Regl. 8644, art. 8-4.3
Presentación
Length: 45 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-4.3
Los términos para tramitar la expedición de las licencias y demás gestiones descritas en el ArtÃculo
anterior se comenzarán a contar a partir de la fecha de presentación de la solicitud correspondiente
completa, acompañada de todos los documentos complementarios necesarios, según dispuesto por las
Juntas.