Regl. 8644, art. 8-6.65
Órdenes para mostrar causa
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Cite as Reglamento Núm. 8644, Art. 8-6.65
El/la Oficial Examinador/a podrá emitir órdenes para mostrar causa. En los casos en que una parte
querellada a la cual se notifique una orden para mostrar causa no responda a la misma en el término
dispuesto, se entenderá su silencio como aceptación de las imputaciones notificadas en la Querella o
que se atiene a la consecuencia intimada en la orden.