Regl. 8663, art. III-1.6
Conducta de los Aspirantes
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Cite as Reglamento Núm. 8663, Art. III-1.6
Todo aspirante está en el deber de conducirse de una manera correcta
durante el exámen de reválida, no realizando acto alguno que pueda involucrar falta de
respeto a la autoridad. Se entenderá una falta de respeto el no seguir las instrucciones
impartidas, utilizar palabras soeces, conducta desordenada, actos de amenaza 0
agresión contra la Junta 0 sus representantes, sin limitarse a otro tipo de conducta que
pueda constituir falta de respeto. Queda terminantemente prohibido el uso de
cualquier instrumento electrónico (ej. celulares, celulares inteligentes, agendas
electrónicas, ipod, ipads u otros) ajenos a la reválida durante su administración. La Junta
podrá suspender, cancelar O invalidar el exámen de cualquier aspirante que incurra en
violación a estas disposiciones y se reservará el derecho a que el aspirante pueda
revalidar en el futuro.