Regl. 8644, art. 8-6.28

Determinación en torno a la intervención

Length: 83 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-6.28

El/la Oficial Examinador/a deberá examinar toda solicitud de intervención y, en un término no mayor de quince (15) días, emitir una breve recomendación fundamentada por escrito y dirigida al Secretario quien emitirá, en consulta con la Junta correspondiente, una resolución. Si decide denegar la solicitud de intervención, la resolución notificará a la parte peticionaria los fundamentos y el recurso de revisión disponible. Una solicitud de intervención debe ser resuelta dentro de un término directivo de veinticinco (25) días a partir de su presentación.
Regl. 8644, art. 8-6.28: Determinación en torno a la intervención | Justis AI