Regl. 8670, art. 12.00 dup2
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Cite as Reglamento Núm. 8670, Art. 12.00 dup2
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I:
:
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Población y Fuerza Trabajadora 2013
Población
Grupo trabajador
Empleo
5,000
10,000
50,000
100,000
200,000
1,000,000
Fuente: Negociado del Censo, 2009-2013 American Community Survey
Estimado de 5 años (2015)
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
D. ÁREAS FUNCIONALES
La Junta de Planificación estableció una nueva estructura territorial
regionalizada a base de áreas funcionales. Esta nueva estructura, con una
formación dinámica, interconecta los municipios a base de sus interrelaciones,
movilidad, dependencias, complementariedad e influencias, entre otros
aspectos sociales, económicos e industriales que van más allá de solo las
características geográficas compartidas. Esta estructura dinámica permite
entender y atender el comportamiento, así como la influencia que generan
algunos municipios sobre áreas geográficas específicas.
En una reunión celebrada el 18 de julio de 2014, la Junta de Planificación de
Puerto Rico emitió una resolución para adoptar una nueva estructura territorial
a base de áreas funcionales. Mediante la Resolución Núm. JP-2013-308, la
Junta de Planificación de Puerto Rico derogó la Resolución JP-2011-304 del
25 de abril de 2011, conocida como Mapa de regionalización de Puerto Rico y
metodología de desarrollo del Plan de Uso de Terrenos, conforme a las
facultades concedidas por la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según
enmendada, conocida como Ley Orgánica de la Junta de Planificación.
Puerto Rico se dividió en once áreas geográficas denominadas áreas
funcionales:
Área Funcional de San Juan
Área Funcional de Arecibo
Área Funcional de Fajardo
Área Funcional de Ponce
Área Funcional de Aguadilla
Área Funcional de Guayama
Área Funcional de Caguas
Área Funcional de Manati
Área Funcional de Cayey
Área Funcional de Mayagüez
Área Funcional de Humacao
Mapa 23.
Áreas funcionales de Puerto Rico
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Áreas Funcionales
San Juan
Fajardo
Mayagüez
Arecibo
Caguas
Guayama
Aguadilla
Manatl
Humacao
Ponce
Cayey
Fuente: Junta de Planificación, 2015
En esta sección se presenta un análisis socioeconómico general de la
información estadística relevante por área funcional. Entre las variables
incluidas se encuentran las siguientes: condición de empleo, industria e
ingresos y beneficios por municipio, según los resultados de la Encuesta sobre
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
la Comunidad de Puerto Rico del 2009-2013 del Negociado del Censo de los
Estados Unidos. El objetivo de este análisis es presentar aspectos
sobresalientes generales de índole socioeconómica de los municipios.
El Área Funcional de San Juan, por su tamaño y su estratégica situación
geográfica, juega un papel ordenador sobre amplias extensiones de Puerto
Rico. Es necesario reforzar el papel de otras ciudades para que asuman un
liderato desde el punto de vista económico, cultural y físico, de modo que se
pueda producir un equilibrio. El sistema de ciudades está estructurado por un
gran conglomerado alrededor de San Juan y ocho continuos urbanos (Ponce-
Juana Díaz, Caguas-Gurabo, Mayagüez-Hormigueros, Aguadilla, Humacao,
Arecibo-Hatillo, Cayey y Barceloneta-Manati) que ejercen las funciones
urbanas que les corresponden en cada uno de sus territorios de influencia, por
su tamaño y posición geográfica.
De acuerdo con las definiciones de la Oficina del Censo del Gobierno de los
Estados Unidos, el Área Metropolitana de San Juan⁷⁷ es un continuo urbano
que agrupa a nueve municipios que suman casi 1.2 millones de habitantes,
pero su influencia sigue ocurriendo a lo largo de los ejes de transporte de
carreteras hacia el este, oeste y sur.
Los últimos datos del Censo de Población muestran la pérdida de población en
los municipios centrales del Área Metropolitana de San Juan y el aumento en
los periféricos. Sin embargo, los nueve municipios del Área Metropolitana de
San Juan concentran al 31.6% del total de la población. Este mismo fenómeno
ha ocurrido en las ciudades medias, confirmando el desarrollo histórico a través
del consumo de los terrenos agrícolas en los municipios periféricos y la
concentración de actividades económicas, aunque perdiendo población en los
municipios ejes. Ello genera los consabidos problemas de tránsito, por el
desplazamiento de la residencia al trabajo y viceversa, en horas de la mañana
y la tarde.
El aumento en el flujo vehicular y la congestión del Área Funcional de San Juan
una de las de mayor concentración, tiene un efecto en la duración en el tiempo
en los viajes para llegar al centro de trabajo. Por ejemplo, el tiempo promedio
del viaje hacia su lugar de trabajo de los empleados en Puerto Rico es 30
minutos. Mientras que para el Área Funcional de San Juan es 37 minutos.
Por otro lado, los efectos negativos relacionados con la movilidad laboral son
el aumento del estrés por largas distancias recorridas diariamente para llegar
al centro de trabajo y la pérdida de la calidad de vida.⁷⁸ Según la Encuesta de
la Comunidad para el año 2013, el 52% de las personas trabajaron fuera del
municipio de residencia. Este es el caso del Área Funcional de San Juan, una
de las zonas de mayor movilidad laboral donde un 66.7% de las personas
trabajan fuera del municipio de residencia, sobresaliendo los municipios de Toa
Alta (84.7%), Loíza (80.9%), Trujillo Alto (79.8%), y Cataño (79.1%).
Ponce y su área de influencia hacia el oeste y este (Adjuntas, Coamo, Yauco,
Guayanilla, Peñuelas, Guánica, Juana Díaz, Jayuya, Santa Isabela y Villalba)
concentran 346,940 personas de 16 años O más. Es uno de los polos de
atracción más importantes fuera de la influencia del Área Metropolitana de San
Juan. La mejora en la conexión hacia el interior de la montaña por la carretera
77 El Área Metropolitana de San Juan está formada por nueve municipios: San Juan, Bayamón,
Carolina, Guaynabo, Toa Baja, Toa Alta, Trujillo Alto, Canóvanas y Cataño.
78 Schneider, N; Limmer R. y Ruckdeschel, K. (2002) Mobil, flexible gebunden: Familie und Beruf
in der mobilen Gesellschaft. Frankfurt/Main: Campus.
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
PR-10 permitirá aumentar la influencia de Ponce y dará mayor oportunidad a
los municipios de la montaña en los procesos de desarrollo económico.
Caguas-Gurabo, aunque está cerca de la influencia del Área Metropolitana de
San Juan, es la ciudad interior importante que está en el eje de conexión sur y
este, y juega un papel clave como centro distribuidor de Puerto Rico. Su área
de influencia (Aguas Buenas, Cidra, Comerío, Juncos y San Lorenzo)
concentra 273,143 personas de 16 años o más, siendo la única ciudad-región
en crecer en la última década.
Cabe señalar que existen tres factores principales que caracterizan la
transición demográfica por la cual atraviesa Puerto Rico. Estos son la
sustitución de población, los emigrantes son más jóvenes y mejor educados
que los que inmigraron, y el envejecimiento de la población, que tienen
impactos en prácticamente todas las áreas del quehacer económico y social 79
Este hecho no se observó en el Área Funcional de Caguas, que en el período
de 2000 a 2010 reflejórun crecimiento poblacional del 4.6% (16,046 personas).
Los municipios que mostraron mayores incrementos en la población en esta
área fueron: Gurabo, 23.5%; Juncos, 10.5%; Comerío, 3.9%; Caguas, 1.7% y
Cidra, 1.7%. De 2011 al 2014, se registró una merma de 1.3% en la población
de Puerto Rico. En ese período, el Área Funcional de Caguas experimentó una
reducción anual en la población del 0.7%. Por el contrario, el municipio de
Gurabo tuvo un aumento anual del 0.7%.
En la población de adultos mayores, el Área Funcional de Caguas evidenció un
crecimiento. En términos absoluto se observaron crecimientos en Carolina,
9,220; Bayamón, 7,238; San Juan, 6,957; Caguas, 6,942; Ponce, 5,928;
Guaynabo, 4,691; Toa Baja, 4,587; Arecibo, 4,215; Trujillo Alto, 4,069; y Toa
Alta, 4,064.80 Esta realidad invita a desarrollar y mejorar las políticas públicas
dirigidas a los servicios de salud, la fuerza laboral y otros servicios para la
población de adultos mayores.
Mayagüez-Hormigueros es el eje en el oeste, con su área de influencia
(Añasco, Cabo Rojo, Lajas, Las Marías, Maricao, Rincón, San Germán y
Sabana Grande) tiene 244,097 personas de 16 años 0 más. Es un polo de
desarrollo con una importante base industrial de servicios de salud, comercial
y educativa. Según el County Business Patterns, en el año 2013, en Puerto
Rico existían 12.4 establecimientos por cada 1,000 personas. El Área
Funcional de Mayagüez tuvo una tasa de 10.7 establecimientos por cada 1,000
personas, resaltando el municipio de Mayagüez con 18.9 establecimientos por
cada 1,000 personas.
Arecibo ha sido absorbido por la influencia del Área Metropolitana de San Juan,
pero todavía representa una subregión junto a su interrelación con los
municipios de Hatillo, Camuy, Quebradillas, Lares y Utuado. La presencia de
la Autopista PR-22 ha segmentado su crecimiento hacia el oeste, en
actividades comerciales compartidas con el municipio de Hatillo. Esto incluye
79 Villamil, J. (2012). Demografía y Desarrollo Económico. Sin Comillas. Accesado 26 de mayo de
2015. Disponible en: http://sincomillas.com/demografia-y-desarrollo-economico.
80 Junta de Planificación (2013). Revista Resumen Económico de Puerto Rico: Suplemento
Especial, Reto Demográfico: Adultos Mayores, págs. 32-33.
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
la construcción de la extensión de la Autopista De Diego en el tramo de Hatillo-
Aguadilla, que contribuirá al desarrollo económico de la región oeste.⁸¹
Ese proyecto de construcción de la extensión de la Autopista De Diego también
impulsará el desarrollo del llamado Corredor Tecnológico, una iniciativa
propuesta para la región oeste de Puerto Rico. Este es un esfuerzo conjunto
de empresas privadas, el sector público y la academia.⁸² Igualmente, la
Autoridad de Puertos inició 17 proyectos⁸³ en el Aeropuerto Rafael Hernández
de Aguadilla. Además, el desarrollo de infraestructura, como la construcción de
la PR-22 de Dorado-Arecibo, viene acompañado de nuevas unidades de
viviendas y de la expansión poblacional hacia áreas suburbanas y rurales.⁸⁴
A pesar de la pérdida de población, el Área Metropolitana de San Juan seguirá
siendo el área urbana más importante de Puerto Rico. La potenciación de dicha
zona como un componente importante del sistema de ciudades se basa en los
siguientes asuntos:
Completar y mejorar la infraestructura básica (aeropuerto, puerto, ampliación
del sistema de transporte colectivo y sistema vial, entre otros) que permita
una conexión con los puntos y ejes fundamentales del desarrollo económico
de Puerto Rico.
Fortalecer el Área Metropolitana de San Juan con equipos, servicios y
actividades, especialmente en el entorno del Tren Urbano. Se trata de uno
de los nodos de máxima centralidad y por ello la elección de usos debe estar
en consonancia con este carácter.
Mejorar la calidad urbana y ambiental, propiciando una transformación
urbana asociada a la necesaria reconversión económica. Esto haría posible
una renovación progresiva de los espacios del entorno al canal San Antonio,
la bahía y el Tren Urbano, y su transformación en eje de nuevos usos, de
nueva centralidad y estructurador de los tejidos urbanos de estos municipios.
Ponce-Juana Díaz, Caguas-Gurabo, Mayagüez-Hormigueros, Aguadilla,
Humacao, Arecibo-Hatillo, Cayey y Barceloneta-Manatí son áreas urbanas con
unas concentraciones de población y actividad económica que permiten
desarrollar economías de escala para ciertas actividades comerciales. Por lo
tanto, constituyen uno de los activos fundamentales de la calidad y equilibrio
del sistema urbano de Puerto Rico.
81 Departamento de Transportación y Obras Públicas (2014). Statewide Transportation
Improvement Program (STIP) Fiscal Years 2014-2017 Final Amendment August, 2014.
82 Ibid.
83 Ibid.
84 Ibid.
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Foto 18.
Iglesia de Santiago Apóstol en Fajardo
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Mapa 24. Área Funcional de San Juan
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Fuente: Junta de Planificación, 2015
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
1. Área Funcional de San Juan
El Área Funcional de San Juan se compone de 15 municipios: Bayamón,
Caguas, Canóvanas, Carolina, Cataño, Corozal, Dorado, Guaynabo, Loíza,
Naranjito, San Juan, Toa Alta, Toa Baja, Trujillo Alto y Vega Alta. Concentra el
40.8% de la población de 16 años o más de Puerto Rico: 1,192,432 personas.
Estos 15 municipios constituyen el área funcional más poblada y de mayor
extensión, e incluye los municipios del Área Metropolitana de San Juan.
Además de los nueve municipios metropolitanos, esta área funcional incluye a
Caguas, que es cabecera funcional de un área.
