Regl. 8636, art. 3.6
Contenido de la Orden de Mostrar Causa
Cite as Reglamento Núm. 8636, Art. 3.6
La Orden de Mostrar Causa que se emita deberá contener, como mÃnimo, lo
siguiente:
(a) Una descripción de las circunstancias personales del posible infractor,
incluyendo, pero sin limitarse a: nombre de la persona o de su
representante autorizado y dirección postal. En el caso de una corporación,
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sociedad o entidad jurÃdica se expresará el nombre y dirección del
Presidente O del agente residente. En el caso de los comités se enviará
copia de la Orden de Mostrar Causa al tesorero;
(b) La actuación u omisión que podrÃa ser constitutiva de alguna infracción al
ordenamiento;
(c) Referencia a las disposiciones legales O reglamentarias por las cuales se
notifica la orden de mostrar causa;
(d) Las cuantÃas de multa que podrÃa imponer la Junta por la o las infracciones
identificadas en la Orden de Mostrar Causa.
(e) Una indicación a los efectos de que debe corregir la deficiencia señalada en
el periodo de tiempo establecido en la Sección 3.5 de este Reglamento.