Regl. 8643, art. 3-3.20 dup2

Récords e informes

Length: 85 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8643, Art. 3-3.20 dup2

Todo Concesionario mantendrá los récords de quejas y de las reparaciones hechas con relación a cada mesa de juegos O tragamonedas en posesión del Concesionario, según se establece en el Reglamento de Juegos de Azar. Copia de dichos récords deberá estar siempre disponible para los empleados, examinadores y agentes autorizados de la OCIF. Además, conservará copia para la inspección de la OCIF de todo informe remitido a la Compañía sobre cualquier reemplazo de los mecanismos del carrete 0 el panel de lógica de cualquier máquina.
Regl. 8643, art. 3-3.20 dup2: Récords e informes | Justis AI