En el Área Funcional de San Juan, la fuerza laboral representa el 52.3% de su
población mayor de 16 años, una proporción superior a la de todo Puerto Rico:
46.1%. Los municipios con mayor participación en la fuerza laboral fueron:
Guaynabo, 57.4%; Toa Baja, 54.9%; Carolina, 54.7%; Toa Alta, 53.9%; Trujillo
Alto, 53.7%; San Juan, 53.2%; y Cataño, 52.9%. Corozal y Naranjito tuvieron
la menor participación en la fuerza laboral: 37.0 y 34.2% respectivamente.
El 47.4% (520,464) de la población civil empleada en Puerto Rico se concentró
en el Área Funcional de San Juan. La distribución porcentual de esta población
empleada por industrias fue la siguiente: servicios educativos, cuidado de la
salud y asistencia social, 21.8%; comercio al detal, 12.9%; servicios
profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos,
11.3%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos,
9.1%; finanzas, seguros y bienes raíces, 7.5%; otros servicios, a excepción de
Cop
la administración pública, 5.9%; manufactura, 5.8%; construcción, 5.5%;
transportación, almacenamiento y servicios públicos, 4.3%; y comercio al por
mayor, 4.1%. Las industrias con menor participación en el empleo en esta área
funcional fueron: información con un 2.5% y agricultura con un 0.3%.
Diez de los 15 municipios, dentro de esta área funcional tienen una mediana
($19,624) y una media ($30,510) de ingresos por hogar superiores a las de
Puerto Rico. Se destacan Guaynabo ($35,074 y $56,727) y Trujillo Alto
($31,261 y $41,925). Por otro lado, la mediana y media de ingresos por hogar
más bajas fueron las de Corozal ($16,219 y $23,540) y Loíza ($16,685 y
$26,412)
Doce de los 15 municipios del Área Funcional de San Juan superan la mediana
y media de ingresos de la familia de todo Puerto Rico ($23,018 y $33,761). Los
municipios con la mediana de ingreso familiar más altas fueron Guaynabo
($40,469) y Trujillo Alto ($34,960). Los municipios con la media de ingreso
familiar más altas fueron Guaynabo ($65,238) y Dorado ($47,688). Por el
contrario, los municipios con la mediana de ingreso familiar más bajas fueron
Naranjito ($19,504) y Corozal ($18,348). Loíza ($26,965) y Corozal $26,030
tuvieron la media de ingreso familiar más bajas.
La mitad de los municipios que componen el Área Funcional de San Juan
superaron el ingreso per cápita de Puerto Rico ($11,068). Guaynabo ($21,584)
sobresale nuevamente en ingresos, pues es el más alto y casi duplica el de
Puerto Rico. De otra parte, Corozal ($7,879) tuvo el ingreso per cápita más
bajo, seguido por Loíza ($8,739).
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Mapa 25.
Área Funcional de Ponce
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Fuente: Junta de Planificación, 2015
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2. Área Funcional de Ponce
El Área Funcional de Ponce incluye 11 municipios: Adjuntas, Coamo, Guánica,
Guayanilla, Jayuya, Juana Díaz, Peñuelas, Ponce, Santa Isabel, Villalba y
Yauco. El 11.9% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico (346,949
personas) reside en esta área.
La fuerza laboral representa un 44.0% de su población mayor de 16 años, un
porcentaje inferior al de Puerto Rico: 46.1%. Los municipios con la mayor
participación en la fuerza laboral fueron: Villalba, 49.5%; Jayuya, 45.7%; Santa
Isabel, 45.4%; y Ponce, 46.0%; todos con un porcentaje igual 0 superior al de
Puerto Rico. Les siguen Peñuelas, 44.5%; Juana Díaz, 44.4%; Yauco, 41.6%;
Coamo, 40.7%; Adjuntas, 39.6%; Guayanilla, 37.7%; y Guánica, 37.1%.
El 10.6% (116,942) de la población civil empleada en Puerto Rico pertenece a
el Área Funcional de Ponce. Las industrias con mayor participación en el
empleo fueron: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social,
24.9%; comercio al detal, 13.5%; manufactura, 12.2%; artes, entretenimiento,
recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 8.1%; servicios profesionales,
científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 7.0%;
construcción, 6.1%; otros servicios, a excepción de la administración pública,
4.9%; agricultura, 3.5%; transportación, almacenamiento y servicios públicos,
3.1%; y finanzas, seguros y bienes raíces, 3.0%. Las industrias con menor
participación en el empleo fueron información con un 1.1% y comercio al por
mayor con 1.8%.
Los 11 municipios del Área Funcional de Ponce tuvieron una mediana y media
de ingresos por hogar menores a las de Puerto Rico ($19,624 y $30,510). Santa
Isabel ($18,033) tuvo la mayor mediana ingresos por hogar y Ponce $27,489 la
media más alta. La mediana de ingresos por hogar en los otros nueve
municipios fluctúo entre $17,211 en Ponce y $11,528 en Adjuntas. Igualmente,
la media de ingresos por hogar fluctúo entre $26,535 en Santa Isabel y 21,774
en Guayanilla.
Todos los municipios tuvieron una mediana y media de ingresos de la familia
menores a las de Puerto Rico ($23,018 y $33,761). Jayuya ($22,904) tuvo la
mediana de ingresos mayor y Ponce ($31,417) la media de ingresos de la
familia más alta. En los demás municipios, la mediana de ingresos de la familia
fluctuó entre $14,727 en Adjuntas y $20,549 en Ponce. En los otros nueve, la
media de ingresos de la familia fluctuó entre $21,353 en Guánica y $28,694 en
Santa Isabel.
Aunque fue un poco menor, el ingreso per cápita de Ponce ($10,088) es el que
más compara con el de Puerto Rico ($11,068) entre los 11 municipios. De igual
forma, los demás municipios tuvieron un ingreso per cápita menor al de Puerto
Rico, que fluctuó entre $6,731 en Guánica y $9,412 en Santa Isabel.
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Área Funcional de Caguas
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3. Área Funcional de Caguas
El Área Funcional de Caguas está compuesta por siete municipios: Caguas,
Aguas Buenas, Comerío, Cidra, San Lorenzo, Gurabo y Juncos. Estos ultimos
seis municipios mantienen una fuerte interrelación con el municipio de Caguas.
No obstante, como indicamos anteriormente, Caguas mantiene también una
fuerte interrelación con el Área Funcional de San Juan. En esta área funcional
se agrupa el 9.7% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 283,987.
La fuerza laboral representa un 48.3% de su población mayor de 16 años, una
proporción superior a la de Puerto Rico: 46.1%. Los municipios con mayor
participación en la fuerza laboral fueron: Cidra, 53.4%; Gurabo, 53.2%; y
Caguas, 51.5%; y los que tuvieron la menor participación fueron Comerío,
33.1%; Aguas Buenas, 35.1%; San Lorenzo, 43.9%; y Juncos, 47.3%.
El 10.5% (115,922) de la población civil empleada en Puerto Rico se concentra
en el Área Funcional de Caguas. Por industrias, el empleo se distribuyó de la
siguiente manera: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social,
24.1%; comercio al detal, 14.0%; manufactura, 11.7%; gerenciales,
administrativos y manejo de residuos, 8.9%; administración pública, 8.9%;
artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 7.9%;
construcción, 6.3%; finanzas, seguros y bienes raíces, 5.1%; y otros servicios,
a excepción de la administración pública, 4.7%. Las industrias con menor
participación fueron: agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 0.6%;
información, 1.7%; comercio al por mayor, 2.9%; y transportación,
almacenamiento y servicios públicos, 3.2%.
Tres de los siete municipios del Área Funcional de Caguas tuvieron una
mediana y una media de ingresos por hogar superiores a las de Puerto Rico
($19,624 y $30,510): Gurabo ($27,459 y $41,078), Caguas ($23,924 y $35,037)
y Cidra ($24,224 y $33,119). Juncos ($18,497 y $26,573) y San Lorenzo
($17,743 y $27,780) tuvieron una mediana y una media de ingresos por hogar
relativamente similares a las de Puerto Rico ($19,624 y $30,510), aunque
inferiores. De otra parte, Aguas Buenas ($14,902 y $23,537) y Comerío
($12,615 y $19,793) tuvieron la mediana y media de ingresos por hogar más
bajas.
El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar
al de los ingresos por hogar. Nuevamente, Gurabo ($33,681 y $45,182),
Caguas ($28,030 y $38,738) y Cidra ($25,533 y $34,862) tuvieron la mediana
y media de los ingresos por familia más altos, al igual que las de los ingresos
por hogar. AI igual que en los ingresos por hogar, Juncos ($22,225 y $29,753)
y San Lorenzo ($20,041 y $30,242) tuvieron una mediana y media de ingresos
por familia parecidas a las de Puerto Rico ($23,018 y $33,761), aunque
inferiores. Aguas Buenas ($18,152 y $23,700) y Comerío ($14,932 y $22,208)
tuvieron la mediana y media de ingresos por familia más bajas.
Tres de los 11 municipios que componen el Área Funcional de Caguas
superaron el ingreso per cápita de Puerto Rico ($11,068). Nuevamente Gurabo
($13,898), Caguas ($12,852) y Cidra ($11,341) tuvieron los más altos, mientras
que los ingresos per cápita más bajos fueron los de San Lorenzo ($9,929),
Juncos ($9,404), Aguas Buenas ($8,058) y Comerío ($6,803).
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Mapa 27.
Área Funcional de Mayagüez
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Contro funcional
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4. Área Funcional de Mayagüez
El Área Funcional de Mayagüez incluye diez municipios: Añasco, Cabo Rojo,
Hormigueros, Lajas, Las Marías, Maricao, Mayagüez, Rincón, Sabana Grande
y San Germán. Los nueve municipios mantienen una fuerte interrelación con
Mayagüez. Dicha área concentra el 8.3% de la población de 16 años o más de
Puerto Rico: 244,097 personas.
La fuerza laboral representa un 37.6% de su población mayor de 16 años en el
Área Funcional de Mayagüez, un porcentaje menor al de todo Puerto Rico:
46.1%. Los diez municipios tenían un porcentaje menor al de Puerto Rico. Los
de mayor porcentaje fueron: Rincón, 45.0%; Hormigueros, 43.6%; Sabana
Grande, 41.4%; Añasco, 40.1%; Las Marías, 39.6%; Maricao, 38.4%;
Mayagüez, 37.8%; y San Germán, 35.5%. Lajas, 28.3% y Cabo Rojo, 35.1%
tenían los porcentajes menores.
El 7.0% (77,091) de la población civil empleada en todo Puerto Rico, se
concentra en el Area Funcional de Mayagüez. La mayor parte de la población
estaba empleada en las siguientes industrias: cuidado de la salud y asistencia
social, 25.9%; comercio al detal, 13.7%; manufactura, 13.2%; hospedaje y
servicios de alimentos, 9.3%; y administración pública, 9.2%. Las industrias con
menor participación en el empleo en esta área fueron: información, 1.1%;
comercio al por mayor, 1.7%; y agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería,
2.2%.
Los diez municipios tuvieron una mediana y una media del ingreso por hogar
menores a las de Puerto Rico ($19,624 y $ 30,510), excepto Hormigueros que
tuvo una mediana superior a la de de todo el país: $21,107. Los restantes
municipios registraron una mediana del ingreso del hogar que fluctuó entre
$17,228 en Cabo Rojo y $15,104 en Maricao. La media de ingreso del hogar
fluctuó entre $26,682 en Hormigueros y $18,091 en Maricao.
El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar.
Los diez municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto
Rico ($23,018 y $33,761), excepto Hormigueros cuya mediana fue superior a
la de Puerto Rico: $25,865. Los otros municipios tuvieron una mediana de
ingresos de la familia que fluctuó entre $20,963 en San Germán y $17,148 en
Maricao; y la media entre $31,103 en Mayag üez y $19,803 en Maricao.
El ingreso per cápita de Hormigueros ($10,609) fue el más comparable al de
Puerto Rico: $11,068. Los municipios con ingresos per cápita más altos fueron:
Mayagüez, $9,591; Cabo Rojo, $9,257; y San Germán, $9,054. Los ingresos
per cápita más bajos fueron los de Maricao, $6,368, y Las Marías, $7,000.
Foto 19.
Isla de Mona en Mayagüez
Fuente: Vicente Quevedo, Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 28.
Área Funcional de Arecibo
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Red estratégica de autopistan:
Red vial existente
Contro de Gobiamo A our complotado 0
mejorado significativamente
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Turistico regional
Hospital regional
Comercial regional
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Centro funcional
Centro funcional
complementario
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Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
5. Área Funcional de Arecibo
El Área Funcional de Arecibo tiene seis municipios: Arecibo, Hatillo, Camuy,
Lares, Quebradillas y Utuado, y concentra el 7.1% de la población de 16 años
0 más de Puerto Rico: 208,050 personas.
La fuerza laboral del Área Funcional de Arecibo representa un 39.8% de su
población mayor de 16 años, una proporción menor a la de Puerto Rico: 46.1%.
Hatillo, con 46.2%, tuvo el mayor porcentaje de su población mayor de 16 años
en la fuerza laboral, casi idéntico al de Puerto Rico. Las tasas de participación
en los otros cinco municipios fueron: Camuy, 43.9%; Utuado, 38.4%; Arecibo,
37.9%; Lares, 37.8%; y Quebradillas, 34.9%.
