Regl. 3493, art. 9
- Ambulancias - Requisitos
Cite as Reglamento Núm. 3493, Art. 9
A. Requisitos para las ambulancias I, II, III.
1) Seguridad - Toda ambulancia que opere en el
Estado Libre Asociado de Puerto Rico deberá
cumplir con todos los requisitos de seguridad en su operación que sean requeridos por
el Secretario y la Comisión en adición a
los establecidos en este Reglamento.
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2) Identificación
a) Parte Delantera
1. Tendrá pintada en forma invertida
la palabra "Ambulancia", de acuerdo a estas categorÃas:
Tipo I Tendrá pintada en letras
color azul de un tamaño de
cuatro (4) pulgadas de alto
en un papel reflectivo blan-
CO, en forma invertida la
palabra "Ambulancia".
Tipo II- Tendrá pintada en letras
color azul de un tamaño de
cuatro (4) pulgadas de alto,
en papel reflectivo blanco,
en forma invertida la palabra "Ambulancia"; más a ambos
lados de la palabra "Ambulancia", dos (2) Estrellas de
la vida en color azul, en papel reflectivo blanco en un
cuadrado de 4" X 4" la estrella, 3" X 3".
Tipo III - Igual a Tipo II
b) Lados
Tipo I La palabra "Ambulancia" en
letras no menores de seis
(6) pulgadas de alto en color azul y en papel reflectivo blanco. En ambos lados
además, una Cruz Azul en papel reflectivo blanco de tamaño 16 pulgadas en un cuadrado de 18 pulgadas además
de cualquier sello oficial
que represente la institución. (Opcional)
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Tipo II Deberá llevar la palabra
"Ambulancia" en letras no
menores de sèis (6) pulgadas de alto en color azul
y en papel reflectivo blan-
CO. Además, la Estrella de
la Vida en color azul en papel reflectivo blanco de 16
pulgadas en un cuadrado de
18 pulgadas.
Tipo III
Igual al Tipo II
c) Parte Trasera
Tipo I Deberá llevar la palabra
"Ambulancia" en letras no
menores de seis (6) pulgadas de alto, color azul en
papel reflectivo blanco;
una Cruz Azul en papel reflectivo blanco, en ambos
cristales traseros en tamaño de doce (12) pulgadas en
un cuadrado de catorce (14)
pulgadas.
Tipo II Deberá llevar la palabra
"Ambulancia" en letras no
menores de seis (6) pulgadas
de alto, color azul y en papel reflectivo blanco. Además, la Estrella de la Vida
en color azul en papel reflectivo blanco tamaño doce
(12) pulgadas en un cuadrado
de catorce (14) pulgadas.
Tipo III - Igual al Tipo II
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d) Capota
Tipo I No lleva identificación.
Tipo II Llevará la Estrella de la Vida en color azul en papel reflectivo blanco de 25 pulgadas
en un cuadrado de 32 pulgadas.
Nota: Las entidades gubernamentales o las que asÃ
lo requieran, podrán
agregar el número de
identificación aérea de
unidad.
Tipo III - Igual al Tipo II
e) LÃneas de Identificación
Todas las unidades (Ambulancias) Tipo I,
II y III tendrán una lÃnea de identificación color anaranjada.
f) Color
Todas las ambulancias Tipo I, II y III
serán de color blanco con lÃneas de identificación ininterrumpidas en color anaranjado y no menor de seis (6) pulgadas
de anco.
Las ambulancias Tipo I estarán identificadas con una luz roja intermitente.
(Biombo)
Las ambulancias Tipo II y Tipo III tendrán una barra con luces intermitentes
y rotativas color rojo y una luz central
blanca asà como posteriores intermitentes rojas en lo alto de su módulo, independientemente de las que el vehÃculo
traiga por requerimiento de la Ley 141
del 20 de julio de 1970.
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3) Manejo
Las ambulancias deberán garantizar una transportación cómoda, suave y segura. Deberán
estar provistas de "positive traction"
(tracción efectiva), o estar provistas de
tracción en las cuatro ruedas. El sistema
de frenos debe ser adecuado. Las ambulancias estarán provistas de gomas sin tubo
para proveer máxima seguridad. Las ambulancias dentro de las CategorÃas II y III deberán tener un sistema eléctrico dual de baterÃa de doce (12) voltios que le permita al
equipo eléctrico funcionar por veinte (20)
minutos sin que el motor esté funcionando.
