Regl. 8645, art. III
Reglamento para la Imposición y Cancelación de Gravámenes bajo la Ley Número 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. Este Reglamento se adopta con el propósito de establecer las normas y requisitos para el procedimiento de imponer o cancelar gravámenes a licencias, autorizaciones y vehículos de motor, arrastres o semiarrastres y para determinar las transacciones que se permitan realizar, según se detallan en el Artículo IX "Limitación de Transacciones" de este Reglamento.
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Cite as Reglamento Núm. 8645, Art. III
BASE LEGAL
Se promulga este Reglamento en virtud de la facultad que le confiere al
Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, la Ley Número
22-2000, según enmendada, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de
Puerto Rico; la Ley Número 8 de 5 de agosto de 1987, según enmendada,
conocida como Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular; la Ley Número 5
de 30 de diciembre de 1986, según enmendada, conocida como Ley Orgánica de
la Administración para el Sustento de Menores; la Ley Número 5 de 8 de octubre
de 1987, según enmendada, conocida como Ley de Arbitrios de 1987 ; la Ley
Número 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como Código de
Seguros; la Ley Número 119-2011, según enmendada, conocida como Ley
Uniforme de Confiscaciones de 2011; la Ley 109 de 28 de junio de 1962, según
enmendada, conocida como Ley de Servicio Público de Puerto Rico; la Ley
Número 1-2011, según enmendada, conocida como Código de Rentas Internas
para un Nuevo Puerto Rico; la Ley Número 201-2003, según enmendada,
conocida como Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de
2003; la Ley Número 208-1995, según enmendada conocida como Ley de
Instrumentos Negociables y Transacciones Bancarias; la Ley Número 253-1995,
según enmendada, conocida como Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio
para Vehículos de Motor; la Ley Número 282-2002, según enmendada, conocida
como "Ley de Transportación Turística Terrestre de Puerto Rico", Ley Número 138
del 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como Ley de Protección
Social por Accidentes de Automóviles y de acuerdo a las disposiciones de la Ley
Número 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.