La población civil empleada en esta área representó el 6.0% de la totalidad en
Puerto Rico. Las industrias con la mayor proporción de la población empleada
fueron: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 26.4%;
comercio al detal, 14.6%; manufactura, 11.3%; administración pública, 10.6%;
y servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de
residuos, 7.1%. Las industrias con los porcentajes menores fueron:
información, 1.2%; comercio al por mayor, 2.0%; y agricultura, silvicultura,
caza, pesca y minería, 3.0%.
Los seis municipios registraron una mediana y una media de ingresos por hogar
menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Camuy ($19,527) tuvo la
mediana de ingresos del hogar más alta, mientras la media de ingresos del
hogar más alta fue la de Hatillo ($26,806). La mediana de ingresos del hogar
en los otros municipios fluctuó entre $16,977 en Arecibo y $11,851 en Lares; y
la media entre $26,806 en Hatillo y $17,727 en Lares.
El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar.
Los seis municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto
Rico: $23,018 y $33,761. Camuy ($21,935) tuvo la mediana de ingresos de la
familia más alta y Hatillo ($29,116) tuvo la media más alta. La mediana de
ingresos de la familia en los otros municipios fluctuó entre $20,023 en Arecibo
y $14,547 en Lares; y la media entre $29,116 en Hatillo y $19,845 en Lares.
Los seis municipios tuvieron un ingreso per cápita menor al de Puerto Rico:
$11,068; pero el de Arecibo ($9,529) se acercó más. De igual forma, los otros
municipios tuvieron ingresos per cápita menores al de Puerto Rico, fluctuando
entre $9,112 en Camuy y $6,609 en Lares.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 29.
Área Funcional de Aguadilla
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Red estratógica de autopletes:
existente
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Red vial
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Centro de Gobierno
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Turistico regional
Hospital regional
Comorcial regional
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Centro funcional
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0
Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
6. Área Funcional de Aguadilla
El Área Funcional de Aguadilla incluye cinco municipios: Aguada, Aguadilla,
Isabela, Moca y San Sebastián. Agrupa un 6.2% de la población de 16 años o
más de Puerto Rico: 181,654 personas.
La fuerza laboral en el Área Funcional de Aguadilla representa un 40.2% de su
población mayor de 16 años, un porcentaje menor al de Puerto Rico: 46.1%.
Aguada (48.0%) tuvo el porcentaje mayor e incluso fue dos puntos
porcentuales superior al de Puerto Rico; le siguieron Moca, 40.7% y Aguadilla
40.0%. San Sebastián (35.9%) e Isabela (37.5%) tuvieron los porcentajes más
bajos, al compararse con todo Puerto Rico.
La población civil empleada en el Área Funcional de Aguadilla representó el
5.4% de la de todo Puerto Rico: 55,163. El empleo por industrias fue: servicios
educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 23.7%; comercio al detalle,
14.1%; administración pública, 9.8%; manufactura, 9.6%; artes,
entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 8.7%;
servicios profesionales científicos, gerenciales, administrativos y manejo de
residuos, 7.8%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 7.2%;
construcción, 6.7%; finanzas, seguros y bienes raíces, 3.8%, transportación,
almacenamiento y servicios públicos, 3.5%; y agricultura, 2.3%. Las industrias
con menor participación en el empleo en esta área funcional fueron información
con un 0.9% y comercio al por mayor con un 1.8%.
Los cinco municipios en el Área Funcional de Aguadilla tuvieron una mediana
y una media del ingreso por hogar menores a las de Puerto Rico: $19,624 y
$30,510. La mediana y la media de ingresos del hogar más altas fueron las de
Aguadilla ($15,847 y $25,363). Los otros municipios tuvieron una mediana de
ingresos del hogar que fluctuó entre $14,463 en San Sebastián y $15,665 en
Aguada; y la media fluctúo en entre $19,834 en San Sebastián y $23,789 en
Aguada.
El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar.
Los cinco municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto
Rico: $23,018 y $33,761. Aguadilla tuvo la mediana ($19,733) de ingresos de
la familia más alta, al igual que la media ($28,704). La mediana de ingresos de
la familia de los otros municipios fluctuó entre $17,317 en San Sebastián y
$18,594 en Moca. La media de ingresos de la familia en los otros municipios
fluctuó entre $22,369 en San Sebastián y $26,523 en Aguada.
El ingreso per cápita de Aguadilla ($9,184) fue el que más se acercó al ingreso
per cápita de Puerto Rico: $11,068. De igual forma, los otros cuatro municipios
tuvieron ingresos per cápita menores al de Puerto Rico, fluctuando entre $7,174
en San Sebastián y $8,452 en Aguada.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 30.
Área Funcional de Manatí
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complementario
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Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
7. Área Funcional de Manatí
El Área Funcional de Manatí tiene siete municipios: Barceloneta, Ciales,
Florida, Manatí, Morovis, Orocovis y Vega Baja; y concentra el 5.7% de la
población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 167,014 personas.
La fuerza laboral del Área Funcional de Manatí representa un 38.3% de su
población mayor de 16 años, un porcentaje menor al de todo Puerto Rico:
46.1%. Manatí (43.5%) y Morovis (42.8%) tienen los mayores porcentajes de
su población mayor de 16 años en la fuerza laboral, pero son menores al de
Puerto Rico; le siguen Orocovis (38.7%) y Florida (39.8%). Vega Baja (34.9%),
Barceloneta (35.4%) y Ciales (31.6%) tienen los porcentajes más bajos de su
población mayor de 16 años en la fuerza laboral.
El 4.6% (50,473) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se
concentra en el Área Funcional de Manatí. La mayor parte de su población está
empleada en las siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud
y asistencia social 24.5%; manufactura, 14.5%; comercio al detal, 13.9%;
servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de
residuos, 7.9%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de
alimentos, 7.5%; construcción, 6.1%; otros servicios, a excepción de la
administración pública, 4.1%; finanzas, seguros y bienes raíces, 3.1%;
comercio al por mayor, 2.7%; y transportación, almacenamiento y servicios
públicos, 2.6%. Las industrias con menor participación fueron información y
agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, ambas con un 1.1%.
Los siete municipios tuvieron una mediana y una media del ingreso por hogar
menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Manatí ($18,046) tuvo la
mediana de ingresos del hogar más alta, mientras que la media más alta fue la
de Vega Baja ($26,009). Los otros municipios tuvieron una mediana de
ingresos del hogar que fluctuó entre $16,453 en Vega Baja y $13,802 en Ciales.
La media de ingresos del hogar fluctuó entre $25,828 en Manatí y $18,590 en
Ciales.
El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar.
Los siete municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto
Rico: $23,018 y $33,761. Manatí ($21,896) tuvo la mediana de ingresos de la
familia más alta; mientras que la media más alta fue la de Vega Baja ($29,171).
Los restantes municipios tuvieron una mediana de ingresos de la familia que
fluctuó entre $19,164 en Vega Baja y $16,041 en Orocovis; y la media entre
$29,309 en Manatí y $20,621 en Ciales.
Aunque menor, el ingreso per cápita de Manatí ($9,886) es el que más se
acerca al de Puerto Rico: $11,068. De igual forma, los otros seis municipios
tuvieron ingresos per cápita menores al de Puerto Rico, fluctuando entre $9,017
en Vega Baja y $6,488 en Ciales.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 31.
Área Funcional de Humacao
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Comorolal regional
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Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
8. Área Funcional de Humacao
El Área Funcional de Humacao se compone de cinco municipios: Humacao,
Las Piedras, Maunabo, Naguabo y Yabucoa. Los cuatro municipios mantienen
una fuerte interrelación con Humacao. Esta área concentra el 4.7% de la
población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 136,661 personas.
La fuerza laboral en el Área Funcional de Humacao representa un 41.6% de su
población mayor de 16 años, una proporción levemente menor a la de Puerto
Rico: 46.1%. Naguabo (43.7%) tuvo la mayor participación en la fuerza laboral,
seguido por Humacao (42.7%) y Las Piedras (43.1%). Yabucoa (37.6%) y
Maunabo (40.2%) tuvieron el menor porcentaje de participación.
El 4.2% (46,206) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se
concentra en el Area Funcional de Humacao. La mayor parte de la población
está empleada en las siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la
salud y asistencia social, 23.2%; manufactura, 15.8%; servicios profesionales,
científicos, gerenciales, comercio al detal, 13.1%; administrativos y manejo de
residuos, 8.6%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de
alimentos, 8.0%; construcción, 7.6%; otros servicios, a excepción de la
administración pública, 5.5%; finanzas, seguros y bienes raíces, 3.0%;
transportación, almacenamiento y servicios públicos, 2.9%; y agricultura,
silvicultura, caza, pesca y minería, 1.5%. Las industrias con menor participación
en el empleo fueron la información con un 0.8% y el comercio al por mayor con
un 1.1%.
La mediana y media de ingresos por hogar de Humacao ($20,156 y $30,480) y
Las Piedras ($18,632 y $26,595) son relativamente comparables con las de
Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Sin embargo, Maunabo ($18,446 y $22,926),
Naguabo ($17,132 y $25,592) y Yabucoa ($17,264 y $22,984) tienen la
mediana y media de ingresos por hogar más bajas del Área Funcional de
Humacao, significativamente menores a las de Puerto Rico.
El comportamiento es similar en cuanto a la mediana y media de ingresos por
familia. Humacao ($22,282 y $32,883) y Las Piedras ($21,571 y $28,810)
tienen una mediana y media de ingresos relativamente comparables, aunque
menores, a las de Puerto Rico: $23,018 y $33,761. Maunabo ($20,573 y
$25,113), Naguabo ($19,312 y $28,992) y Yabucoa ($20,470 y $24,619) tienen
la mediana y media de ingresos por hogar más bajas y menores a las de Puerto
Rico.
Humacao ($10,927) tiene un ingreso per cápita similar al de Puerto Rico:
$11,068, seguido por Las Piedras ($9,386); mientras que los ingresos per
cápita más bajos fueron los de Maunabo ($8,134), Yabucoa ($7,956) y
Naguabo ($9,058). Estos tres municipios tienen los ingresos más bajos en
todos los indicadores analizados.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 32. Área Funcional de Fajardo
11
Red entratógica de autopletes:
Red vial existente
Bor completado
A o
mejorado significativamente
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Tribunal
Centro de Gobierno
Marimoso
Turistico regional
Hospital regional
Comercial regional
Agricola
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3
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Contro funcional
Contro funcional
complementario
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Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
9. Área Funcional de Fajardo
El Área Funcional de Fajardo está compuesta por seis municipios: Ceiba,
Culebra, Fajardo, Luquillo, Río Grande y Vieques. Allí se concentra el 3.6% de
la población de 16 años o más de Puerto Rico: 106,341 personas.
La fuerza laboral del Área Funcional de Fajardo representa un 50.3% de su
población mayor de 16 años, una proporción superior a la de Puerto Rico:
46.1%. Culebra (51.7%), Luquillo (51.6%) y Río Grande (51.9%), seguidos por
Fajardo (51.4%) y Vieques (46.3%), tuvieron los porcentajes más altos de su
población mayor de 16 años en la fuerza laboral; todos con porcentajes
superiores al de Puerto Rico. Sin embargo, Ceiba (41.8%) tuvo la menor
participación en la fuerza laboral, inferior a la de Puerto Rico.
El 3.9% de la población civil empleada en todo Puerto Rico, se concentra en el
Área Funcional de Fajardo: 42,365. La población está empleada en las
siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia
social, 21.2%; comercio al detal, 13.0%; artes, entretenimiento, recreación,
hospedaje y servicios de alimentos, 12.9%; servicios profesionales, científicos,
gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 9.5%; manufactura, 8.0%;
construcción, 6.4%; transportación, almacenamiento y servicios públicos,
5.3%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 5.1%; y
finanzas, seguros y bienes raíces, 4.1%. Las industrias con menor participación
en el empleo son: información, 1.2%; agricultura, silvicultura, caza, pesca y
minería, 1.5%; y comercio al por mayor, 1.9%.
Río Grande ($22,947) y Fajardo ($21,544) tuvieron una mediana de ingresos
por hogar superior a la de Puerto Rico: $19,624; seguidos por Ceiba ($19,520)
y Luquillo ($18,593). La mediana de ingresos por hogar de Vieques ($17,355)
y Culebra ($16,188) fue inferior a la de Puerto Rico. Con la excepción de Río
Grande ($30,281) y Luquillo ($28,080), que son comparables aunque menores
a la de Puerto Rico ($30,510), Ceiba, Culebra, Fajardo y Vieques tuvieron una
media de ingresos por hogar que fluctuó entre $25,629 y $21,268,
significativamente menores a la de Puerto Rico.
El comportamiento de la mediana de ingresos por familia fue similar al de la
mediana de ingresos por hogar. La mediana ingresos por familia de Río Grande
($32,897), Fajardo ($25,582), Ceiba ($23,770) y Luquillo ($23,091) fue superior
a la de Puerto Rico: $23,018. Mientras que Vieques ($22,652) y Culebra
($21,071) tuvieron una mediana de ingreso familiar menor a la de Puerto Rico.
Con la excepción de Río Grande ($32,897) que es comparable aunque menor
a la de Puerto Rico, los otros cinco municipios tuvieron una media de ingresos
por familia que fluctuó entre $30,676 y $23,931, todas menores a la de Puerto
Rico: $33,761.
Río Grande ($10,552), Luquillo ($10,408) y Fajardo ($10,703) tuvieron un
ingreso per cápita comparable aunque menor al de Puerto Rico: $11,068,
seguidos por Ceiba ($9,444), Culebra ($8,142) y Vieques ($8,370).
