Regl. 8632, art. 3

RESUMEN EJECUTIVO

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Cite as Reglamento Núm. 8632, Art. 3

A. Propósito: Para cumplir con el Artículo 2 de la Ley 57 que dispone para que el Banco de Desarrollo Económico (BDE) elabore las normas necesarias para que esté en vigor un programa de orientación y capacitación a personas con Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES), así como, para establecer que el BDE podrá ofrecer servicios de gestoría. B. Justificación: Se aprueba la Ley 57 y este Reglamento porque, debido a la situación económica, fiscal y laboral que atraviesa Puerto Rico, es necesario elaborar medidas legislativas y normas para su ejecución que brinden oportunidades para la capacitación y orientación para la población del País, que está contemplando BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA PUERTO RICO 3 incursionar en el mundo comercial o que ya es un pequeño 0 mediano comerciante y también que faciliten las gestiones para establecer O mantener una empresa. C. Costos y Beneficios: 1. Dispone la Ley 57 para que el BDE cobre a las PyMES por los servicios de orientación y capacitación y por los de gestoría, lo que sostendrá este programa en una parte significativa. Los costos del programa se establecerán posterior a la aprobación de este Reglamento, atendiendo al costo de los recursos a contratarse y los recursos con los que contarán las entidades con las cuales el BDE suscriba alianzas. 2. Se ofrecerán los servicios de orientación y capacitación de manera que las PyMES se nutran de conocimiento especializado en asuntos tecnológicos, ambientales y energéticos, entre otros. Además, el BDE podrá ofrecer servicios de gestoría de manera que se facilite la adquisición de licencias, permisos y certificaciones de todo tipo, necesarios en el trámite del financiamiento ante el BDE. Los costos del servicio de gestoría se establecerán posterior a la aprobación de este Reglamento, atendiendo los costos administrativos y los costos de los recursos a contratarse.
Regl. 8632, art. 3: RESUMEN EJECUTIVO | Justis AI