Regl. 8636, art. 13.2

Solicitud de Resolución Sumaria

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Cite as Reglamento Núm. 8636, Art. 13.2

La solicitud de resolución sumaria podrá presentarse dentro del término de veinte (20) días consecutivos contados a partir de la culminación del periodo de descubrimiento de prueba o de expirado el término para solicitarlo. Las partes podrán, solicitar una resolución sumaria. Luego de presentada, la parte contraria tendrá un término de quince (15) días consecutivos a partir del recibo de la notificación para presentar su oposición. Si el Oficial Examinador determina, luego de analizados los documentos que acompañan la solicitud de resolución sumaria y los documentos incluidos con la moción en oposición, así como aquellos que obren en el expediente de la Oficina, que no es necesario celebrar una vista administrativa, podrá recomendar a la Junta que dicte una resolución sumaria, ya sea de carácter final O parcial. 47
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