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
113
19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 33.
Área Funcional de Guayama
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Albertino
Red estratógica de autopletes:
Red vial existente
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Centro do Gobiamo o
mejorado significativemente
Control
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Turintico regional
Hospital regional
Comercial regional
Agricola
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Centro funcional
Contro functonal
complementario
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1 Dias
Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
114
19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
10. Área Funcional de Guayama
El Área Funcional de Guayama se compone de cuatro municipios: Guayama,
Arroyo, Patillas y Salinas. Los tres municipios mantienen una fuerte
interrelación con Guayama. Allí se concentra el 3.0% de la población de 16
años 0 más de Puerto Rico: 89,035.
La fuerza laboral en el Área Funcional de Guayama representa un 41.7% de su
población mayor de 16 años, una proporción menor a la de todo Puerto Rico:
46.1%. Arroyo (44.0%) tuvo el mayor porcentaje de participación laboral,
seguido por Salinas (41.4%), Guayama (40.7%) y Patillas (42.1%), todos
menores al de todo el país.
El 2.6% (28,178) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se
concentra en el Área Funcional de Guayama. El empleo por industrias se
distribuyó de la siguiente manera: servicios educativos, cuidado de la salud y
asistencia social, 23.3%; comercio al detal, 13.2%; manufactura, 11.9%;
servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de
residuos, 7.2%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de
alimentos, 6.7%; construcción, 6.6%; otros servicios, a excepción de la
administración pública, 4.4%; transportación, almacenamiento y servicios
públicos, 4.1%; agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 3.0%; y finanzas,
seguros y bienes raíces, 2.5%. Las industrias con menor participación en el
empleo fueron información con un 1.0% y comercio al por mayor con un 1.4%.
Foto 20.
Plaza de Recreo en Guayama
Fuente: Junta de Planificación, 2015
Los cuatro municipios tienen una mediana y una media de ingresos por hogar
menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Guayama ($17,260 y
$24,908) tuvo la mediana y media de ingresos por hogar más alta, seguido por
Arroyo ($16,350 y $23,214), Patillas ($14,506 y $21,148) y Salinas ($13,495 y
$20,900).
El comportamiento fue similar en cuanto a la mediana y media de ingresos por
familia. Guayama ($19,792 y $27,094) tuvo también la mediana y media de
ingresos por familia mayores. Le siguieron Arroyo ($18,633 y $25,843), Patillas
($18,083 y $24,933) y Salinas ($15,529 y $23,021), todas menores a las de
Puerto Rico: $23,018 y $33,761, incluso las de Guayama.
Aunque menor, Guayama ($9,116) es el municipio cuyo ingreso per cápita se
acerca más al de Puerto Rico: $11,068. Los de los otros tres municipios: Arroyo
($8,208), Patillas ($7,851) y Salinas ($7,759) fueron significativamente
inferiores.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
115
19 de noviembre de 2015
116
Mapa 34.
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Área Funcional de Cayey
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
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Contro funcional
Turistico regional
19 de noviembre de 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
Fuente: Junta de Planificación, 2015
8
Areyo
Statement
Red estratógica do autoplates:
10000
Tribunal
Red vial existente
Centro funcional
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Hospital regional
Cantro de Gobiamo
A ser completado D
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mejorado significativamente
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Comorcial regional
3
Agricola
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
11. Área Funcional de Cayey
El Área Funcional de Cayey tiene tres municipios: Aibonito, Barranquitas y
Cayey. Alli se concentra el 2.8% de la población de 16 años 0 más de Puerto
Rico: 81,457 personas.
La fuerza laboral en el Área Funcional de Cayey representa un 41.8% de su
población mayor de 16 años, un porcentaje mínimamente inferior al de todo
Puerto Rico: 46.1%. Cayey (49.7%) tiene el mayor porcentaje de población de
más de 16 años en la fuerza laboral, incluso superior al de Puerto Rico. Le
siguen Aibonito (34.9%) y Barranquitas (34.9%) con porcentajes
significativamente más bajos al de Puerto Rico.
El 2.7% (29,456) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se
concentra en el Área Funcional de Cayey. Su población está empleada en las
siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia
social, 28.0%; manufactura, 14.2%; comercio al detal, 12.4%; construcción,
7.4%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos,
5.8%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 5.7%; servicios
profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos,
5.7%; finanzas, seguros y bienes raíces, 4.2%; transportación,
almacenamiento y servicios públicos, 3.7%; y agricultura, silvicultura, caza,
pesca y minería, 1.6%. Las industrias con menor participación en el empleo
fueron información con un 0.9% y comercio al por mayor con un 1.9%.
Cayey ($21,223 y $32,850) tuvo una mediana y una media de ingresos por
hogar similar a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Aibonito ($16,189 y
$24,225) y Barraquitas ($15,127 y $21,656) tuvieron una mediana y media de
ingresos por hogar significativamente menores a las de Puerto Rico.
El comportamiento de la mediana y media de ingresos por familia fue similar.
Se destaca, nuevamente, Cayey ($24,724 y $37,609). Barraquitas ($15,608 y
$22,369) y Aibonito ($19,869 y 26,519) tuvieron una mediana y media de
ingresos de la familia significativamente menores a las de Puerto Rico: $23,018
y $33,761.
Cayey ($11,986) superó el ingreso per cápita de Puerto Rico: $11,068. No
obstante, los de Barranquitas ($7,287) y Aibonito ($8,955) fueron
sustancialmente menores.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
E. CLASIFICACIÓN DEL TERRITORIO
Mediante los Artículos 3, 8 y 9, la Ley para el Plan de Uso de Terrenos requiere
que se clasifiquen los terrenos. La clasificación del suelo resulta del análisis de
las tendencias y los principios rectores, las metas y los objetivos.
La Junta de Planificación analizó y evaluó los 54 planes territoriales
municipales vigentes. Al hacerlo, comprobó que, aunque el Capítulo XIII define
claramente las clasificaciones de suelo, no todos los planes clasifican su
territorio de la misma manera. De igual modo, comprobó que los instrumentos
de planificación desarrollados por la propia Junta, como las Zonas de Interés
Turístico y Reservas Naturales, entre otros, no clasificaban. Además, en la
práctica no existe un criterio unificado para clasificar.
Con la finalidad de establecer un sistema de clasificación uniforme, tanto por la
Junta de Planificación como por los municipios, se estableció una metodología
de clasificaciones del suelo. Se basó en las definiciones vigentes establecidas
por la Ley de Municipios Autónomos, los criterios necesarios para cumplir con
los objetivos que se persiguen y ejemplos para su mejor entendimiento.La
clasificación de los suelos es una herramienta importante en la ordenación de
un territorio. Esta herramienta se ha utilizado en diversas partes del mundo,
entre ellas en en Hawái⁸⁵ y Oregón⁸⁶ en Estados Unidos.
Para establecer las distintas clasificaciones de suelo, se utilizaron las
definiciones de las categorías establecidas en el Capítulo XIII de la Ley de
Municipios Autónomos y en los criterios que establece la Ley para el Plan de
Uso de Terrenos. Una vez se establecieron los criterios, se utilizó el Mapa
Interactivo de Puerto Rico (MIPR), que constituye el Inventario de Terrenos y
Recursos, que es la recopilación de toda la información digital y electrónica
disponible de las distintas agencias, entidades gubernamentales y privadas.
Este inventario es parte de los requisitos que establece el Artículo 11 de la Ley
550 de 2004 y se compone de 395 niveles de información, disponibles para
toda la ciudadanía.
Algunos de los niveles de información más relevantes utilizados son las fotos
aéreas del 2010, así como de fotos aéreas a través de Google Maps con entre
uno y tres años de antigüedad, el mapa de Land Cover preparado por el Forest
Service del 200687, las zonas de ecosistemas producidas de acuerdo con el
Land Use preparado por la Universidad de Puerto Rico y la Junta de
Planificación en el 2010⁸⁸, las zonas de ecosistemas producidas por el
Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico en el 2013⁸⁹, y las clasificaciones
incluidas en los planes territoriales municipales, vigentes y propuestos, y en los
85 Hawái tiene una estructura de planificación centralizada para todo el archipiélago y clasifica su
territorio en tres categorías principales: suelos agrícolas (45%), conservación (48%) y urbanos
(4%).
86 Oregón cuenta con clasificaciones urbana, rural, bosque, agrícola y agrícola/bosque. Además,
requiere que todas las cludades establezcan límites al crecimiento urbano, a través de planes,
para separar el suelo urbanizable del suelo rural.
87 Gould, W., Alarcón, C., Fevold, B., Jiménez, M.E., Martinuzzi, S., Potts, G., Solórzano, M., y
Ventosa, E. 2007. Puerto Rico Gap Analysis Project (final report). USGS, Moscow ID and the
USDA FS International Institute of Tropical Forestry, Río Piedras, PR. 157 pp. y 8 apéndices.
88 Román, G., A. Castro, y E. Carreras. 2010. Generation of Land Use Maps Required for the
Implementation Phase of a Spatial Decision Support System for Puerto Rico: Xplorah 2010 Land
Use Map-Technical Documentation. Geographic Mapping Technologies, Corporation, San Juan,
PR. 143 pp.
89 Ecosystems Puerto Rico Nature Serve (2013) Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
planes especiales y sectoriales de la Junta de Planificación, vigentes y
propuestos.
Las clasificaciones del Plan de Uso de Terrenos son guías indispensables para
la planificación, que tienen que considerarse al establecer las nuevas
clasificaciones por la propia Junta de Planificación y los municipios. Además,
servirán de referencia para la calificación del territorio en la planificación a
escala local. El mapa de clasificación es parte integral del Plan de Uso de
Terrenos.
Tabla 3. Clasificación y calificación del suelo
Categorías
básicas de
Suelo
Suelo urbanizable
Suelo rústico
clasificación
urbano
(Ley Núm. 81
de1991)
Clasificación
Suelo
Sub
Suelo
Suelo
Suelo rústico
urbanizable
categorías
urbanizable
rústico
especialmente
no
programado
común
protegido
(Ley Núm.
programado
81de 1991)
Ecológico
Identificación
de valores
Agrícola
que surgen
Hídrico
del análisis
pormenorizad
Paisaje
o del territorio
Calificación
Se asigna calificación rural
Distritos de
Distritos
Distritos
hasta tanto se complete un
rurales
protección del
Calificaciones
urbanos
plan de ensanche.
recurso
Fuente: Junta de Planificación, 2015
1. Diferencia entre clasificar y calificar el suelo
Una de las funciones principales del Plan de Uso de Terrenos es clasificar los
terrenos. Clasificar los terrenos es una acción para establecer categorías de
suelo urbano, urbanizable y rústico, sabiendo que en el proceso posterior de
elaborar 0 revisar los planes municipales O planes sectoriales se establecerán
las calificaciones específicas con las intensidades y usos que se permitirán en
cada una de las categorías.
Durante el proceso de elaboración del Plan de Uso de Terrenos se presentaron
dudas sobre las limitaciones al uso de los terrenos que representan las
clasificaciones del suelo, principalmente las del suelo rústico común y
especialmente protegido. Las determinaciones de valor tienen el objetivo de
establecer los elementos principales que llevan a un nivel especial de
conservación por valor agrícola, ecológico, hídrico, etc.
Asimismo, la clasificación de suelo urbano 0 urbanizable no presupone que
todo terreno dentro de esas clasificaciones pueda admitir construcción 0
desarrollo. Dentro de la clasificación de suelo urbano existen ríos, quebradas,
playas, áreas naturales, ecológicas, agrícolas, de riesgos por inundación 0
deslizamiento, entre otras que no deben contener estructuras.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Del análisis realizado por la Junta de Planificación se evidencia que una parte
significativa del territorio no cuenta con las calificaciones adecuadas para
proteger las áreas ecológicas, naturales, bosque, riesgo, etc. La Junta informó
a los municipios que, como parte del proceso de conciliación con el Plan de
Uso de Terrenos, deberán asignar distritos de calificación adecuados a la
clasificación y los objetivos que promulga el Plan de Uso de Terrenos.
La calificación a partir de la clasificación
A partir de las clasificaciones del suelo, establecidas en el Plan de Uso de
Terrenos, se establecerán las calificaciones. Sin embargo, hay que recordar
que son propuestas de distintos instrumentos de planificación que siempre
están supeditados al Plan de Uso de Terrenos. Cada instrumento de
planificación podrá recomendar crear nuevos distritos de calificaciones a la luz
de las aspiraciones y los retos a los que se enfrenta cada área funcional, sector,
zona, municipio y barrio, entre otras. Corresponde a la Junta de Planificación
evaluar que sean apropiados y que se integren adecuadamente en el sistema
de calificación propuesto.
El Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos
Relacionados al Desarrollo y Uso de Terrenos establece los distritos de
calificación de forma general para todo el territorio y las áreas de planificación
especial, reservas agrícolas y el Cañón de San Cristóbal, entre otros. En la
actualidad existe una gran diversidad de distritos de calificación que se han
incluido en distintos planes, como son el Plan de Santurce, Castañer, Condado,
Conservación de Adjuntas, Comunidad Río Bayamón y Antigua Base
Roosevelt Roads, entre otros, y los distritos de calificación de los planes
territoriales de Bayamón, Guaynabo, San Juan, Caguas y Ponce.
