Regl. 8636, art. 3.8

Notificación de Multa Administrativa

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Cite as Reglamento Núm. 8636, Art. 3.8

La Junta está facultada para imponer multas administrativas por violaciones al ordenamiento bajo su jurisdicción, conforme a este Reglamento y al "Reglamento para la Imposición de Multas Administrativas ante la Oficina del Contralor Electoral". La Notificación de Multa tendrá la naturaleza de un pliego de imputaciones.
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