Regl. 3496, art. 14
GRUPO DE TRABAJO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE
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Cite as Reglamento Núm. 3496, Art. 14
JUSTICIA CRIMINAL- DEBERES Y RESPONSABILIDADES
14.1 Implantará las directrices operacionales emitidas
por la Junta Ejecutiva del Sistema de Información de
Justicia Criminal.
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14.2 Rendirá aquellos informes que la Junta Ejecutiva le
requiera de tiempo en tiempo.
14.3 Asesorará a la Junta Ejecutiva en relación con todos
y cada uno de los procedimientos operacionales establecidos en el Sistema de Información de Justicia
Criminal.
14.4 Se asegurará de que en el nivel operacional se cumpla
fielmente con todas las reglas, reglamentos y directrices emitidas por la Junta Ejecutiva, especialmente
con relación a la seguridad de la información y la
protección del derecho a la privacidad.
14.5 Supervisará la prestación y la calidad de los servicios
contratados y llevará a cabo las evaluaciones de rigor.
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