Regl. 8670, art. 12.00 dup2

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Cite as Reglamento Núm. 8670, Art. 12.00 dup2

11 11 I: : NEW Población y Fuerza Trabajadora 2013 Población Grupo trabajador Empleo 5,000 10,000 50,000 100,000 200,000 1,000,000 Fuente: Negociado del Censo, 2009-2013 American Community Survey Estimado de 5 años (2015) JUNTA DE PLANIFICACIÓN 90 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio D. ÁREAS FUNCIONALES La Junta de Planificación estableció una nueva estructura territorial regionalizada a base de áreas funcionales. Esta nueva estructura, con una formación dinámica, interconecta los municipios a base de sus interrelaciones, movilidad, dependencias, complementariedad e influencias, entre otros aspectos sociales, económicos e industriales que van más allá de solo las características geográficas compartidas. Esta estructura dinámica permite entender y atender el comportamiento, así como la influencia que generan algunos municipios sobre áreas geográficas específicas. En una reunión celebrada el 18 de julio de 2014, la Junta de Planificación de Puerto Rico emitió una resolución para adoptar una nueva estructura territorial a base de áreas funcionales. Mediante la Resolución Núm. JP-2013-308, la Junta de Planificación de Puerto Rico derogó la Resolución JP-2011-304 del 25 de abril de 2011, conocida como Mapa de regionalización de Puerto Rico y metodología de desarrollo del Plan de Uso de Terrenos, conforme a las facultades concedidas por la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como Ley Orgánica de la Junta de Planificación. Puerto Rico se dividió en once áreas geográficas denominadas áreas funcionales: Área Funcional de San Juan Área Funcional de Arecibo Área Funcional de Fajardo Área Funcional de Ponce Área Funcional de Aguadilla Área Funcional de Guayama Área Funcional de Caguas Área Funcional de Manati Área Funcional de Cayey Área Funcional de Mayagüez Área Funcional de Humacao Mapa 23. Áreas funcionales de Puerto Rico leb COLLERS VECES WAS Áreas Funcionales San Juan Fajardo Mayagüez Arecibo Caguas Guayama Aguadilla Manatl Humacao Ponce Cayey Fuente: Junta de Planificación, 2015 En esta sección se presenta un análisis socioeconómico general de la información estadística relevante por área funcional. Entre las variables incluidas se encuentran las siguientes: condición de empleo, industria e ingresos y beneficios por municipio, según los resultados de la Encuesta sobre JUNTA DE PLANIFICACIÓN 91 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio la Comunidad de Puerto Rico del 2009-2013 del Negociado del Censo de los Estados Unidos. El objetivo de este análisis es presentar aspectos sobresalientes generales de índole socioeconómica de los municipios. El Área Funcional de San Juan, por su tamaño y su estratégica situación geográfica, juega un papel ordenador sobre amplias extensiones de Puerto Rico. Es necesario reforzar el papel de otras ciudades para que asuman un liderato desde el punto de vista económico, cultural y físico, de modo que se pueda producir un equilibrio. El sistema de ciudades está estructurado por un gran conglomerado alrededor de San Juan y ocho continuos urbanos (Ponce- Juana Díaz, Caguas-Gurabo, Mayagüez-Hormigueros, Aguadilla, Humacao, Arecibo-Hatillo, Cayey y Barceloneta-Manati) que ejercen las funciones urbanas que les corresponden en cada uno de sus territorios de influencia, por su tamaño y posición geográfica. De acuerdo con las definiciones de la Oficina del Censo del Gobierno de los Estados Unidos, el Área Metropolitana de San Juan⁷⁷ es un continuo urbano que agrupa a nueve municipios que suman casi 1.2 millones de habitantes, pero su influencia sigue ocurriendo a lo largo de los ejes de transporte de carreteras hacia el este, oeste y sur. Los últimos datos del Censo de Población muestran la pérdida de población en los municipios centrales del Área Metropolitana de San Juan y el aumento en los periféricos. Sin