La Junta de Planificación está trabajando en un sistema unificado de
calificación, que permita que todos los distritos tengan una nomenclatura de
letras y números que comuniquen clara y fácilmente los usos e intensidades
permisibles. Esto no debe entenderse como una lista única de calificaciones,
pues la esencia de la elaboración de un plan es el análisis del municipio, sector
o área; y proponer soluciones a partir de los problemas encontrados. Las
calificaciones son parte de estas soluciones. Con la finalidad de orientar en los
trabajos posteriores de clasificación y calificación, la Junta generó una tabla
donde se identifican los distritos y su correspondencia con las clasificaciones
del suelo.
Durante la elaboración del Plan de Uso de Terrenos se analizaron las
clasificaciones y calificaciones en los distintos instrumentos de planificación.
De dicho análisis surgen varias irregularidades, tales como clasificaciones
incompatibles con la calificación y viceversa; y terrenos calificados con distritos
que no cumplen con los objetivos de los distritos, entre otras. Una de las
condiciones que más se repite son terrenos vacantes calificados como áreas
desarrolladas (AD). Por otro lado, encontramos varias áreas completamente
desarrolladas con distritos rurales agrícolas cuando le correspondía tener
calificaciones urbanas. Una vez aprobado el Plan de Uso de Terrenos, la Junta
de Planificación iniciará una revisión de todos los instrumentos de planificación
para actualizarlos y adaptarlos.
A continuación se incluye una tabla donde se relacionan las clasificaciones con
algunas calificaciones del Reglamento Conjunto para la Evaluación y
Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo y Uso de Terrenos:
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
120
19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Tabla 4. Relación de calificaciones y clasificaciones del suelo
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Descripción
Clasificación
Anteriores
Calificación
Terrenos Urbanizables
SU
Para facilitar el control
SU
SRC
de la expansión urbana,
SRC
SREP-
Varios
optimizar la utilidad de
SREP
R-0
TODOS
UR
infraestructura e
SUNP
SUNP
identificar terrenos
SUP
SUP
clasificados como Suelo
Urbanizable.
Residencial
Intermedio
(Densidad poblacional
intermedia)
R-1
Para identificar áreas
SU
SU
R-2
R-I
residenciales
R-3
desarrolladas 0 a
desarrollarse para
distintos tipos de
viviendas.
Residencial de Alta
Densidad
(Alta densidad
poblacional)
Para áreas urbanas de
carácter residencial
próximas a centros
principales de actividad
comercial, propensas al
R-4
SU
SU
R-A
redesarrollo 0 desarrollo
R-5
en alta densidad
poblacional por la
naturaleza del sector,
accesos viales,
Instalaciones públicas,
escuelas, parques,
alcantarillado, agua,
energía eléctrica,
transportación.
Residencial Zona
Histórica
(Alta densidad
poblacional)
SU
SU
R-6
R-ZH
Para áreas
residenciales que
forman parte de zonas
históricas de interés
público.
Residencial Comercial
Mixto
Para alentar y promover
el uso mixto del terreno
SU
SU
RC-1
RC-M
combinando usos
comerciales y
residenciates, creando
núcleos de actividad
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Clasificación
Descripción
Anteriores
Calificación
local. Diseño del
desarrollo orientado al
peatón y ubicación de
centros de empleo y
comercio en proximidad
a viviendas de más alta
densidad. Promueve
desarrollo de servicios
comerciales y al detal.
Comercial Liviano
Se establece para
clasificar áreas
comerciales existentes
CO-1
SU
SU
C-L
C-L
o para crear nuevas
C-6
áreas comerciales cuya
operación resulta de
baja intensidad y
tolerable para el
vecindario.
Comercial Intermedio
Para áreas comerciales
existentes O nuevas
CO-2
áreas que suplan las
C-1
necesidades de varios
SU
SU
C-I
C-2
vecindarios 0 núcleos
C-3
residenciales, así como
para clasificar áreas
comerciales existentes
de carácter central.
Centro Comercial
Para centros de
SU
SU
C-4
C-C
mercadeo desarrollados
vía consulta de
ubicación.
Recreación Comercial
Extensa
Para centros de
SU
SU
C-5
RC-E
recreación comercial
extensa desarrollados
vía consulta de
ubicación.
Industrial Liviano
Áreas para el
establecimiento de
industrias livianas; no
se permite el uso
residencial y las
SU
SU
I-1
I-L
industrias pesadas, se
SRC
SRC
IL-1
permiten usos
comerciales
incidentales para
atender las
necesidades de la
operación de la
industria.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Descripción
Clasificación
Anteriores
Calificación
Industrial Pesado
Áreas industriales
pesadas desarrolladas
SU
SU
I-2
I-P
0 a desarrollarse por
SRC
SRC
IL-2
proyectos específicos
mediante consulta de
ubicación.
Dotacional General
Terrenos públicos 0
privados ocupados 0 a
ocuparse con usos
SU
SU
dotacionales,
SRC
SRC
P
DT-G
institucionales,
SREP-
SREP
recreativos, cívicos,
TODOS
docentes, filantrópicos,
culturales, científicos,
educativos, religiosos 0
similares.
Dotacional Parque
Para preservar el
carácter abierto de
espacios grandes,
SU
SU
conservar esos terrenos
SRC
SRC
P
DT-P
como espacios abiertos
SREP-
SREP
y dedicarlos a
TODOS
recreación pública
como lugares de
recreación pasiva y
activa.
A mejorarse
Áreas donde existe
aglomeración excesiva
de personas y edificios
en solares demasiado
pequeños donde faltan
SU
servicios públicos
SU
M
M
indispensables,
terrenos con topografía
accidentadas y otras
condiciones
desfavorables
perjudiciales a la salud
y bienestar general.
Residencial Turístico
Intermedio
Para promover el
desarrollo ordenado y
RT-1
estético; para clasificar
SU
SU
RT-2
RT-I
terrenos en las ZIT que
SRC
RT-3
por su localización se
han desarrollado 0
pueden desarrollarse a
una densidad e
intensidad intermedia.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Clasificación
Descripción
Anteriores
Calificación
Residencial Turístico
de Alta Densidad
Promover el desarrollo
ordenado, estético y
SU
SU
RT-4
compacto; para
RT-A
clasificar los terrenos en
SRC
RT-5
las ZIT que por su
localización se han
desarrollado o pueden
desarrollarse a una alta
intensidad.
Residencial Turístico
de Baja Densidad
Promover el desarrollo
ordenado y estético
SU
SU
Clasifica terrenos en las
RT-B
SRC
ZIT que por su
localización se han
desarrollado o pueden
desarrollarse a una muy
baja intensidad.
Comercial Turístico
Liviano
Promover el desarrollo
SU
SU
CT-1
ordenado y estético
CT-L
Clasifica áreas
SRC
CT-2
comerciales y
residenciales en las ZIT
de intensidad
intermedia y semialta.
Comercial Turístico
Intermedio
Promover el desarrollo
ordenado y estético
SU
SU
CT-3
Para clasificar áreas
CT-I
SRC
CT-4
comerciales y
residenciales en las ZIT
que complementen la
actividad turística a una
muy alta intensidad.
Áreas Desarrolladas
Identifica áreas no
SRC
SRC
AD
AD
urbanas que han sido
pobladas o
desarrolladas.
Agrícola Productivo
Terrenos no urbanos ni
desarrollados, llanos 0
SREP-A
semillanos,
SREP-AP
SREP
A-1
mecanizables, con
A-P
SREP-AH
Instalaciones de riego 0
SREP-AE
disponibilidad para ello,
0 que por su condición
natural no requiera
riego; además incluye
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Descripción
Clasificación
Anteriores
Calificación
aquellos que puedan
mejorarse de forma tal
que los hagan aptos
para uso agrícola
productivo y con
capacidad agrícola de
las Clases I al IV, según
el catastro de suelos.
Agrícola General
Áreas utilizadas o con
potencial reconocido
para actividades
agrícolas y
agropecuarias donde
predominan suelos
A-2
Clases V, VI y VII,
SREP-A
SRC
A-G
A-3
según el catastro de
suelos; áreas cuyo
patrón general de
desarrollo agrícola y
agropecuario se afecta
adversamente con la
introducción de usos
urbanos, residenciales.
Rural General
Terrenos de la Clase VII
y algunos casos de las
Clases Vy VI con
limitaciones para cultivo
agrícola por fertilidad,
profundidad del suelo,
topografía, condición de
SRC
SRC
A-4
R-G
pH, precipitación del
suelo, precipitación
pluvial, susceptibilidad a
inundaciones y
localización con
relación a obras de
infraestructura y
estructuras y a
actividades de mucha
concentración de gente.
Bosques
Terrenos con
características
especiales para
SREP-E
siembra de árboles,
SREP-EA
B-1
SREP
B-Q
producción de madera,
SREP-EH
B-3
protección del suelo y
SREP-EP
del agua, terrenos
sembrados para
repoblación forestal,
bosques existentes.
SREP-E
CR-1
Conservación de
SREP
CR
SREP-EA
CR-2
Recursos
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Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Clasificación
Descripción
Anteriores
Calificación
SREP-EH
CR-4
Identifica porciones de
SREP-EP
fincas cuyas
SREP-H
características
SREP-P
existentes deben
mantenerse y
mejorarse, tales como
dunas, tramos de
carreteras donde los
árboles a ambos lados
forman un túnel,
porciones de fincas
donde habitan especies
de singular valor,
márgenes de lagos y
otros cuerpos de agua,
áreas costeras de valor
escénico y fajas de
amortiguamiento
adyacentes a un
recurso de valor
especial; áreas de
cuevas, cavernas y
sumideros; zona cársica
y su flora, fauna y
aguas subterráneas;
bahias
bioluminiscentes,
bosques, salinas,
dunas, ríos, lagos,
lagunas, formaciones
geológicas, parajes de
extraordinaria belleza,
refugios de flora y
fauna, cascadas,
manantiales, embalses,
cuencas hidrográficas,
nichos ecológicos
(hábitat) de especies en
peligro de extinción y
otra áreas de especial
interés.
Conservación de
Cuencas
Terrenos en las
cuencas de lagos y
embalses donde se
SREP-H
SREP
CR-3
CR-C
debe ejercer gran
SREP-EH
cuidado sobre el tipo de
desarrollo que se
autoriza para evitar la
sedimentación de lagos
y embalses, así como
obras de canalización.
SU
Conservación de
SRC
CR-A
SREP
CR-A
Recursos
SREP-
CRR
TODOS
Arqueológicos
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Descripción
Clasificación
Anteriores
Calificación
Para identificar terrenos
o propiedades que
constituyen valores
arqueológicos; para
estudios científicos,
excavaciones con
propósitos
arqueológicos, museos
y sus oficinas,
Instalaciones sanitarias,
cafeterías y venta de
regalos como usos
accesorios que no
conflijan con la
investigación y
conservación de los
sitios arqueológicos.
Sitios Históricos
Conservación y
restauración de
propiedades que
SU
constituyen valores
SRC
SU
históricos,
SREP-
SRC
CR-H
SH
arquitectónicos y
TODOS
SREP
culturales, incluyendo
áreas residenciales que
forman parte de zonas
históricas de interés
público.
Desarrollo Selectivo
Áreas donde existe un
SU
potencial de desarrollo
SRC
SU
futuro, pero con
SREP-
DS
DS
SRC
limitaciones severas
TODOS
naturales o de
disponibilidad de
infraestructura.
Desarrollo Turístico
Selectivo
Proyectos turísticos y
RT-0
recreativos, sujetos a
SU
RT-00
SRC
DTS
disponibilidad de
SRC
DT
infraestructura en el
DTS
área, manteniendo su
carácter paisajista y
condiciones naturales.
Playas Públicas
SU
Áreas reservadas para
SRC
bañistas y designar
SREP-E
SU
sectores costaneros
SREP-EA
SRC
PP
PP
apropiados para baños
SREP-EH
SREP
de mar y recreación
SREP-EP
pasiva relacionada con
SREP-P
dicha actividad.
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Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Clasificación
Descripción
Anteriores
Calificación
Preservación de
Recursos
Áreas específicas que
constituyen recursos
naturales cuya
SREP-E
condición existente es
SREP-EA
PR
SREP
PR
única, frágil, en peligro
SREP-EH
B-2
de extinción; incluye los
SREP-EP
distintos tipos de
bosque de mangle, y
salitrales y lodazales
asociados a los
sistemas de mangles de
Puerto Rico.
SU
SRC
SREP-E
Pesca y Maricultura
Sectores de la costa
SREP-EA
SREP-EH
que se esté utilizando o
SREP-EP
puedan utilizarse, por
SREP
PM
SREP-A
tener un gran potencial,
SREP-AP
para el desarrollo de la
SREP-AH
industria pesquera y/o
la maricultura o cultivo
SREP-AE
SREP-H
de especies marinas.
SREP-E
SREP-EA
Ruta Escénica
SREP-EH
Para el disfrute y
SREP-EP
contemplación de
SREP-A
paisaje o panorama a lo
SREP-AP
SREP
RE
RE
largo de rutas
SREP-AH
escénicas designadas
SREP-AE
mediante legislación o
SREP-H
la Junta de
SREP-P
Planificación.
SRC
SU
Zona Escolar
SRC
Zona
SREP-
SU
Área física que ocupa
ZE
Escolar
TODOS
un núcleo escolar y el
que la rodea.