La utilización de los equipos de bombo y sirena se utilizarán exclusivamente en aquellos
casos de emergencias médicas y en las que la
utilización de los mismos no ponga en riesgo
la salud del paciente.
4) Limpieza
Toda ambulancia deberá ser limpiada después
de haber sido usada en la prestación de un
servicio y para ello deben utilizarse soluciones apropiadas. Deberán tomarse medidas
más estrictas de limpieza en aquellos casos
en que se han transportado pacientes con enfermedades transmisibles.
B. Aquellos vehÃculos utilizados para transportar pacientes no agudamente enfermos, ya sea de instituciones a sus residencias; de sus residencias a citas médicas; y de regreso 0 a áreas para estudios
programados; no estarán dentro de la clasificación
de ambulancia y por lo tanto no se regirán por
este Reglamento.
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C. Las ambulancias dentro de las CategorÃas II y
III cumplirán con los siguientes requisitos de
facilidades fÃsicas:
1) CategorÃa II
El piso deberá tener declive mÃnimo. El
centro de gravedad será lo más bajo posible
para mayor comodidad al colocar al paciente
y para lograr mayor estabilidad. El espacio
para las literas y para los asistentes deberá
estar libre y no podrá estar ocupado por ningún objeto. La superficie no podrá ser de
material resbaloso y deberá ser de fácil limpieza.
2) La estructura de la carrocerÃa debe estar reforzada con barras de acero en su interior
para proteger a los pacientes encaso de accidentes.
3) El compartimiento del área de pacientes debe
estar separado del área del chofer para mantener la privacidad de la conversación por
radio teléfono y para proteger al operador
de interrupción proveniente del compartimiento
posterior.
4) E1 armazón de la carrocerÃa deberá ser lo suficientemente fuerte para sostener el asiento
del asistente que estará localizado a la cabecera del paciente.
5) El operador tendrá acceso de entrada por ambos
lados del vehÃculo.
El acceso al área de compartimiento de pacientes será por detrás del vehÃculo y deberá tener una puerta lateral al lado derecho de la
ambulancia. La división entre el compartimiento del operador de la ambulancia y aquel donde
se transporta al paciente deberá permitir la
comunicación verbal entre las personas que se
encuentran en ambos compartimientos.
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6) Deberá tener iluminación suficiente tanto en
el compartimiento del operador de la ambulancia como en el compartimiento del paciente
que permita la lectura de récords y mapas de
tal manera que a su vez permita atender a los
lesionados O enfermos en debida forma, y proveer una luz "goosneck".
7) El vehÃculo tendrá un sistema de aire acondicionado que pueda graduarse para obtener una
temperatura no menor de 75FF, y estará protégido contra la entrada de gases contaminantes.
Deberá tener un estractor de aire dentro del
módulo.
8) El compartimiento del operador deberá estar
equipado con medidas de seguridad tales como
correas de seguridad, panel de mando protegido contra golpes y retractable.
9) El sistema de comunicación consistirá de un
equipo de transmisión y recepción con diferentes alternativas de canales, y equipo de
telemetrÃa cuando aplique.
10) El vehÃculo estará provisto de mapas, récords y cualquier otra información necesaria
para el uso del personal.
11) Deberá contar con dos (2) camillas fijas O
ajustables a la pared. Las camillas fijas
deberán tener 75 pulgadas de largo por 21
1/2 pulgadas de ancho; y las ajustables,
73 1/2 pulgadas de largo por 20 pulgadas
de ancho. Deberá proveer además, espacio
para prestar ayuda de emergencia al paciente durante la transportación y el equipo y
materiales que más adelante se disponen.
El espacio entre la cabecera de la camilla
y la pared O división que separa el
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compartimiento del paciente con el del operador de la ambulancia debe ser de un mÃnimo
de 25 pulgadas a^un máximo de 30 pulgadas de
largo.