embargo, los nueve municipios del Área Metropolitana de San Juan concentran al 31.6% del total de la población. Este mismo fenómeno ha ocurrido en las ciudades medias, confirmando el desarrollo histórico a través del consumo de los terrenos agrícolas en los municipios periféricos y la concentración de actividades económicas, aunque perdiendo población en los municipios ejes. Ello genera los consabidos problemas de tránsito, por el desplazamiento de la residencia al trabajo y viceversa, en horas de la mañana y la tarde. El aumento en el flujo vehicular y la congestión del Área Funcional de San Juan una de las de mayor concentración, tiene un efecto en la duración en el tiempo en los viajes para llegar al centro de trabajo. Por ejemplo, el tiempo promedio del viaje hacia su lugar de trabajo de los empleados en Puerto Rico es 30 minutos. Mientras que para el Área Funcional de San Juan es 37 minutos. Por otro lado, los efectos negativos relacionados con la movilidad laboral son el aumento del estrés por largas distancias recorridas diariamente para llegar al centro de trabajo y la pérdida de la calidad de vida.⁷⁸ Según la Encuesta de la Comunidad para el año 2013, el 52% de las personas trabajaron fuera del municipio de residencia. Este es el caso del Área Funcional de San Juan, una de las zonas de mayor movilidad laboral donde un 66.7% de las personas trabajan fuera del municipio de residencia, sobresaliendo los municipios de Toa Alta (84.7%), Loíza (80.9%), Trujillo Alto (79.8%), y Cataño (79.1%). Ponce y su área de influencia hacia el oeste y este (Adjuntas, Coamo, Yauco, Guayanilla, Peñuelas, Guánica, Juana Díaz, Jayuya, Santa Isabela y Villalba) concentran 346,940 personas de 16 años O más. Es uno de los polos de atracción más importantes fuera de la influencia del Área Metropolitana de San Juan. La mejora en la conexión hacia el interior de la montaña por la carretera 77 El Área Metropolitana de San Juan está formada por nueve municipios: San Juan, Bayamón, Carolina, Guaynabo, Toa Baja, Toa Alta, Trujillo Alto, Canóvanas y Cataño. 78 Schneider, N; Limmer R. y Ruckdeschel, K. (2002) Mobil, flexible gebunden: Familie und Beruf in der mobilen Gesellschaft. Frankfurt/Main: Campus. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 92 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio PR-10 permitirá aumentar la influencia de Ponce y dará mayor oportunidad a los municipios de la montaña en los procesos de desarrollo económico. Caguas-Gurabo, aunque está cerca de la influencia del Área Metropolitana de San Juan, es la ciudad interior importante que está en el eje de conexión sur y este, y juega un papel clave como centro distribuidor de Puerto Rico. Su área de influencia (Aguas Buenas, Cidra, Comerío, Juncos y San Lorenzo) concentra 273,143 personas de 16 años o más, siendo la única ciudad-región en crecer en la última década. Cabe señalar que existen tres factores principales que caracterizan la transición demográfica por la cual atraviesa Puerto Rico. Estos son la sustitución de población, los emigrantes son más jóvenes y mejor educados que los que inmigraron, y el envejecimiento de la población, que tienen impactos en prácticamente todas las áreas del quehacer económico y social 79 Este hecho no se observó en el Área Funcional de Caguas, que en el período de 2000 a 2010 reflejórun crecimiento poblacional del 4.6% (16,046 personas). Los municipios que mostraron mayores incrementos en la población en esta área fueron: Gurabo, 23.5%; Juncos, 10.5%; Comerío, 3.9%; Caguas, 1.7% y Cidra, 1.7%. De 2011 al 2014, se registró una merma de 1.3% en la población de Puerto Rico. En ese período, el Área Funcional de Caguas experimentó una reducción anual en la población del 0.7%. Por el contrario, el municipio de Gurabo tuvo un aumento anual del 0.7%. En la población de adultos mayores, el Área Funcional de Caguas evidenció un crecimiento. En términos absoluto se observaron crecimientos en Carolina, 9,220; Bayamón, 