Regl. 8629, art. V
Reglamento para la instalación y uso del cinturón de seguridad, del asiento protector y para establecer los requisitos para solicitar el certificado de exención. Los propósitos de este Reglamento son para implantar y reglamentar la utilización de los cinturones de seguridad y los asientos protectores para los niños.
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Cite as Reglamento Núm. 8629, Art. V
DEFINICIONES
Para los fines de este Reglamento, las siguientes palabras 0 frases,
tendrán los siguientes significados que se expresan a continuación, salvo que
de su contexto se infiera claramente otro significado:
1. Abrochar y ajustar - colocar el cinturón de seguridad en
forma tal que cumpla con su propósito de proteger a la
persona.
2. Asientos delanteros - el asiento que ocupa el conductor y.
aquel que esté paralelo al mismo.
3. Asientos posteriores - asientos ubicados detrás del asiento
del conductor y del pasajero.
4. Asiento protector - pequeño asiento removible equipado con
un dispositivo de restricción 0 carnés de seguridad, el cual se
abrocha al asiento del vehículo de motor para la seguridad de
infantes 0 niños pequeños.
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5. Asiento Protector Elevado (Booster Seat) - asiento
removible que eleva al niño unas cuantas pulgadas de tal
modo que el niño(a) se abroche el cinturón de seguridad del
vehículo de motor.
6. Certificado de Exención permiso concedido por el
Secretario a una persona para eximirlo del uso del cinturón de
seguridad o del asiento protector luego de presentar evidencia
médica que justifique su concesión.
7. Cinturón de Seguridad - aditamento de seguridad que se
ajusta sobre la falda y el hombro del conductor y los pasajeros
para asegurarlo al asiento mientras el vehículo de motor está
en movimiento.
8. Departamento - - Departamento de Transportación y Obras
Públicas.
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9. DISCO - Directoría de Servicios al Conductor.
10. Diseño - las características y marca de un vehículo de motor
para un año en particular; específicamente en cuanto se
refiere al sistema de cinturones de seguridad que se requiera
por la ley 0 reglamentación federal que se instale.
11. Excepciones - fundamento, razón 0 condición, temporera 0
permanente, que de motivo para excluir a una persona del uso
del cinturón de seguridad 0 el asiento protector.
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12. Pasajero - - toda persona que viaje en un vehículo de motor
que no sea el conductor.
13. Rutas cortas - - aquellas rutas así determinadas por el
Secretario; área de operaciones autorizadas por la Comisión
de Servicio Público.
14. Secretario - Secretario del Departamento de Trasportación y
Obras Públicas.