Regl. 8644, art. 8-3.8

Certificación

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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-3.8

El aspirante deberá certificar en su solicitud de examen que conoce y cumple todos los requisitos dispuestos por ley 0 reglamento para la profesión u oficio al que aspira y sobre los requisitos de colegiación en casos aplicables.
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