Regl. 3496, art. 24
FECHA DE VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 3496, Art. 24
Este Reglamento entrará en vigor una vez sea aprobado por
la Junta Ejecutiva y se cumpla con los requisitos dispuestos
por la Ley Núm. 112 del 30 de junio de 1957, según enmendada,
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conocida como "Ley Sobre Reglamentos de 1958".
Aprobado el 18 de agosto de 1986 por la Junta Ejecutiva
del Sistema de Información de Justicia Criminal.
Ja Héctor Presidente Rivera Cruz
Merces leter Ram
Mercedes Otero de Ramos
Miembro
Carlot
R-1
Carlos
René Arrillaga Beléndez
Miembro
Miembro