Regl. 8636, art. 13.1
General
Cite as Reglamento Núm. 8636, Art. 13.1
En cualquier asunto en el cual el Oficial Examinador tenga ante sà una controversia
de derecho, podrá recomendar a la Junta la resolución sumaria, sin sujeción a
ningún otro trámite procesal.