Regl. 8616, art. 6.13 dup2

Duración del proceso disciplinario

Length: 91 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8616, Art. 6.13 dup2

6.13.1 Salvo en circunstancias excepcionales, el procedimiento disciplinario que aquí se dispone deberá ser resuelto dentro de un término que no excederá de seis (6) meses desde la formulación de la querella contra el estudiante. 6.13.2 Ningún estudiante podrá graduarse hasta que el proceso disciplinario finalice. A tales efectos, el Decano de Estudiantes notificará al Registrador y al Decano de la Facultad del estudiante querellado de todos los casos que involucren a estudiantes candidatos a graduación que se encuentran un proceso disciplinario en curso. PARTE D: PROCESOS FORMALES, INFORMALES Y SUMARIOS
Regl. 8616, art. 6.13 dup2: Duración del proceso disciplinario | Justis AI