Regl. 3497, art. 264.90(b)
Enmiendas al Reg. 2863 para el Control de los Desperdicios Solidos Peligrosos y No Peligrosos.
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Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 264.90(b)
Se enmienda la Regla II-806 (A) (2) para anadirle un inciso (e)
que lee como sigue:
(e) E1 diseña y opera un montículo cumpliendo con la Regla
II-812 A (3).
Este nuevo inciso equivale al 40 CFR Sección 264.90 (b) (5).
Se enmienda la Regla II-806 J en su inciso (5) que en lo
sucesivo leerá:
(5) Por lo menos anualmente, el dueño u operador determinará
el flujo del agua subterránea y la dirección en la cual
fluye dentro del acuffero superior.
Este inciso equivale al 40 CFR Seccion 264.99 (e).
Se enmienda la Regla II-806 - para anadirle un inciso L que
lee como sigue: