Regl. 8636, art. 3.8
Notificación de Multa Administrativa
Cite as Reglamento Núm. 8636, Art. 3.8
La Junta está facultada para imponer multas administrativas por violaciones al
ordenamiento bajo su jurisdicción, conforme a este Reglamento y al "Reglamento
para la Imposición de Multas Administrativas ante la Oficina del Contralor
Electoral".
La Notificación de Multa tendrá la naturaleza de un pliego de imputaciones.