Regl. 8644, art. 8-4.4

Proceso de Presentación

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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-4.4

El funcionario 0 entidad administradora de la solicitud que recibe la presentación ya sea en persona o mediante transmisión electrónica cumplimentará una hoja de cotejo correspondiente a los requisitos establecidos por la Juntas Examinadoras. Si se encontrara que la solicitud está completa, expedirá copia de la hoja de cotejo firmada y sellada con fecha al solicitante ya sea por correo certificado o mediante transmisión electrónica (correo electrónico) y adjuntará el original al expediente para iniciar los trámites pertinentes. Toda solicitud debe indicar las direcciones de correos electrónicos para contactar al solicitante. En caso de que la solicitud no esté completa, o que no se haya adjuntado uno O más de los documentos complementarios requeridos, el funcionario que recibe la solicitud la devolverá al solicitante con todos los documentos con lo que se acompañó, o la dejará pendiente cuando la presentación es electrónica, y con copia de la hoja de cotejo le indicará la información 0 documentos que faltan a la solicitud para poder ser tramitada. En el caso de solicitudes tramitadas en línea, el Reglamento Uniforme de las Juntas Examinadoras adscritas al Departamento de Estado de Puerto Rico 60 solicitante recibirá un correo electrónico indicándole los documentos que faltan o que no son aceptables para proceder con el trámite de la solicitud.
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