Regl. 8630, art. IV
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 8630, Art. IV
1.
Agencia Significará las Agencias comprendidas dentro del Sistema de
Administración de Recursos Humanos creado en virtud de la Ley
Núm. 184.
2.
Acción de Recursos Humanos Significará el acto que impacta a una
persona, clase, puesto 0 empleado en cualquier aspecto relacionado con
el área de Administración de Recursos Humanos.
3.
Ascenso Significará el cambio de un empleado de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase con funciones o salario básico de nivel
superior.
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4.
Autoridad Nominadora Significará todo jefe de una Agencia 0 persona
con facultad legal para hacer nombramientos para puestos en el
Gobierno.
5.
Clase 0 clase de puesto Significará un grupo de puestos cuyos deberes,
Ãndole de trabajo, autoridad y responsabilidad sean de tal modo
semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo
tÃtulo; exigirse a sus ocupantes los mismos requisitos mÃnimos; utilizarse
las mismas pruebas de aptitud para la selección de empleados; y
aplicarse la misma escala de retribución con equidad bajo condiciones de
trabajo sustancialmente iguales.
6.
Clasificación de puestos Significará la agrupación sistemática de
puestos en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades
para darle igual tratamiento en la administración de recursos humanos.
7.
Descenso Significará el cambio de un empleado de un puesto en una
clase a un puesto en otra clase con funciones O salario básico de nivel
inferior.
8.
Diferencial Significará la compensación especial y adicional, separada
del sueldo, que se podrá conceder cuando existan condiciones
extraordinarias no permanentes o cuando un empleado desempeñe un
puesto interinamente.
9.
Director Significará el Director de la OCALARH.
10.
Escala de retribución 0 de sueldo Significará el margen retributivo que
provee un tipo mÃnimo, uno máximo y varios niveles intermedios a fin de
retribuir el nivel de trabajo que envuelve determinada clase de puestos y
de igual modo retribuir de forma adecuada y progresiva la cantidad y
calidad de trabajo que rindan los empleados en determinada clase de
puesto.
11.
Especificación de clase Significará una exposición escrita y narrativa en
forma genérica que indica las caracterÃsticas preponderantes del trabajo
intrÃnseco de uno 0 más puestos en términos de naturaleza, complejidad,
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responsabilidad y autoridad, y las cualificaciones mÃnimas que deben
poseer los candidatos a ocupar los puestos.
12.
Interinato Significará los servicios temporeros que rinde un empleado de
carrera en un puesto cuya clasificación es superior a la del puesto para el
cual tiene nombramiento oficial, en virtud de una designación escrita de
parte de la Autoridad Nominadora O su representante autorizado y en
cumplimiento de las demás condiciones legales aplicables.
13.
Ley Núm. 184 Ley Núm. 184-2004, según enmendada, conocida como
"Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio
Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
14.
Modificaciones a los Planes de Clasificación O Valoración de Puestos y de
Retribución Significará la creación, eliminación, consolidación o
segregación de clases; adopción de una estructura retributiva que
suplanta la vigente; el reajuste de esta, añadiendo O eliminando escalas, y
la reasignación de clases a escalas superiores.
15.
Nombramiento Designación oficial de una persona por la Autoridad
Nominadora, para realizar determinadas funciones correspondientes a un
puesto.
16.
Oficina u OCALARH Significará la Oficina de Capacitación y
Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración de Recursos
Humanos.
17.
Organismo Gubernamental -Significará todas aquellas instrumentalidades
O dependencias de la Rama Ejecutiva que no forman parte del Sistema,
independientemente que se le denomine departamento, municipio,
corporación pública, oficina, administración, comisión, junta 0 de cualquier
otra forma. Se excluye de esta definición a la Oficina de Ética
Gubernamental de Puerto Rico.
18.
Plan de Clasificación 0 de Valoración de Puestos Significará el sistema
mediante el cual se analizan, ordenan y valoran en forma sistemática los
diferentes puestos que integran una organización incluyendo, sin
limitarse, los establecidos a base de factores, puntos, etc.
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19.
Plan de Retribución Significará el sistema aprobado por la OCALARH
para la Agencia, mediante el cual se fija y administra la retribución para
los Servicios de Carrera y Confianza de acuerdo con las disposiciones de
la Ley Núm. 184 y la reglamentación aplicable.
20.
Planes Se refiere a los Planes de Clasificación 0 Valoración de Puestos,
y de Retribución.
21.
Principio de Mérito Se refiere al concepto de que todos los empleados
públicos serán seleccionados, ascendidos, retenidos y tratados en todo lo
referente a su empleo sobre la base de la capacidad, sin discrimen por
razones de raza, color, sexo, nacimiento, origen 0 condición social, por
ideas polÃticas 0 religiosas, edad, orientación sexual, identidad de género,
por ser vÃctima o ser percibida como vÃctima de violencia doméstica,
agresión sexual O acecho, condición de veterano, ni por impedimento
fÃsico o mental o información genética.
22.
Puesto Significará un conjunto de deberes y responsabilidades
asignadas O delegadas por la Autoridad Nominadora, que requieren el
empleo de una persona.
23.
Reclasificación Acción de clasificar O valorar un puesto que habÃa sido
clasificado O valorado previamente. La reclasificación puede ser a un
nivel superior, igual 0 inferior.
24.
Reingreso Reintegración o retorno al servicio, mediante certificación, de
cualquier empleado regular de carrera, después de haberse separado del
mismo por cualquiera de las siguientes causas: incapacidad que ha
cesado; cesantÃa por eliminación de puestos; renuncia de un puesto de
carrera que se ocupaba con status regular; separación de un puesto de
confianza sin haber ejercido el derecho a reinstalación.
25.
Reinstalación Regreso al Servicio de Carrera después de haberse
separado del mismo por cualquiera de las siguientes causas: separación
de puestos de confianza, si al pasar al Servicio de Confianza se ocupaba
un puesto de carrera con estatus regular; separación al final O durante el
periodo probatorio por razón de sus servicios, si inmediatamente antes el
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empleado ocupaba un puesto de carrera con status regular; a la
terminación de cualquier tipo de licencia sin sueldo.
26.
Sistema Significará el Sistema de Administración de Recursos Humanos
creado por la Ley Núm. 184.
27.
Traslado Significará el cambio de un empleado de un puesto a otro en la
misma clase 0 a un puesto en otra clase con funciones 0 salario básico de
nivel similar.