Regl. 8644, art. 8-4.6
Impugnación de Requisitos de Presentación
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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-4.6
Si la persona natural 0 jurÃdica que solicita una gestión de las contempladas por este Reglamento
entiende que un documento complementario que le ha sido solicitado no se requiere en el caso,
presentará una declaración jurada en la que expondrá la razón que tiene para alegar que no tiene que
cumplir con el requisito presentado. Las Juntas admitirán condicionalmente la solicitud y decidirán
sobre el planteamiento del solicitante dentro de los treinta (30) dÃas siguientes a la fecha de
presentación de la declaración jurada. De la Junta entender que el planteamiento no se ajusta a
derecho, devolverá la solicitud con copia de la decisión sobre el planteamiento realizado y la
correspondiente hoja de cotejo.
Reglamento Uniforme de las Juntas Examinadoras adscritas al Departamento de Estado de Puerto Rico
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