Regl. 8636, art. 5.2
Solicitud de Proceso Adjudicativo
Cite as Reglamento Núm. 8636, Art. 5.2
La solicitud que hace una parte adversamente afectada por una Determinación
que impone una multa administrativa deberá presentarse electrónicamente en la
página de Internet de la Oficina del Contralor Electoral y contener al menos la
siguiente información:
1. Nombre completo del solicitante;
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2. Nombre completo del comité, candidatura y partido de afiliación del
solicitante.
3. Dirección y teléfono Deberán incluirse las direcciones fÃsicas, postales,
correo electrónico, número de teléfonos y fax de del solicitante asà como
cualquier otra información que lo identifique y sirva para corroborar su
identidad;
4. Número de Notificación de Multa Administrativa o Número de Querella;
5. Explicación detallada y clara de los hechos que dan origen a la solicitud
según se detalla a continuación;
(a) En todo caso la Determinación de la Junta imponiendo la Multa
Administrativa será para todos los efectos legales el pliego de
imputaciones.
(b) El solicitante deberá exponer su posición en relación a cada una de
las imputaciones en su contra según se desprenden de la
Determinación presentado sus alegaciones y levantando las defensas
que entienda le favorecen. Deberá incluir todo documento que sirva
de apoyo a su solicitud, si alguno, sin perjuicio de producir
documentos adicionales más adelante en el proceso. Si los
documentos ya forman parte del expediente administrativo,
entonces bastará con que los describa claramente, de forma que se
puedan identificar en el expediente.
(c) De no exponer su posición en cuanto a una O más de las
imputaciones en su contra, se entenderá que admite la imputación o
imputaciones.
(d) De no levantar defensas afirmativas en cuanto a una O más de las
imputaciones en su contra, se tendrán por renunciadas, salvo que
advenga en conocimiento de la existencia de la misma durante el
descubrimiento de prueba.
6. Disposición legal O reglamentaria en la que se basa la solicitud;
7. Remedio que solicita;
8. Fecha en que comenzó la acción que culminó con la imposición de la multa
administrativa, según sea el caso; y
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9. Firma electrónica del solicitante, su representante o su abogado. En el caso
de una corporación, sociedad o entidad jurÃdica su representante podrÃa ser
el Presidente o el agente residente o cualquier otra persona que por
resolución autorice la entidad, incluyendo un abogado. En el caso de los
comités su representante podrÃa ser el fundador o presidente del comité o
el tesorero o cualquier otra persona que el presidente del comité autorice
por escrito, incluyendo un abogado.