12) La separacion mÃnima entre camillas debe ser
de 12 pulgadas en las ambulancias dentro de la
CategorÃa II y 10 pulgadas en las ambulancias
dentro de la CategorÃa III y deberá tener un
mÃnimo de 25 pulgadas a la cabecera del paciente donde el asistente de ambulancia O el
técnico de emergencia médica, según sea el
caso, pueda acomodarse para suministrar atención O tratamiento al paciente.
13) La altura mÃnima del compartimiento de pacientes deberá ser de 60 pulgadas.
14) Se proveerán ganchos de amarra para asegurar
las camillas del piso y de la pared de la ambulancia.
15) El equipo fijo o portátil y los materiales
médico-quirúrgicos deberán estar accesibles
para su uso inmediato.
16) Los gabinetes del comparmiento para guardar
materiales'o equipo deberán ser fáciles de
abrir y accesibles, pero deberán mantenerse
cerrados cuando no se les esté dando uso y
cuando la ambulancia no esté en movimiento.
Tanto los gabinetes como los ganchos de techo para soporte de suero no deberán proyectarse O sobresalir de la pared donde están
instalados.
17) Las puertas del compartimiento de pacientes
deberán abrir hacia afuera.
18) Se proveerán tres (3) receptáculos de 110
voltios dentro del compartimiento del paciente para uso durante la transportación y
para recargar las baterÃas del equipo que
las requiera.
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D. Las ambulancias dentro de las CategorÃas II y
III deberán contar como mÃnimo con el siguiente
equipo médico:
1) Equipo portátil o fijo de succión con catéteres de diferentes tamaños para adultos,
niños e infantes.
2) Dos unidades para resucitación manual adaptables al uso de adultos, niños e infantes.
Las unidades deberán ser adaptables a los
tubos o lÃneas de oxÃgeno.
3) Cánula para respiración de boca a boca para
adultos y niños (tubo de 8).
4) Equipo de oxÃgeno portátil O fijo con tubos
orofarÃngeos para adultos, niños e infantes.
5) Vendaje de diferentes tamaños, tales como:
a) Vendaje de gasa en rollo de 5 yardas y
6 pulgadas de ancho (soft roller self
adhesive tape bandage).
b) Vendaje universal de 10 pulgadas por 36
pulgadas.
c) Vendajes triangulares.
6) Compresas de gasas esterilizadas de 4 pulgadas por 4 pulgadas.
7) Esparadrapo O vendaje adhesivo de diferentes
tamaños entre otros:
a) 6 pulgadas por 5 yardas
b) 3 pulgadas por 2 yardas
8) Papel de aluminio 18" X 25" en rolo esterilizado y cubierto.
9) Dos sábanas esterilizadas para pacientes con
quemaduras severas.
10) Deberá estar provisto de "Hare Traction
Device".
11) Tablillas; tablas de diferentes tamaños para
inmovilizar fracturas, entre otros:
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a) Dos o más tablillas acolchonadas
4 1/2 pies de largo por 3 pulgadas de
ancho y dos O más tablillas similares
de 3 pies X 3 pulgadas de ancho O material comparable a un panel de cuatro
pliegos.
Estas tablillas acolchonadas se utilizarán para producir inmovilización en
caso de fracturas de piernas y muslos.
b) Dos o más tablas acotchonadas de 15 pulgadas por 3 pulgadas de madera. Air
Splint para brazo y antebrazo y collares
blandos de cuello y "Kendrick Extrication
Dévice".
12) Imperdibles tamaño grande
13) Tijeras para vendaje
14) Almohadas
15) Toallas esterilizadas
16) Urinales
17) Patos
18) Termómetros
19) Vasos desechables
20) Bolsas de agua caliente y frÃa
21) Papel Toalla
22) Una frisa por camilla, a prueba de fuego
23) Una linterna de baterÃa
24) Un envase para vomitar (Kidney Basin)
25) Aviso de "no fumar" en el comparmiento
del paciente.
26) Un (1) extinguidor de incendios en el
módulo y otro en la cabina del operador,
de 9 libras, tipo ABC.