SREP-A
AR-1
Agrícola en reserva 1
SREP-A
AR-2
Agrícola en reserva 2
Desarrollo
SRC
Ecoturístico
SREP-E
Sostenible
SREP-EA
Áreas de valor
SREP-EH
SRC, SREP
DES
ecológico, natural y
SREP-EP
terrenos con
SREP-H
características
especiales de belleza
excepcional: rios,
quebradas, lagos,
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Distritos de
Nuevos
Nueva
Clasificación
Zonificación
Distritos de
Descripción
Clasificación
Anteriores
Calificación
lagunas, playas,
bosques, reservas
naturales, carso, áreas
costaneras, cuevas,
cavernas, áreas
montañosas, porciones
de finca donde habitan
especies de flora y
fauna endémicas; debe
cumplir con las Guías
Ecoturísticas de la
Compañía de Turismo y
estar recomendado por
el Departamento de
Recursos Naturales y
Ambientales.
DES Cero: santuario
DES Baja: refugios
de vida silvestre
DES Moderada:
veredas
interpretativas,
gazebos, actividades
recreativas
(caminatas, bicicleta,
montar a caballo,
botes de motor de
baja velocidad, "jet
skies")
DES Semialta: centro
informativo de
visitantes,
estacionamientos,
etc.
El Distrito DM se
eliminó. Los usos en
dicho distrito serán
considerados mediante
el mecanismo de
consulta de ubicación,
DM
hasta que los mapas de
zonificación (ahora
calificación) se revisen.
(página 342, Sección
17.1.1 Cláusula de
Transición).
CLASIFICACIÓN: SUP = Suelo Urbanizable Programado (Infraestructura programada) * SU
= Suelo Urbano * SUNP = Suelo Urbanizable No Programado (No Infraestructura) * SRC =
Suelo Rústico Común = (Desarrollo a largo plazo) * SREP = Suelo Rústico Especialmente
Protegido *
Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
2. Categorías de clasificación del suelo
Una de las funciones principales del Plan de Uso de Terrenos es identificar los
valores del territorio. La intención es, que posteriormente se conviertan en
expresiones de uso e intensidad mediante los instrumentos de planificación que
atienden la calificación.
Las categorías de clasificación del suelo toman como base las establecidas en
la Ley de Municipios Autónomos: suelo urbano, suelo urbanizable y suelo
rústico. Es necesario que el Plan establezca unas nuevas subcategorías bajo
la clasificación de suelo rústico: especialmente protegido, por valor ecológico,
agrícola, hídrico y de paisaje. Estas subcategorías surgen de la propia
definición de la Ley de Municipios Autónomos⁹, de modo que sirvan para
reconocer los objetivos, políticas públicas y fundamentos del Plan de Uso de
Terrenos; que además orienten la calificación 0 recalificación de los suelos,
según corresponda.
De acuerdo con el sistema de información geográfica de la Junta de
Planificación, Puerto Rico tiene 2.3 millones de cuerdas: 26,149.49 cuerdas
están identificadas como agua (1.2%) y 92,858.03 cuerdas como viales (4.1%).
Debido a su condición, no son objeto de clasificación en el Plan de Uso de
Terrenos.
a. Suelo con valor urbano
El suelo urbano (SU) está constituido por los terrenos que cuentan con acceso
vial, abastecimiento de agua, suministro de energía eléctrica y con otra
infraestructura necesaria para el desenvolvimiento de las actividades
administrativas, económicas y sociales que se llevan a cabo en estos suelos; y
que estén comprendidos en áreas consolidadas por la edificación, según se
define en el Capítulo XIII de la Ley de Municipios Autónomos.
Los suelos urbanos son el reconocimiento de amplias extensiones de terrenos,
por lo que esta clasificación no implica que el terreno sea apto para ser
construido. Para la clasificación de las áreas de valor urbano (SU) se tomarán
en consideración los siguientes elementos:
(1) Las áreas históricamente ocupadas de la ciudad y/o asentamientos, y las
áreas construidas o desarrolladas que cuentan con las infraestructuras,
tanto las llamadas básicas (vial, electricidad, agua, alcantarillado, etc.)
como las administrativas, económicas y sociales.
(2) Los suelos en proceso de urbanización con posibilidad de consolidación
con áreas urbanas existentes, independientemente de que cuenten con
todas las infraestructuras, con permisos válidamente expedidos y que se
encuentren en construcción.
(3) Los terrenos colindantes con suelo urbano existente que cuentan con una
consulta de ubicación, y que su análisis se evidencie que tienen los
permisos o han iniciado procesos de construcción.
(4) No se clasifican como suelo urbano amplias extensiones de terrenos
vacantes colindantes con el suelo urbano que no cuentan con las
infraestructuras requeridas para dichos suelos. Los terrenos a integrarse
en el continuo urbano serán aquellos con la clasificación de suelo
urbanizable, cumpliendo con los requisitos de densidad de acuerdo con las
90 Ver Artículos 13.003 y 13.005 de la Ley de Municipios Autónomos.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
130
19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
necesidades, de modo que se pueda producir una integración ordenada
entre suelos urbanos y los nuevos terrenos identificados para su desarrollo
(suelos urbanizables), mediante el correspondiente plan de ensanche.⁹¹
A través de los distritos de calificación se establecen: las normas sobre el uso
(residencial, comercial, industrial, parque, etc.) e intensidad (construcción a
mayor o menor densidad), las normas sobre las características de las
estructuras y el espacio público, las normas sobre las lotificaciones, y otras
determinaciones de ordenación territorial relacionadas con procesos,
mecanismos, aprovechamientos y otras circunstancias relacionadas.
(1) Sistemas naturales y áreas de riesgo en suelo urbano Los suelos
urbanos, deben y pueden contener extensiones de terrenos que no podrán
construirse o urbanizarse, por distintas razones (bosques, recursos
naturales, áreas inundables por ríos, quebradas 0 marejadas, áreas de
riesgo, parques, paseos lineales, áreas recreativas, playas, reservas
naturales y reservas agrícolas, zona marítimo-terrestre, entre otros). Los
distintos planes sectoriales y de ordenación municipal establecerán las
calificaciones adecuadas para garantizar que cumplen con las políticas que
ordenan su protección. Es a través de la calificación de estos terrenos que
se representa el nivel de conservación y protección, o límites de
actividades que admiten dichos sectores.
Existe la necesidad de que los planes protejan las áreas de valor natural
en suelo urbano y la preocupación sobre si pueden existir áreas naturales
0 de protección dentro de suelo urbano. Por lo tanto, se incluye a
continuación una lista con algunas de las zonas principales para garantizar
su protección, pero sabemos que existen O podrían existir más. El nivel de
protección o la limitación sobre lo que puede 0 no construirse se controlará
a través de la calificación.
i.
Bosques urbanos de San Patricio Doña Inés Mendoza.⁹²
ii.
Bosque Estatal del Nuevo Milenio en San Juan.
iii.
Corredor Ecológico de San Juan.⁹³
iv.
Arboretum de Cupey en San Juan.
V.
Reserva Natural Caño Martín Peña en San Juan.
vi.
Reserva Natural del Condado en San Juan.
vii.
Jardín botánico y terrenos adyacentes relacionados con el río
Cagüitas y la quebrada Algarrobo en Caguas.
viii.
Lagunas de extracción en Loíza.
ix.
Servidumbre de conservación Bosque Tropical de Palmas del Mar
en Humacao.
X.
Reserva Natural Las Cucharillas en Cataño.
xi.
Terrenos entre El Vigía y la carretera PR-9, hábitat del pájaro
guabairo, identificado para desarrollo ecoturístico.
xii.
Estaciones Agrícolas Experimentales, en particular las de San Juan
y Mayagüez.
xiii.
Ríos, quebradas, y márgenes de mares y océanos, incluyendo los
terrenos inundables en los márgenes de los principales cuerpos de
agua en todo Puerto Rico.
91 Conforme lo dispone el Artículo 13.006 de la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991.
92 Ley de Bosques Urbanos de Puerto Rico, Ley Núm. 213 del 5 de agosto de 1999.
93 Ley para designar el Corredor Ecológico de San Juan, Ley Núm. 206 del 28 de agosto de 2003,
según enmendada.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
xiv.
Canales de riego y sus charcas de retención en Guayama, Juana
Díaz (Cristina), etc.
XV.
Lagos Ginés y Bronce en Ponce.
xvi.
Humedales en la desembocadura del río Piedras y la quebrada
Margarita cercanos al puerto, alrededor de la laguna San José en
San Juan y Carolina, canal Blasina en Carolina, Cerromar en Vega
Alta, Río Mar en Río Grande, Palmas del Mar, quebrada Mata de
Plátano en Luquillo y quebradas Banderí en Guayama y quebrada
Tallaboa Poniente en Peñuelas.
xvii.
Sumideros en todo Puerto Rico, principalmente en Aguadilla,
Isabela, Quebradillas, Camuy, Hatillo y Arecibo.
xviii. Bosques de pterocarpus en Palmas del Mar en Humacao.
xix.
Mogotes de los cerros de Santa Ana en Bayamón, San Juan, Toa
Baja, Vega Baja y Manatí.
XX.
Áreas cársicas en Bayamón, Guaynabo y San Juan.
xxi.
Terrenos dentro de la zona marítimo-terrestre.
xxii. Terrenos escarpados al oeste de la PR-2 y al norte de la PR-458 en
Aguadilla.
xxiii. Cerros El Comandante en Carolina y cerros de Higuillar en Dorado.
xxiv. Terrenos susceptibles a deslizamientos, como los de Moca, San
Sebastián y Lares.
XXV. Terrenos vacantes, con 0 sin servidumbre, de urbanizaciones que
protegen lagos, quebradas y ríos.
xxvi. Playas urbanas como las de Ocean Park en San Juan, El Alambique
en Carolina, Poza del Obispo en Arecibo.
xxvii. Terrenos con alta y muy alta susceptibilidad a deslizamientos en
Moca, San Sebastián, Lares, Morovis y Bayamón.
(2) Densidad y crecimiento en suelo urbano La clasificación de un suelo
urbano no presupone que dicho suelo pueda aumentar de tamaño 0 pueda
densificarse por el mero hecho de haberse identificado como tal. Los
suelos urbanos tendrán sus respectivas políticas, a través de los
instrumentos de planificación, y serán ellos los que indicarán si pueden
aumentar, densificarse, mejorarse y ordenar 0 proponer los usos de suelo.
(3) Densificación o intensificación de los suelos urbanos Aunque la
política pública se dirige a la densificación 0 intensificación de los terrenos
vacantes de las áreas desarrolladas y suelos urbanos, solo debe ocurrir
cuando se tenga la infraestructura necesaria para acoger los nuevos
desarrollos. Es a través de los planes y su calificación que se decidirá sobre
su intensificación 0 su mantenimiento a densidad baja e incluso en algunos
casos a desestimular nuevos desarrollos 0 usos por condiciones
especiales.
(4) Calificación del suelo urbano - La calificación de los terrenos en suelo
urbano tendrá el propósito de cumplir con los objetivos del plan que se
desarrolle, estableciendo las limitaciones 0 intensidades de acuerdo con
las condiciones físicas de la parcela. Además, se establecerán los distritos
(existentes 0 proponer nuevos) que limiten el desarrollo de la parcela a la
intensidad que pueda servirse por los sistemas de infraestructura
existentes y programados. Recomendará también que se establezcan
distritos para la conservación O preservación de los recursos naturales,
ambientales 0 de riesgo dentro de los suelos urbanos.
(5) Desparramamiento y núcleos urbanos no consolidados en suelo
urbano La clasificación del suelo urbano debe reconocer la realidad de
nuestro territorio y el desarrollo de estructuras aisladas, de baja densidad
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
y con características suburbanas. La política pública debe evitar y
desalentar que continúe el desparramamiento urbano y que se desarrollen
nuevos núcleos aislados. Por lo tanto, los planes y sus reglamentos
evitarán las subdivisiones 0 lotificaciones en áreas que no estén listas para
tales desarrollos, debido a la falta de instalaciones (tales como calles 0
carreteras con capacidad adecuada de agua, luz y alcantarillado sanitario)
0 la distancia de otras áreas construidas, para evitar los desarrollos
aislados y salvaguardar los terrenos que por su valor 0 susceptibilidad
deben mantenerse libres de desarrollo.
(6) Usos industriales en suelo urbano Los usos industriales se ubicarán
cerca de las infraestructuras de accesibilidad, como puertos, aeropuertos
y vías principales. Deben ubicarse en los suelos urbanos las industrias de
carácter liviano, que no provocan efectos adversos en el ambiente y que
requieren servicios mínimos de infraestructura, principalmente parques
industriales. Debe evitarse establecer industrias contaminantes en el suelo
urbano. AI mismo tiempo, es imprescindible desincentivar usos
incompatibles con la actividad industrial, de modo que no produzca una
reducción en los terrenos disponibles para usos industriales.
(7) Usos turísticos en suelo urbano Tanto a través de los planes
sectoriales como de los planes de ordenación, se identificarán áreas que
pueden acoger las actividades turísticas, así como manejar y corregir la
problemática existente sobre la contaminación, calidad del ambiente y la
seguridad en las áreas turísticas. La intención es hacer más agradable la
estadía de los visitantes y el desarrollo pleno de esta industria.
