Regl. 3496, art. 24

FECHA DE VIGENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 3496, Art. 24

Este Reglamento entrará en vigor una vez sea aprobado por la Junta Ejecutiva y se cumpla con los requisitos dispuestos por la Ley Núm. 112 del 30 de junio de 1957, según enmendada, -22- conocida como "Ley Sobre Reglamentos de 1958". Aprobado el 18 de agosto de 1986 por la Junta Ejecutiva del Sistema de Información de Justicia Criminal. Ja Héctor Presidente Rivera Cruz Merces leter Ram Mercedes Otero de Ramos Miembro Carlot R-1 Carlos René Arrillaga Beléndez Miembro Miembro
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