E. Además de los requisitos anteriormente establecidos, las ambulancias de la CategorÃa III
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cumplirán con los siguientes requisitos adicionales en cuanto a equipo médico y
mecánico:
1. Deberá estar equipada con "Scoop Stretcher"
y Ken Drick's Extrication Device, para inmovilizar fracturas de la columna vertebral.
2. Resucitador (puede ser una combinación de
inhalador y respirador).
3. Cuando la unidad (ambulancia) Tipo II y III
cuente con un sistema adecuado y médicos
controles, deberá tener los medicamentos
que a continuación se indican:
a) Solución normal salina y solución de
dextrosa en agua al 5%
b) Solución lactosa de Ringer
c) Solución dextrán en 5% de dextrosa
d) El equipo esterilizado para administrarlo deberá contenerrlo siguiente:
1. agujas desechables
2. jeringuillas desechables
3. catéteres para intravenosos para
succión de orofaringe; catéteres
para la vejiga urinaria
4. cuatro torniquetes venosos
5. para casos de envenenamiento deberá tener carbón activado o sirope de ipecacuana
6. estetoscopio
7. esfignomanómetro para tomar presión arterial
8. depresores de lengua pegados con
esparadrapo o un equipo similar
para poner entre los dientes a
pacientes que estuvieran convulsando
9. envase para vomitar (Kidney Basin)
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10. un equipo obstétrico (Kit obstétrico)
11. deberá estar provista de inverter
de 12 voltios DC a 110 AC
12. llave de perro ajustable de 12 pulgadas
13. un destornillador de estrÃa de 12
pulgadas
14. una sierra para cortar metal con
doce hojas de acero con carbono
15. un alicate de 10 pulgadas
16. un martillo de 5 libras con mango
de 15 pulgadas
17. una hachuela con mango de 24
pulgadas
18. una barra de 24 pulgadas
19. una barra pata de cabra de 39" o
51"
20. un alicate para cortar acero de
39 pulgadas de largo con una boca
de 1/4 pulgada
21. un gato hidráulico portátil
22. una pala de 49 pulgadas con hoja
puntiaguda
23. una tijera para cortar metal de
8 pulgadas
24. dos sogas de 50 pies de largo por
3/4 pulgadas de diámetro
25. un malacate de potencia de dos
toneladas mÃnimo
26. una cadena de 15 pies con anillos
fijos y anillos rodantes
F. Equipo Mecánico
No se operará vehÃculo alguno cubierto por
este Reglamento a menos que la compañÃa, su
dueño, la persona que lo tiene bajo su control
o su operador, se cerciore previamente de que
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las siguientes partes y accesorios están
funcionando adecuadamente:
1. Frenos
2. Amortiguadores
3. Sistema eléctrico
4. BaterÃa
5. Luces y reflectores
6. Frenos de mano
7. Luz roja visible rotativa o intermitente, en los casos de ambulancias
bajo las CategorÃas II y III
8. Bocina
9. Sirena: Bajo la CategorÃa Tipo I,
sirena regular O de dos (2) tonos,
eléctrónica; en la CategorÃa Tipo II
y III, sirena de tres (3) tonos y PA
radio
10. Limpiaparabrisas
11. Espejos de retrovisión
12. Gato hidráulico
13. Radio-teléfono en los casos de ambulancias bajo las CategorÃas I, II y
III
G. Personal
1. Todo operador de ambulancia de CategorÃa
Tipo I, deberá tener aprobado un curso en
Emergencias Médicas de 81 horas por un
instructor debidamente acreditado.
2. Deberá presentar evidencia de haber aprobado el curso de Capacitación que provee
la SecretarÃa Auxiliar en Emergencias Médicas, asà como el Curso de Mejoramiento
del Conductor que coordina la Comisión y
el Departamento de Transportación y Obras
Públicas.
-27e
Las CategorÃas Tipo II será operada por un
Operador de Ambulancia y con un Asistente
de Emergencias Médicas debidamente acreditado por el Departamento de acuerdo a la
Ley 46 y que halla tomado el Curso de Mejoramiento para el Conductor que ofrece la
Comisión en coordinación con el Departamento
de Transportación y de Obras Públicas.
La CategorÃa Tipo III deberá ser operada por
un Operador de Ambulancia y con un Técnico
de Emergencias Médicas autorizado por el Secretario de Salud.