7,238; San Juan, 6,957; Caguas, 6,942; Ponce, 5,928; Guaynabo, 4,691; Toa Baja, 4,587; Arecibo, 4,215; Trujillo Alto, 4,069; y Toa Alta, 4,064.80 Esta realidad invita a desarrollar y mejorar las políticas públicas dirigidas a los servicios de salud, la fuerza laboral y otros servicios para la población de adultos mayores. Mayagüez-Hormigueros es el eje en el oeste, con su área de influencia (Añasco, Cabo Rojo, Lajas, Las Marías, Maricao, Rincón, San Germán y Sabana Grande) tiene 244,097 personas de 16 años 0 más. Es un polo de desarrollo con una importante base industrial de servicios de salud, comercial y educativa. Según el County Business Patterns, en el año 2013, en Puerto Rico existían 12.4 establecimientos por cada 1,000 personas. El Área Funcional de Mayagüez tuvo una tasa de 10.7 establecimientos por cada 1,000 personas, resaltando el municipio de Mayagüez con 18.9 establecimientos por cada 1,000 personas. Arecibo ha sido absorbido por la influencia del Área Metropolitana de San Juan, pero todavía representa una subregión junto a su interrelación con los municipios de Hatillo, Camuy, Quebradillas, Lares y Utuado. La presencia de la Autopista PR-22 ha segmentado su crecimiento hacia el oeste, en actividades comerciales compartidas con el municipio de Hatillo. Esto incluye 79 Villamil, J. (2012). Demografía y Desarrollo Económico. Sin Comillas. Accesado 26 de mayo de 2015. Disponible en: http://sincomillas.com/demografia-y-desarrollo-economico. 80 Junta de Planificación (2013). Revista Resumen Económico de Puerto Rico: Suplemento Especial, Reto Demográfico: Adultos Mayores, págs. 32-33. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 93 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio la construcción de la extensión de la Autopista De Diego en el tramo de Hatillo- Aguadilla, que contribuirá al desarrollo económico de la región oeste.⁸¹ Ese proyecto de construcción de la extensión de la Autopista De Diego también impulsará el desarrollo del llamado Corredor Tecnológico, una iniciativa propuesta para la región oeste de Puerto Rico. Este es un esfuerzo conjunto de empresas privadas, el sector público y la academia.⁸² Igualmente, la Autoridad de Puertos inició 17 proyectos⁸³ en el Aeropuerto Rafael Hernández de Aguadilla. Además, el desarrollo de infraestructura, como la construcción de la PR-22 de Dorado-Arecibo, viene acompañado de nuevas unidades de viviendas y de la expansión poblacional hacia áreas suburbanas y rurales.⁸⁴ A pesar de la pérdida de población, el Área Metropolitana de San Juan seguirá siendo el área urbana más importante de Puerto Rico. La potenciación de dicha zona como un componente importante del sistema de ciudades se basa en los siguientes asuntos: Completar y mejorar la infraestructura básica (aeropuerto, puerto, ampliación del sistema de transporte colectivo y sistema vial, entre otros) que permita una conexión con los puntos y ejes fundamentales del desarrollo económico de Puerto Rico. Fortalecer el Área Metropolitana de San Juan con equipos, servicios y actividades, especialmente en el entorno del Tren Urbano. Se trata de uno de los nodos de máxima centralidad y por ello la elección de usos debe estar en consonancia con este carácter. Mejorar la calidad urbana y ambiental, propiciando una transformación urbana asociada a la necesaria reconversión económica. Esto haría posible una renovación progresiva de los espacios del entorno al canal San Antonio, la bahía y el Tren Urbano, y su transformación en eje de nuevos usos, de nueva centralidad y estructurador de los tejidos urbanos de estos municipios. Ponce-Juana Díaz, Caguas-Gurabo, Mayagüez-Hormigueros, Aguadilla, Humacao, Arecibo-Hatillo, Cayey y Barceloneta-Manatí son áreas urbanas con unas concentraciones de población y actividad económica que permiten desarrollar economías de escala para ciertas actividades comerciales. Por lo tanto, constituyen uno de los activos fundamentales de la calidad y equilibrio del sistema urbano de Puerto Rico. 81 Departamento de Transportación y Obras Públicas (2014). Statewide Transportation Improvement Program (STIP) Fiscal Years 2014-2017 Final Amendment August, 2014. 