(8) Mitigación de riesgo en suelo urbano Todos los instrumentos de
planificación tienen que identificar los terrenos sujetos a riesgo y
establecen las calificaciones compatibles con la condición de riesgo de los
terrenos (utilizando las calificaciones existentes O proponiendo nuevas). Se
recomienda utilizar los mecanismos de transferencia de derechos de
desarrollo, reparcelación y dedicación de terrenos a usos dotacionales
para la conservación de terrenos susceptibles a riesgos, libres de
construcciones que puedan estar expuestas a riesgos. Es importante
integrar los planes de mitigación 0 planes multiriesgos a los instrumentos
de planificación municipal y los planes sectoriales.
La delimitación de los suelos urbanos es uno de los instrumentos que utilizan
los planes para proteger el territorio del desparramamiento urbano y promover
el uso eficiente del suelo, y permitir la provisión de servicios públicos dentro de
sus límites. Los planes de ordenación municipal identificarán aquellos suelos
urbanos que ameriten una planificación especial o un estudio de detalle, que
se calificarán y se remitirán a un plan de área.⁹⁴
Para propósitos de este Plan de Uso de Terrenos, se han identificado
302,930.81 cuerdas con las características para clasificarse como suelo urbano
(SU), lo que representa un 13.3% de todo Puerto Rico. Al momento de
elaborarse el Plan, se habían calificado 267,329 cuerdas de suelo que
correspondían a la clasificación de suelo urbano que representan el 12.0% de
Puerto Rico.
Este aumento responde a la identificación como suelo urbano de grandes
extensiones de terrenos desarrollados o identificados como suelo rústico y
suelo urbanizable. Ejemplo de ello, son varios sectores que se han desarrollado
de manera informal y que requieren de una ordenación, tanto a través de la
94 Artículo 13.007 de la Ley Núm. 81 de 1991.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
calificación como de programas de inversión de mejoras públicas. Para ello se
desarrollarán los respectivos planes de área.
La Junta de Planificación hizo un inventario de los terrenos vacantes (no incluye
edificios vacantes) con distritos de calificación para distintos usos: comerciales,
oficinas, industriales, residenciales, etc. Hay 16,288 cuerdas (ver Gráfica 13)
identificadas como idóneas para proponer nuevas construcciones. Entre estos
terrenos vacantes disponibles se encuentran los de Puerta de Tierra frente al
canal San Antonio, las parcelas vacantes en el Distrito de Convenciones, las
parcelas vacantes públicas y privadas alrededor de las estaciones del Tren
Urbano, incluyendo la Ciudad de las Ciencias y Río Bayamón, los terrenos de
la Antigua Base de Roosevelt Roads, los terrenos vacantes industriales en
Vayas Torres en Ponce y las parcelas vacantes en Palmas del Mar Humacao,
así como otros suelos en los 78 municipios (ver Mapa 35). De otra parte, se le
reconoce la clasificación que corresponde al desarrollo propuesto a todas
aquellas consultas de ubicación aprobadas que han iniciado el proceso de
permisos, pero no han iniciado su construcción o no han completado todas las
fases aprobadas.
Como parte de la elaboración del Plan de Uso de Terrenos se hicieron los
siguientes cambios:
i. Se añadieron como suelo urbano aquellos terrenos colindantes con suelos
urbanos que están construidos y forman áreas consolidadas por la
edificación.
ii. Se añadieron como suelo urbano varias comunidades fuera de los
asentamientos originales de los municipios, como los poblados de Ángeles
y Cayuco en Utuado, Quebradas en Camuy, Bayaney en Hatillo, La
Parguera en Lajas, Las Ochenta en Salinas, Barahona en Morovis, Sector
Hormigas en Caguas, y Castañer en Lares y Adjuntas.
iii. Se añadieron como suelo urbano los terrenos que cuentan con los
permisos correspondientes y se encuentran en la etapa de construcción.
iv. Se añadieron como suelo urbano los terrenos ya desarrollados, en suelos
originalmente clasificados como urbanizables.
V. Se excluyeron del suelo urbano amplias extensiones de terrenos que se
encuentran vacantes y colindantes con suelos rústicos.
vi. Se excluyeron del suelo urbano amplias extensiones de terrenos que se
encuentran activamente dedicadas a la agricultura.
vii. Se excluyeron del suelo urbano amplias extensiones de terrenos que se
encuentran vacantes, por ser terrenos de alta productividad agrícola, de
acuerdo con el catastro de suelos del Departamento de Agricultura federal
(tipos de suelo con capacidad agrícola de I al IV), identificados como Prime
Farmlands por el Natural Resources Conservation Service (NRCS) 0 por
ser propiedad de la Autoridad de Tierras.
viii. Se excluyeron del suelo urbano terrenos que no están construidos y son
susceptibles a riesgo de inundación 0 deslizamientos, y que colindan con
suelos rústicos.
El Plan de Uso de Terrenos y todos los instrumentos de planificación ordenarán
el suelo urbano siguiendo los siguientes objetivos:
i. Desarrollo balanceado de usos a través de la ciudad, incorporando usos
diversos pero compatibles en ella para lograr comunidades mixtas donde
se posibilite el acceso peatonal a los diferentes usos.
ii.
Fortalecimiento de la estructura económica, social y física de cada barrio o
vecindario, de acuerdo con sus características particulares, equipando los
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
distintos barrios 0 vecindarios de los servicios y variedad de usos
necesarios 0 deseables.
iii. Protección, defensa y conservación de estructuras de interés 0 valor
histórico O arquitectónico, cultural y arqueológico.
iv. Protección del centro urbano tradicional, evitando el establecimiento del
uso exclusivo de comercios y servicios en su área central, y protegiendo y
fomentando los usos residenciales en dicho sector.
V. Promoción del desarrollo integral de todas las áreas periferales de la
ciudad, incluyendo los suburbios; proveyéndolas de la infraestructura
social y económica necesaria para que no dependan totalmente de las
áreas centrales de la ciudad.
vi. Protección de la continuidad del trazado y la red vial, y la integración física
de la ciudad mediante su red vial, incluyendo a los suburbios y a otras
áreas actualmente desvinculadas.
vii. Rescate y mejora del espacio público del municipio, fomentando la
protección y el desarrollo de áreas verdes, así como la siembra de árboles
y vegetación para mejorar la calidad del ambiente de la ciudad.
viii. Desarrollo de sistemas de transportación colectiva, en donde se amerite,
para agilizar la comunicación y el desplazamiento dentro de la ciudad y
entre sus barrios 0 vecindarios.
ix. Facilitar el acceso de los ciudadanos a los espacios públicos de la ciudad,
sin exclusión de cualquier disposición legal que reglamente su acceso.
X.
Coordinación e integración de los aspectos físico-espaciales con las
estrategias de desarrollo económico, social y ambiental diseñadas por el
municipio.
xi. Armonización de la morfología urbana y la red vial entre municipios, en
caso de que haya colindancia de suelos urbanos en los municipios.
xii. Utilización intensa del suelo urbano, incluyendo los suburbios.
b. Suelo con valor urbanizable
El suelo urbanizable (SUR) está constituido por aquellos terrenos aptos para
urbanizarse, a base de la necesidad para acomodar el crecimiento en un
período de ocho años para cumplir con las metas y objetivos de la ordenación
territorial. Esta clasificación del suelo incluye las categorías de suelo
urbanizable programado (SURP) y suelo urbanizable no programado (SURNP).
El Plan de Uso de Terrenos no pretende calcular las necesidades de suelos
urbanizables programados y no programados para cada uno de los 78
municipios, pues por la escala en la que se desarrolla el Plan dichas
subcategorías deben identificarse en los planes de ordenación municipal. En
ese proceso debe hacerse un análisis detallado de las necesidades de
crecimiento urbano para los distintos usos. Además, se le debe dejar a los
planes de menor escala establecer los futuros suelos de crecimiento urbano.
Ello le da flexibilidad al proceso de planificación y le permite adaptarse mejor a
las realidades cambiantes del mercado, la demografía y las condiciones
especiales de cada municipio 0 sector de Puerto Rico.
Durante la elaboración de este Plan de Uso de Terrenos se analizaron los
suelos urbanizables, tanto los programados como los no programados,
propuestos en los planes territoriales municipales. Se encontró que existe una
inconsistencia en la manera en que se clasificaron los terrenos. En varios
municipios se identificaron terrenos clasificados como suelo urbanizable que
exceden lo que pudiera ser la proyección de crecimiento del municipio en los
próximos ocho años. Será durante el proceso de revisión de los planes de
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
ordenación O al momento de notificación de inicio del proceso de elaboración
de un plan de ensanche, cuando se deberá identificar y justificar la necesidad
de desarrollo de dichos terrenos.
Como se establece en el Artículo 13.005 de la Ley de Municipios Autónomos,
no se requiere que exista la categoría de suelo urbanizable, pues su existencia,
así como las posibles subcategorías de programado o no programado,
dependerá del análisis o estudio de la necesidad de suelos urbanos de aquí a
un período de ocho años. Los planes territoriales podrán tener como objetivo
identificar terrenos que actualmente no están desarrollados; es decir, convertir
terrenos rurales vacantes en urbanos a través de un plan de ensanche. Los
planes no identificarán terrenos que actualmente están desarrollados 0
urbanizados, los cuales deben clasificarse como urbanos y trabajarse a través
de un plan de área.
Este Plan de Uso de Terrenos quiere promover y aclarar que es a través de la
planificación, es decir, mediante la elaboración de los planes sectoriales,
planes territoriales y planes de ensanche, donde se debe proponer el desarrollo
de los terrenos que hoy no cuentan con la infraestructura adecuada, es decir
los suelos clasificados como suelo rústico común. Todo proceso de
planificación tiene períodos de transición. El hecho de que no todos los
municipios cuenten con sus respectivos planes territoriales ha contribuido a que
el proceso de desarrollo de terrenos sea distinto en municipios con y sin plan
territorial.
Para la clasificación de las áreas de valor urbanizable (SUR) se tomarán en
consideración los siguientes elementos:
i. Se evaluarán los terrenos vacantes en suelo urbano y su capacidad de
acoger desarrollo para los distintos usos en los próximos ocho años.
ii. Una vez evaluados los usos disponibles en el suelo urbano, hay que
identificar cuánto se necesitará para acoger el desarrollo en los próximos
ocho años.
iii. AI momento de analizar los terrenos que podrían considerarse para futuro
desarrollo, se descartarán los que tengan valor ecológico 0 natural y
agrícola, y dónde condiciones de contaminación ambiental representen un
riesgo a la salud, así como los terrenos sumamente escarpados,
susceptibles a erosión, a deslizamientos y de alto riego a desastres
naturales.
iv. Durante la elaboración de un plan de ensanche se utilizarán distritos de
protección para calificar las áreas que así lo ameriten, de manera que se
pueda evitar su impacto y desarrollo. Esto se refiere a si un suelo
urbanizable tiene, dentro de sus límites, terrenos con valores ecológicos 0
naturales y valores agrícolas, o donde existan condiciones de
contaminación ambiental que representen un riesgo a la salud, así como
terrenos escarpados, susceptibles a erosión, a deslizamientos y de alto
riego a desastres naturales.
V. Se tomará en consideración la programación y construcción de la
infraestructura en la identificación de suelos urbanizables.
vi. El objetivo de los suelos urbanizables en ordenar el futuro desarrollo a
través de planes, de modo que se puedan organizar las infraestructuras y
usos en grandes extensiones de terrenos vacantes. Por lo tanto, los
terrenos ya desarrollados no se identificarán como suelos urbanizables.
El Plan de Uso de Terrenos y todos los demás instrumentos de planificación
establecerán un proceso estructurado de transformación del suelo urbanizable
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
a suelo urbano, persiguiendo que los nuevos desarrollos cumplan con los
siguientes objetivos:
i. Integrar los nuevos desarrollos al contexto urbano existente y a desarrollos
futuros, enfatizando la continuidad del trazado vial tradicional y la
continuidad de las vías locales y principales.
ii. Establecer nuevos desarrollos de forma compacta, funcional y estética que
establezcan nexos de armonía con su entorno, y conformen un espacio
público digno y sensitivo a las necesidades del peatón.
iii. Incorporar diversos usos compatibles en los nuevos desarrollos de la
ciudad para lograr comunidades mixtas, donde se reduzca la dependencia
del automóvil y se posibilite el acceso peatonal a los diversos usos.
iv. Enlazar los nuevos desarrollos con la ciudad existente a través del
desarrollo de sistemas de transportación colectiva, en donde lo amerite,
para agilizar la comunicación y el movimiento dentro de la ciudad.
V. Facilitar el acceso de los ciudadanos a los espacios públicos que se
desarrollen, sin exclusión de cualquier disposición legal que reglamente su
acceso.
vi. Coordinar e integrar los aspectos físico-espaciales con las estrategias de
desarrollo económico, social, y ambiental diseñadas por el municipio.
vii. Utilizar intensamente el suelo a urbanizarse.
El desarrollo del Plan de Uso de Terrenos requirió los siguientes cambios a los
suelos urbanizables:
i. Se eliminaron suelos urbanizables en zonas de riesgo por ser inundables.
Algunos ejemplos son los suelos en el barrio Higuillar en Dorado, barrio
Lapa en Salinas, barrio Martín González en Carolina, sector San Antonio
en Dorado y Boca Velázquez en Santa Isabel.
ii. Se eliminaron suelos urbanizables por estar en zonas de alta
susceptibilidad a deslizamientos. Por ejemplo en los barrios Cuchillas y
Voladoras en Moca, el barrio Piedras Blancas de San Sebastián y el barrio
Pueblo de Lares.
iii. Se eliminaron suelos urbanizables por ser inundables y humedales, tales
como en el sector el Maní de Mayagüez.
iv. Se eliminaron suelos urbanizables en áreas escarpadas y ecológicas,
como en el barrio Tallaboa Saliente en Peñuelas, y el barrio Canóvanas en
Canóvanas y Hatillo.
V. Se eliminaron suelos urbanizables por ser terrenos escarpados, como en
el barrio Veguitas en Jayuya.
vi. Se eliminaron suelos urbanizables, al estar desarrollados 0 urbanizados.
Es el caso de los barrios Buena Vista, Cerro Gordo, Santa Olaya, Minillas
y Guaraguo Abajo en Bayamón, el barrio Carraizo de Trujillo Alto, el barrio
Pueblo y Playa en Santa Isabel, barrio Pueblo de Barceloneta y otros en
Manatí, Sabana Grande, Mayagüez, Moca, San Sebastián, Lares, Morovis,
Ciales y Sabana Grande, el barrio Camarones, Río, Hato Nuevo en
Guaynabo, barrio Cacao en Carolina, en barrio Canóvanas en Canóvanas
y el barrio Cabezas en Fajardo.
vii. Se eliminaron suelos urbanizables por estar actualmente en usos agrícolas
y tener valor agrícola. Por ejemplo, los ubicados en los barrios Galateo y
Bucarabones en, Toa Alta, en el barrio Media Luna en Toa Baja, el barrio
Lapa de Salinas, barrio Felicia I en Santa Isabel, en el barrios San Ildefonso
y los Llanos en Coamo, barrio Jaguas de Ciales, el sector San Antonio y el
barrio Higuillar en Dorado, barrio Pueblo de Lares, y en el barrio Quebrada
Limón en Ponce y Mayagüez.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
viii. Se eliminaron suelos urbanizables para reconocer los terrenos con valor
ecológico del carso en el barrio Morovis Norte de Morovis, el barrio Pueblo
de Lares en Ciales y en el barrio Coto Sur en Manatí.
ix. Se eliminaron suelos urbanizables para reconocer canteras activas, como
en el barrio Corrales en Aguadilla y en el barrio Trujillo Bajo de Carolina.
En resumen, los suelos urbanizables identificados por el Plan de Uso de
Terrenos son los que ya existían, y son cónsonos y compatibles con las
políticas públicas establecidas. También los que se han propuesto de manera
preliminar en la revisión y/o desarrollo de los planes territoriales en proceso de
redacción o revisión.
En el Plan de Uso de Terrenos se identificaron 17,475.94 cuerdas con las
características que permitieron clasificarlas como suelo urbanizable, lo que
representa un 0.77% de todo Puerto Rico. AI momento de elaborarse el Plan
se habían calificado 34,821.56 cuerdas de suelo que correspondían a la
clasificación de suelo urbanizable, que representan el 1.52% de Puerto Rico.
Las 17,475.94 cuerdas clasificadas como suelo urbanizable permitirían la
construcción de 270,003 unidades de vivienda, a base de una densidad baja
de 15.45 unidades por cuerda, y alrededor de 66,534,313 pies cuadrados de
espacio comercial y 44,356,208 pies cuadrados de espacio industrial (ver Tabla
5).
Tabla 5. Cálculo de suelo urbanizable
Suelo
urbanizable
17,475.94 cuerdas = 739,270,148.75 pies cuadrados
Dotaciones y
Unidades de
Espacio
Espacio
servicios
vivienda de
comercial
industrial
(40%) en pies
baja densidad
(9%) en pies
(6%) en pies
cuadrados
(45%)
cuadrados
cuadrados
295,708,059.5
270,003.27
66,534,313.39
44,356,208.93
Fuente: Junta de Planificación, 2015
Estos cálculos son adecuados, pues la venta de vivienda se ha reducido en
más de la mitad. Desde que comenzó la crisis del sector inmobiliario en el 2006,
Puerto Rico ha perdido un 5.5% de su población, y se proyectan cifras
negativas de población y de formación de hogares para el 2020. Por otro lado,
el sistema y los instrumentos de planificación existentes, tales como los planes
sectoriales, planes territoriales y planes de ensanche, permiten responder a
cualquier cambio en las tendencias.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
Mapa 35.
Suelos urbanos, urbanizables programados y urbanizables
no programados
ASICIO
MINIT
SANJAN
AGUIDALA
FAMOD
MADAGUEZ
PUPPORT
CATEY
CLAFFES
PONCE
CUSTOMER
111.00
MOA
15
=
33
Sutio above (9)) 322,933 curds
State embarizable programade (SURP) = 13609 cords
State (SUTN?) 6,867 coulds
Fuente: Junta de Planificación, 2015
Gráfica 13. Suelos disponibles para desarrollo
SU= 302,931
THE
SU. ocupado= 285,643 cuerdas [35%]
SU vacante = 16,283 cuerdas [5%]
and
at
NO
90
UN
MY
15,213
100% wacante
+
NO
=
MS
13,63
(243)475)
+
=
sea
VA3
102
THE
V9
A
6,167
under
SURP= 10,608 cuerdas
SURNP = 6,867 cuerdas
Discoss Services
Deservative
Trtal 6,813
Such disponible
para
26,773 cuerdas
total 320,407 cuerdas
=1,000 cuerdas
Fuente: Junta de Planificación, 2015
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
c. Suelo con valor rural
El suelo rústico (SR) está constituido por aquellos terrenos que deben ser
expresamente protegidos del proceso urbanizador.⁹⁵ Entre otras razones por
su valor agrícola y pecuario, actual 0 potencial; su valor natural y recreativo,
actual o potencial; los riesgos a la seguridad O salud pública; 0 por no ser
necesarios para atender las expectativas de crecimiento urbano en el futuro
previsible de ocho años. Esta clasificación de suelo incluye las categorías de
suelo rústico común (SRC) y suelo rústico especialmente protegido (SREP).
El Artículo 13.002, inciso e, de la Ley de Municipios Autónomos, antes citada,
establece que los planes de ordenación cumplirán con metas y objetivos entre
los que están propiciar "el uso y manejo de suelo rústico evitando su lotificación
y prohibiendo el proceso urbanizador en dicho suelo".
Respecto al suelo rústico, los planes cumplirán con lo siguiente: mantener
dicho suelo libre del proceso urbanizador; evitar la degradación del paisaje y la
destrucción del patrimonio natural; preservar la integridad de los suelos
agrícolas y protegerlos del proceso urbanizador; establecer medidas para el
uso de suelo de forma no urbana; delimitar el suelo que debe ser especialmente
protegido debido a sus características especiales; y establecer planes para el
manejo de los recursos naturales y agrícolas.
El Plan de Uso de Terrenos y todos los instrumentos de planificación
establecerán un proceso claro para evitar la urbanización de los suelos
rústicos, de acuerdo con sus respectivos valores, persiguiendo los siguientes
objetivos:
i. Los planes y sus reglamentos evitarán las subdivisiones 0 lotificaciones en
los suelos rústicos para prescindir de los desarrollos aislados y
salvaguardar los terrenos agrícolas 0 de excepcional belleza 0 paisaje, así
como su susceptibilidad a riesgo.
ii. Desalentar y evitar los desarrollos y lotificaciones a lo largo de las
carreteras estatales y municipales, y el acceso directo a las mismas, con
el fin de garantizar la interconexión y mejorar la movilidad entre las distintas
partes de Puerto Rico y dentro de los propios municipios.
iii. Evitar aquellos usos y actividades que perjudiquen el recurso arena y los
recursos relacionados en la zona costanera, estuarios y otros.
iv. Evitar la construcción de estructuras en la zona marítimo-terrestre y a 50
metros de ella, así como en las áreas de playa. Desestimular las
actividades O lotificaciones en los terrenos colindantes que tengan el efecto
de impedir u obstaculizar el libre acceso a las mismas, fomentando la libre
percepción de sus vistas panorámicas, el libre acceso al sol y su disfrute
por todos.
V. No se fomentarán nuevos núcleos urbanos aislados.
vi. Las actividades industriales livianas, pesadas y las atípicas se permitirán
en el suelo rústico, siempre que no impacten adversamente elementos
ambientales, agrícolas, ecológicos y de paisaje. Se podrá considerar la
ubicación de las industrias contaminantes en los suelos rústicos comunes,
⁹⁵EI proceso urbanizador se define en el Artículo 13.003 de la Ley de Municipios Autónomos.
Significará todo desarrollo que transforme un suelo no urbano con obras, tales como desarrollo
de vías, provisión de acueductos y alcantarillado sanitario, suministro de energía eléctrica,
movimiento de tierra, y desarrollo de estructuras agrupadas que le otorguen características de
suelo urbano.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
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19 de noviembre de 2015
Memorial del Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
siempre que no impacten adversamente elementos ambientales, agrícolas,
ecológicos y de paisaje.
vii. Las industrias se deberán concentrar en parques industriales, tomando en
consideración las áreas funcionales. Se considerarán por anticipado los
terrenos que reúnen las mejores características para acoger dichos
desarrollos, evitando la dispersión de estos usos en el territorio. Los
proyectos industriales atípicos que requieran ubicaciones especiales serán
la excepción a esta norma.
viii. Las actividades turísticas se permitirán en el suelo rústico, siempre que no
impacten adversamente elementos ambientales, agrícolas, ecológicos y de
paisaje.
ix. No se permitirán nuevos usos residenciales en suelo rústico. La ubicación
de nuevas residencias en suelo rústico se limitará a aquellas que estén
íntimamente relacionadas a las actividades propias del ámbito rural,
evitando los impactos indeseados que han provocado los usos dispersos
residenciales sobre las actividades agrícolas, canteras, graveros,
industrias, usos turísticos rurales, cuerpos de aguas, los elementos de
valor natural y de paisaje, y los gastos no programados para proveer la
infraestructura de agua, sanitaria y eléctrica.
X. Se recomienda la ubicación de actividades de extracción en los suelos
rústicos.
xi. Desincentivar las actividades incompatibles con los usos industriales,
vertederos, canteras, agrícolas, entre otros típicos de los suelos rústicos,
como son las viviendas aisladas que afectan la viabilidad de estos usos.
Se establecerán dos categorías de suelo rústico, común y especialmente
protegido:
(1) Suelo rústico común (SRC) Este suelo tiene un gran valor por la
disponibilidad para acoger toda la diversidad de actividades no urbanas,
así como para las actividades rurales y de paisaje. En este suelo pueden
ocurrir distintas actividades, como los usos industriales pesados, las
canteras, los vertederos, las comunidades penales, las instalaciones de
infraestructura, las actividades agrícolas y pecuarias, así como de ciertas
dotaciones y equipamientos, que en la mayoría de los casos no deben
estar en las áreas habitadas.
En el Plan de Uso de Terrenos se identificaron 455,308.40 cuerdas con
las características para clasificarse como suelo rústico común, que
representan un 20% de todo Puerto Rico. Al momento de elaborarse el
Plan existían calificadas 717,621.21 cuerdas de suelo con distritos que
correspondían a la clasificación de suelo rústico común y que representan
el 31.3% de Puerto Rico. La reducción del suelo rústico se debe a los
terrenos que se han desarrollado, las comunidades desarrolladas que se
clasificaban como rústicas en vez de urbanas, y a una cantidad de terrenos
con valores agrícolas y ecológicos que no se estaban clasificando
adecuadamente.
(2) Suelo rústico especialmente protegido (SREP) Es el que por su
especial ubicación, topografía, valor estético, arqueológico 0 ecológico,
valor agrícola y pecuario, actual 0 potencial; valor natural único; y por los
riesgos a la seguridad o la salud pública u otros atributos, se identifican
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Memorial de Plan de Uso de Terrenos
Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio
como un terreno que nunca deberá considerarse como suelo urbano (SU)
0 urbanizable en un plan.⁹⁶
Con el fin de cumplir a cabalidad la función de guiar el desarrollo y orientar
en la elaboración de futuros planes sectoriales O de ordenación, y que el
proceso de calificación se realice de manera informada y uniforme, la Junta
de Planificación utilizó los criterios establecidos en la Ley de Municipios
Autónomos y en la Ley para el Plan de Uso de Terrenos para crear
subcategorías dentro del suelo rústico especialmente protegido. Así. pues,
los criterios identificados son: natural 0 ecológico, agrícola y pecuario,
hídrico, valor estético o de paisaje, arqueología, riesgo y cualquier otro que
surja de las políticas públicas. El Plan de Uso de Terrenos identifica las
siguientes subcategorías:
Tabla 6. Desglose de subcategorías de suelo rústico especialmente
protegido (SREP)
SREP
Suelo rústico especialmente
Cuerdas
%
Total
protegido
SREP
suelo rústico especialmente
28,172.34
1.24
28,172
protegido
E
por valor ecológico
472,450.38
20.77
EA
por valor ecológico y agrícola
7,491.40
0.33
Ecológico
684,878
EP
por valor ecológico y de paisaje
49,429.81
2.17
EH
por valor ecológico e hídrico
155,506.85
6.84
A
por valor agrícola
592,667.44
26.06
AE
por valor agrícola y ecológico
13,591.46
0.60
Agrícola
637,592
AP
por valor agrícola y de paisaje
1,770.19
0.08
AH
por valor agrícola e hídrico
29,563.20