Regl. 8643, art. 3-3.28

Pago Progresivo

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Cite as Reglamento Núm. 8643, Art. 3-3.28

(a) En los juegos de Caribbean Stud Poker y Black Jack Progressive así como en cualquier otro juego que sea progresivo, las apuestas de pago progresivo se pagarán a tenor con los procedimientos establecidos en el Reglamento de Juegos de Azar promulgado por la Compañía. (b) Las normas mínimas para regular el pago de apuestas de pago progresivo serán las siguientes: (i) Documentación preparada por un empleado de piso 0 por el supervisor del mismo que registra la configuración de la mano ganadora y la cantidad del pago, con una copia depositada en la caja ("drop box") anejada a la mesa y una copia entregada al jugador; (ii) Un formulario preparado por el cajero general O supervisor de cajeros que documenta la entrega del pago al jugador o a un representante del Departamento de Seguridad del Casino para entrega al jugador; (iii) Procedimientos del Departamento de Contabilidad del Casino para verificar el pago de una apuesta de pago progresivo que incluirá verificación de la lectura del metro requerida por la el Reglamento de Juegos de Azar; y (iv) Procedimientos para reportar ganancias/ pérdidas de juegos de mesa. (c) Todos los formularios utilizados para el pago de apuestas de pago progresivo serán formularios prenumerados, cada serie de los cuales será utilizada en orden numérico. Los números de serie de todos los formularios recibidos por el Concesionario serán corroborados por empleados independientes a los cajeros y a los empleados de juegos de mesa. Todo formulario que sea anulado debe ser marcado "NULO" y/o "VOID" y requerirá la firma del que lo preparó. (d) Todos los formularios que sean utilizados para el pago de apuestas de pago progresivo deberán ser identificados claramente como formularios utilizados para tal propósito. (e) En cualquier mesa con pagos progresivos de $500.00 o más el mismo se hará en presencia de un supervisor de la Sala de Juegos y de un Inspector, a quien se le entregará copia del 59 formulario. En premios menores de $500.00, el Concesionario entregará al Inspector copia del formulario de pago. (f) Antes del pago de una apuesta de pago progresivo, un supervisor de la Sala de Juegos anotará la cantidad del metro progresivo y completará toda la información requerida y en la manera que haya sido aprobada por la Compañía. (g) El Concesionario mantendrá una cuenta de reserva para los pagos del premio progresivo y el total de dicha reserva no será menor que el premio progresivo expuesto al público. El pago progresivo se hará contra la reserva de dinero mantenida por el Concesionario para este propósito. La reserva correspondiente a la acumulación por medio de las apuestas al premio progresivo en adición a la banca de la Sala de Juegos deberá estar disponible para el pago que lee el metro progresivo. (h) En la mesa de Caribbean Stud Poker, la tasa de progresión para el metro progresivo ("progressive meter") que se utilice para los pagos progresivos según los pagos de mano establecidos en el Reglamento de Juegos de Azar, no será menor de 70 por ciento (70%). La cantidad inicial y de "reset" será establecida por cada Concesionario con la aprobación previa de la Compañía, pero no será menor de $10,000.00. Cualquier cambio que afecte la tasa de progresión será notificada por el Concesionario al Comisionado.
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