82 Ibid. 83 Ibid. 84 Ibid. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 94 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Foto 18. Iglesia de Santiago Apóstol en Fajardo Fuente: Junta de Planificación JUNTA DE PLANIFICACIÓN 95 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 24. Área Funcional de San Juan o the Street Interna / Junior Have Lommon D March Agual China - Cornerlo Red estratégica de eutoplates: Red vial existente A Bor completado 0 mejorado significativamente @ - "O Tribunal Contro de Gobiemo Date 0 Turistico regional Hospital regional Comorcial regional Agricola Groupvis & A Centro funcional Centro funcional complementario Malar = A 11 Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 96 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 1. Área Funcional de San Juan El Área Funcional de San Juan se compone de 15 municipios: Bayamón, Caguas, Canóvanas, Carolina, Cataño, Corozal, Dorado, Guaynabo, Loíza, Naranjito, San Juan, Toa Alta, Toa Baja, Trujillo Alto y Vega Alta. Concentra el 40.8% de la población de 16 años o más de Puerto Rico: 1,192,432 personas. Estos 15 municipios constituyen el área funcional más poblada y de mayor extensión, e incluye los municipios del Área Metropolitana de San Juan. Además de los nueve municipios metropolitanos, esta área funcional incluye a Caguas, que es cabecera funcional de un área. En el Área Funcional de San Juan, la fuerza laboral representa el 52.3% de su población mayor de 16 años, una proporción superior a la de todo Puerto Rico: 46.1%. Los municipios con mayor participación en la fuerza laboral fueron: Guaynabo, 57.4%; Toa Baja, 54.9%; Carolina, 54.7%; Toa Alta, 53.9%; Trujillo Alto, 53.7%; San Juan, 53.2%; y Cataño, 52.9%. Corozal y Naranjito tuvieron la menor participación en la fuerza laboral: 37.0 y 34.2% respectivamente. El 47.4% (520,464) de la población civil empleada en Puerto Rico se concentró en el Área Funcional de San Juan. La distribución porcentual de esta población empleada por industrias fue la siguiente: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 21.8%; comercio al detal, 12.9%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 11.3%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 9.1%; finanzas, seguros y bienes raíces, 7.5%; otros servicios, a excepción de Cop la administración pública, 5.9%; manufactura, 5.8%; construcción, 5.5%; transportación, almacenamiento y servicios públicos, 4.3%; y comercio al por mayor, 4.1%. Las industrias con menor participación en el empleo en esta área funcional fueron: información con un 2.5% y agricultura con un 0.3%. Diez de los 15 municipios, dentro de esta área funcional tienen una mediana ($19,624) y una media ($30,510) de ingresos por hogar superiores a las de Puerto Rico. Se destacan Guaynabo ($35,074 y $56,727) y Trujillo Alto ($31,261 y $41,925). Por otro lado, la mediana y media de ingresos por hogar más bajas fueron las de Corozal ($16,219 y $23,540) y Loíza ($16,685 y $26,412) Doce de los 15 municipios del Área Funcional de San Juan superan la mediana y media de ingresos de la familia de todo Puerto Rico ($23,018 y $33,761). Los municipios con la mediana de ingreso familiar más altas fueron Guaynabo ($40,469) y Trujillo Alto ($34,960). Los municipios con la media de ingreso familiar más altas fueron Guaynabo ($65,238) y Dorado ($47,688). Por el contrario, los municipios con la mediana de ingreso familiar más bajas fueron Naranjito ($19,504) y Corozal ($18,348). Loíza ($26,965) y Corozal $26,030 tuvieron la media de ingreso familiar más bajas. La mitad de los municipios que componen el Área Funcional de San Juan superaron el ingreso per cápita de Puerto Rico ($11,068). Guaynabo ($21,584) sobresale nuevamente en ingresos, pues es el más alto y casi