será la persona que obtenga la segunda mayor cantidad de votos en la elección para representante en propiedad ante la Junta Administrativa. 4.5.3 En caso de quedar vacante el puesto de Representante en propiedad, el representante alterno pasará a ocupar la posición en propiedad. 4.5.4 En caso de quedar vacante el puesto de representante alterno, el Consejo General de Estudiantes seleccionará la persona para ocupar dicho puesto.
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