Regl. 8644, art. 8-3.14
Conducta Prohibida
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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-3.14
Cualquier persona que cometa 0 intente cometer actos que lesionen 0 puedan afectar de forma
adversa el proceso de examen de reválida podrá ser descalificada como aspirante al ejercicio de la
profesión u oficio, 0 podrá estar sujeta a cualquier otra sanción apropiada. Además, las Juntas podrán
anular contestaciones O invalidar exámenes de detectarse alguna irregularidad durante su ofrecimiento.