duplica el de Puerto Rico. De otra parte, Corozal ($7,879) tuvo el ingreso per cápita más bajo, seguido por Loíza ($8,739). JUNTA DE PLANIFICACIÓN 97 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 25. Área Funcional de Ponce Months Of a Address Red entratogica de autopletas: Rod vial existente A nor completado o mejorado significativamente - Tribunal Contro do Gobiamo Turistico regional Hospital regional Comercial regional Agricola names 0 3 Below Trands Centro funcional Centro functonal complementario Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 98 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 2. Área Funcional de Ponce El Área Funcional de Ponce incluye 11 municipios: Adjuntas, Coamo, Guánica, Guayanilla, Jayuya, Juana Díaz, Peñuelas, Ponce, Santa Isabel, Villalba y Yauco. El 11.9% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico (346,949 personas) reside en esta área. La fuerza laboral representa un 44.0% de su población mayor de 16 años, un porcentaje inferior al de Puerto Rico: 46.1%. Los municipios con la mayor participación en la fuerza laboral fueron: Villalba, 49.5%; Jayuya, 45.7%; Santa Isabel, 45.4%; y Ponce, 46.0%; todos con un porcentaje igual 0 superior al de Puerto Rico. Les siguen Peñuelas, 44.5%; Juana Díaz, 44.4%; Yauco, 41.6%; Coamo, 40.7%; Adjuntas, 39.6%; Guayanilla, 37.7%; y Guánica, 37.1%. El 10.6% (116,942) de la población civil empleada en Puerto Rico pertenece a el Área Funcional de Ponce. Las industrias con mayor participación en el empleo fueron: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 24.9%; comercio al detal, 13.5%; manufactura, 12.2%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 8.1%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 7.0%; construcción, 6.1%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 4.9%; agricultura, 3.5%; transportación, almacenamiento y servicios públicos, 3.1%; y finanzas, seguros y bienes raíces, 3.0%. Las industrias con menor participación en el empleo fueron información con un 1.1% y comercio al por mayor con 1.8%. Los 11 municipios del Área Funcional de Ponce tuvieron una mediana y media de ingresos por hogar menores a las de Puerto Rico ($19,624 y $30,510). Santa Isabel ($18,033) tuvo la mayor mediana ingresos por hogar y Ponce $27,489 la media más alta. La mediana de ingresos por hogar en los otros nueve municipios fluctúo entre $17,211 en Ponce y $11,528 en Adjuntas. Igualmente, la media de ingresos por hogar fluctúo entre $26,535 en Santa Isabel y 21,774 en Guayanilla. Todos los municipios tuvieron una mediana y media de ingresos de la familia menores a las de Puerto Rico ($23,018 y $33,761). Jayuya ($22,904) tuvo la mediana de ingresos mayor y Ponce ($31,417) la media de ingresos de la familia más alta. En los demás municipios, la mediana de ingresos de la familia fluctuó entre $14,727 en Adjuntas y $20,549 en Ponce. En los otros nueve, la media de ingresos de la familia fluctuó entre $21,353 en Guánica y $28,694 en Santa Isabel. Aunque fue un poco menor, el ingreso per cápita de Ponce ($10,088) es el que más compara con el de Puerto Rico ($11,068) entre los 11 municipios. De igual forma, los demás municipios tuvieron un ingreso per cápita menor al de Puerto Rico, que fluctuó entre $6,731 en Guánica y $9,412 en Santa Isabel. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 99 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 26. Área Funcional de Caguas 11 Maganisc 0 PRINTED Fadiras B. Manumbo r $ Guraha : c O, CRIPA Carywy Red estratógica do autoplatas: Red vial existente - A nor completado O mojorado significativementa | Commus 1 & THERE Name 10 to 6 Tribunal Centro de Goblerno - Turistico regional Hospital regional Comorolal regional Control Agricola 3 Commo Centro funcional Centro funcional complementario 2 biothtvia Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 100 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 3. Área Funcional de Caguas El Área Funcional de