Regl. 3472, art. 12
TRASPASO DE TITULACION DE DUEÑO SOBRE LA VIVIENDA DEL VETERANO
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Cite as Reglamento Núm. 3472, Art. 12
A OTRO VETERANO. Si durante la vigencia de la exención contributiva sobre la
propiedad el veterano vendiese 0 traspasase su título de dueño sobre la propiedad
exenta bajo la ley a otro veterano elegible, el nuevo adquirente deberá solicitar
los beneficios de exención provistos bajo la Ley en la forma y modo en que se
establece en este reglamento.
E1 veterano que vendiese tendrá derecho a solicitar los beneficios de esta
exención sobre la nueva propiedad que adquiriese, pero los mismos se concederán
únicamente sobre el balance de años no utilizados en la propiedad por él antes
poseida.