Regl. 8644, art. 8-3.25

Disposición de libretas y exámenes

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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-3.25

Concluida cada reválida y transcurrido el término para solicitar una reconsideración, se podrá disponer de todas las libretas de contestaciones. Las libretas y hojas de contestaciones de los aspirantes que soliciten revisión podrán destruirse una vez concluido el trámite.
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