Caguas está compuesta por siete municipios: Caguas, Aguas Buenas, Comerío, Cidra, San Lorenzo, Gurabo y Juncos. Estos ultimos seis municipios mantienen una fuerte interrelación con el municipio de Caguas. No obstante, como indicamos anteriormente, Caguas mantiene también una fuerte interrelación con el Área Funcional de San Juan. En esta área funcional se agrupa el 9.7% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 283,987. La fuerza laboral representa un 48.3% de su población mayor de 16 años, una proporción superior a la de Puerto Rico: 46.1%. Los municipios con mayor participación en la fuerza laboral fueron: Cidra, 53.4%; Gurabo, 53.2%; y Caguas, 51.5%; y los que tuvieron la menor participación fueron Comerío, 33.1%; Aguas Buenas, 35.1%; San Lorenzo, 43.9%; y Juncos, 47.3%. El 10.5% (115,922) de la población civil empleada en Puerto Rico se concentra en el Área Funcional de Caguas. Por industrias, el empleo se distribuyó de la siguiente manera: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 24.1%; comercio al detal, 14.0%; manufactura, 11.7%; gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 8.9%; administración pública, 8.9%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 7.9%; construcción, 6.3%; finanzas, seguros y bienes raíces, 5.1%; y otros servicios, a excepción de la administración pública, 4.7%. Las industrias con menor participación fueron: agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 0.6%; información, 1.7%; comercio al por mayor, 2.9%; y transportación, almacenamiento y servicios públicos, 3.2%. Tres de los siete municipios del Área Funcional de Caguas tuvieron una mediana y una media de ingresos por hogar superiores a las de Puerto Rico ($19,624 y $30,510): Gurabo ($27,459 y $41,078), Caguas ($23,924 y $35,037) y Cidra ($24,224 y $33,119). Juncos ($18,497 y $26,573) y San Lorenzo ($17,743 y $27,780) tuvieron una mediana y una media de ingresos por hogar relativamente similares a las de Puerto Rico ($19,624 y $30,510), aunque inferiores. De otra parte, Aguas Buenas ($14,902 y $23,537) y Comerío ($12,615 y $19,793) tuvieron la mediana y media de ingresos por hogar más bajas. El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar al de los ingresos por hogar. Nuevamente, Gurabo ($33,681 y $45,182), Caguas ($28,030 y $38,738) y Cidra ($25,533 y $34,862) tuvieron la mediana y media de los ingresos por familia más altos, al igual que las de los ingresos por hogar. AI igual que en los ingresos por hogar, Juncos ($22,225 y $29,753) y San Lorenzo ($20,041 y $30,242) tuvieron una mediana y media de ingresos por familia parecidas a las de Puerto Rico ($23,018 y $33,761), aunque inferiores. Aguas Buenas ($18,152 y $23,700) y Comerío ($14,932 y $22,208) tuvieron la mediana y media de ingresos por familia más bajas. Tres de los 11 municipios que componen el Área Funcional de Caguas superaron el ingreso per cápita de Puerto Rico ($11,068). Nuevamente Gurabo ($13,898), Caguas ($12,852) y Cidra ($11,341) tuvieron los más altos, mientras que los ingresos per cápita más bajos fueron los de San Lorenzo ($9,929), Juncos ($9,404), Aguas Buenas ($8,058) y Comerío ($6,803). JUNTA DE PLANIFICACIÓN 101 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 27. Área Funcional de Mayagüez for Years . - il % Red estratógica do autoplatas: Red vial existento A per completado o mojorado significativamente - Gobierno Tribunal Centro de Turistico regional Hospital regional Comercial regional Agricolo 3 Contro funcional Contro funcional complementario Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 102 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 4. Área Funcional de Mayagüez El Área Funcional de Mayagüez incluye diez municipios: Añasco, Cabo Rojo, Hormigueros, Lajas, Las Marías, Maricao, Mayagüez, Rincón, Sabana Grande y San Germán. Los nueve municipios mantienen una fuerte interrelación con Mayagüez. Dicha área concentra el 8.3% de la población de 16 años o más de