Regl. 8632, art. 4
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Cite as Reglamento Núm. 8632, Art. 4
Este Reglamento alcanza a Personas con Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES),
interesadas en presentar una solicitud de financiamiento, antes de ser radicada por el
Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico y durante el trámite de determinación
y cierre, y que además, interesan participar o participan del Programa de Asistencia
Empresarial tal como se define en adelante. La "asistencia empresarial", incluye pero
no se limita a educación, guÃa y acompañamiento en aspectos especializados que
tocan a una empresa en el proceso de comenzarla y sostenerla, tal como, asuntos
tecnológicos, agrÃcolas, ambientales, energéticos y otros similares. El Presidente 0
BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO PARA PUERTO RICO
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Presidenta del BDE podrá, vÃa determinación administrativa, ampliar o limitar dichos
asuntos según los recursos disponibles. El servicio de "asistencia empresarial" puede
ser provisto por el personal del BDE O mediante contratos y alianzas con otras
personas 0 entidades públicas y privadas.