Regl. 864

Enm. Reg. 37 para compensar a los conserjes de las escuelas públicas que prestan servicios en los programas de exámenes de la Oficina. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005. Vigencia inmediata despúes de su publicación.

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Cite as Reglamento Núm. 864

Reg. him. 864 de agato.de.196. aprolads. Roberto Sancher Vilella SISTENA DE OFICINA DE PERSONAL WERITD OP APARTADO 3831. SAN JUAN. P.R. Pn: adolfs SERVICIO Sceretarie ENMIENDA AL REGLAMENTO PARA COMPENSAR A LOS CONSERJES DE LAS ESCUELAS PUBLICAS QUE PRESTAN SERVICIOS EN LOS PROGRAMAS DE EXAMENES DE LA OFICINA DE PERSONAL DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSI- CIONES DE LA LEY NUM. 23 APROBADA EN 25 DE MAYO DE 1956. En uso de la facultad que me confiere la Ley Núm. 23 del 25 de mayo de 1956, enmiendo la Regla 6 del Reglamento aprobado para implementar la referida ley, para que se lea como sigue: "Regla 6. (a) La compensación de los Conserjes que están disponibles durante el tiempo del examen se calculará para las distintas clases a base de los siguientes tipos por hora: Conserje I $ .77 Conserje II .83 Supervisor de Conserjes I .95 Supervisor de Conserjes II 1.08 (b) La compensación por la limpieza de los salones se calculará a base de 20¢ por salón. Cada vez que se revisen Enner-Lade los tipos de retribución que fija la Regla 6 (a), se hará tambien la revisión correspondiente en el tipo de compensación pm ugla por la limpieza de los salones. " ment Esta enmienda tendrá fuerza de ley inmediatamente después de publicarse, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 112, de 30 de junio de 1957, en el Boletin del se radicará previamente en la Oficina del Secretario de Estado un original y dos copias de su versión en español e inglés. San Juan, Puerto Rico 20 de agosto de 1963. alereval Antonio Cuevas Viret Director next 37
Regl. 864: Enm. Reg. 37 para compensar a los conserjes de las escuelas públicas que prestan servicios en los programas de exámenes de la Oficina. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005. Vigencia inmediata despúes de su publicación. | Justis AI