Regl. 3497, art. 264.15(b)(4)-707 dup2

B 2

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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 264.15(b)(4)-707 dup2

En el caso de una descarga de desperdicios peligrosos durante la transportación, el transportador debe tomar la acción inmediata apropiada para proteger la salud humana y el ambiente (Ejémplo: notificar las autoridades locales, represar el área de la descarga o utilizar equipo de combatir incendios). Esta regla es equivalente al 40 CFR Sección 263.30 (a). Se enmienda la Regla 707 B (1) para que en lo sucesivo lea como sigue:
Regl. 3497, art. 264.15(b)(4)-707 dup2: B 2 | Justis AI