Regl. 8662, art. 10
Se enmienda el lenguaje del Párrafo Primero de la Sección 10 del
Cite as Reglamento Núm. 8662, Art. 10
Reglamento Número 4 de la Industria Lechera aprobado el 24 de julio de 1991, según
enmendado, y se añade un nuevo Párrafo sobre la imposición de multas por dedicarse como
transportador sin tener licencia para ello, de modo que esta Sección lea como sigue: