Regl. 8632, art. 4

ALCANCE

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Cite as Reglamento Núm. 8632, Art. 4

Este Reglamento alcanza a Personas con Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES), interesadas en presentar una solicitud de financiamiento, antes de ser radicada por el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico y durante el trámite de determinación y cierre, y que además, interesan participar o participan del Programa de Asistencia Empresarial tal como se define en adelante. La "asistencia empresarial", incluye pero no se limita a educación, guía y acompañamiento en aspectos especializados que tocan a una empresa en el proceso de comenzarla y sostenerla, tal como, asuntos tecnológicos, agrícolas, ambientales, energéticos y otros similares. El Presidente 0 BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA PUERTO RICO 4 Presidenta del BDE podrá, vía determinación administrativa, ampliar o limitar dichos asuntos según los recursos disponibles. El servicio de "asistencia empresarial" puede ser provisto por el personal del BDE O mediante contratos y alianzas con otras personas 0 entidades públicas y privadas.
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