Regl. 3497, art. 264.301-207

Plan de Operación

Length: 272 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 264.301-207

1. Toda facilidad de desperdicio sólido será de acuerdo con un plan de operación escrito sometido a, y aprobado por la Junta. Cada plan de operación será preparado en conformidad con este reglamento y de acuerdo con cualesquiera otras guías que la Junta pueda adoptar posteriormente. 2. Cada plan de operación proporcionará procedimientos de emergencias diseñados para evitar que ocurran accidentes o interrupciones, así como para reaccionar a ellos 0 para evitar daños a la salud humana 0 al ambiente. Como mínimo, los precedimientos de emergencias estarán conformes con las disposiciones establecidas por la APA relativas a los "Planes de Prevención, Control y Contramedidas de los Derrámes", Sección 311 de la Ley de Agua Limpia. Incluirá además los nombres, direcciones y teléfonos de todas las personas designadas para actuar como coordinadores de emergencias; un listado con la descripcion física de las condiciones y capacidad del equipo de emergencia; un plan de evacuación; y un bosquejo del programa de adiestramiento para emergencias que se ofrecerá a los empleados. 3. Copia de los procedimientos de emergencias en el plan de operación deberá ser radicada en la Junta; la Oficina Regional del Departamento de Salud; la Polícia Local; la Defensa Civil; el Servicio de Bomberos; y el hospital local 0 regional. -VII- 40 CFR 266 REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS DESPERDICIOS SOLIDOS PELIGROSOS Y NO PELIGROSOS PARTE XI . Se enmienda el Reglamento para el Control de los Desperdicios Sólidos Peligrosos y No-Peligrosos para añadir 10 siguiente como Parte XI: Parte XI Normas para el Manejo de Desperdicios Peligrosos Específicos y Tipos Específicos de Facilidades para el Manejo de Desperdicios Peligrosos. Regla 1101-1102 (Reservada)
Regl. 3497, art. 264.301-207: Plan de Operación | Justis AI