Regl. 8644, art. 8-3.1
Propósito
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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-3.1
El propósito de los exámenes de reválida es determinar si los aspirantes a ejercer determinada
profesión u oficio poseen la competencia mínima necesaria. Se evalúa además la aplicación de
conocimientos y la utilización de ciertas destrezas identificadas como necesarias para el ejercicio de las
profesiones u oficios. Toda persona que interese tomar la reválida para obtener una de las licencias o
certificados de las Juntas adscritas deberá ser mayor de edad para ejercer en Puerto Rico y haber
obtenido el grado correspondiente de entrada a la profesión de una institución debidamente acreditada
Reglamento Uniforme de las Juntas Examinadoras adscritas al Departamento de Estado de Puerto Rico
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de acuerdo a la ley habilitadora de cada Junta.