Puerto Rico: 244,097 personas. La fuerza laboral representa un 37.6% de su población mayor de 16 años en el Área Funcional de Mayagüez, un porcentaje menor al de todo Puerto Rico: 46.1%. Los diez municipios tenían un porcentaje menor al de Puerto Rico. Los de mayor porcentaje fueron: Rincón, 45.0%; Hormigueros, 43.6%; Sabana Grande, 41.4%; Añasco, 40.1%; Las Marías, 39.6%; Maricao, 38.4%; Mayagüez, 37.8%; y San Germán, 35.5%. Lajas, 28.3% y Cabo Rojo, 35.1% tenían los porcentajes menores. El 7.0% (77,091) de la población civil empleada en todo Puerto Rico, se concentra en el Area Funcional de Mayagüez. La mayor parte de la población estaba empleada en las siguientes industrias: cuidado de la salud y asistencia social, 25.9%; comercio al detal, 13.7%; manufactura, 13.2%; hospedaje y servicios de alimentos, 9.3%; y administración pública, 9.2%. Las industrias con menor participación en el empleo en esta área fueron: información, 1.1%; comercio al por mayor, 1.7%; y agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 2.2%. Los diez municipios tuvieron una mediana y una media del ingreso por hogar menores a las de Puerto Rico ($19,624 y $ 30,510), excepto Hormigueros que tuvo una mediana superior a la de de todo el país: $21,107. Los restantes municipios registraron una mediana del ingreso del hogar que fluctuó entre $17,228 en Cabo Rojo y $15,104 en Maricao. La media de ingreso del hogar fluctuó entre $26,682 en Hormigueros y $18,091 en Maricao. El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar. Los diez municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto Rico ($23,018 y $33,761), excepto Hormigueros cuya mediana fue superior a la de Puerto Rico: $25,865. Los otros municipios tuvieron una mediana de ingresos de la familia que fluctuó entre $20,963 en San Germán y $17,148 en Maricao; y la media entre $31,103 en Mayag üez y $19,803 en Maricao. El ingreso per cápita de Hormigueros ($10,609) fue el más comparable al de Puerto Rico: $11,068. Los municipios con ingresos per cápita más altos fueron: Mayagüez, $9,591; Cabo Rojo, $9,257; y San Germán, $9,054. Los ingresos per cápita más bajos fueron los de Maricao, $6,368, y Las Marías, $7,000. Foto 19. Isla de Mona en Mayagüez Fuente: Vicente Quevedo, Departamento de Recursos Naturales y Ambientales JUNTA DE PLANIFICACIÓN 103 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 28. Área Funcional de Arecibo 0 1 From * Florida 1 /1 So BAXAST - II 1 Adjurtises Red estratégica de autopistan: Red vial existente Contro de Gobiamo A our complotado 0 mejorado significativamente "A 5 Rebertion Tribunal 2 Les Maries - Turistico regional Hospital regional Comercial regional Apricola o 4 Centro funcional Centro funcional complementario wills teace - %pjo Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 104 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 5. Área Funcional de Arecibo El Área Funcional de Arecibo tiene seis municipios: Arecibo, Hatillo, Camuy, Lares, Quebradillas y Utuado, y concentra el 7.1% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 208,050 personas. La fuerza laboral del Área Funcional de Arecibo representa un 39.8% de su población mayor de 16 años, una proporción menor a la de Puerto Rico: 46.1%. Hatillo, con 46.2%, tuvo el mayor porcentaje de su población mayor de 16 años en la fuerza laboral, casi idéntico al de Puerto Rico. Las tasas de participación en los otros cinco municipios fueron: Camuy, 43.9%; Utuado, 38.4%; Arecibo, 37.9%; Lares, 37.8%; y Quebradillas, 34.9%. La población civil empleada en esta área representó el 6.0% de la totalidad en Puerto Rico. Las industrias con la mayor proporción de la población empleada fueron: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 26.4%; comercio al detal, 14.6%; manufactura, 11.3%; administración pública, 10.6%; y servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 7.1%. Las industrias con los porcentajes menores fueron: información, 1.2%; comercio al por mayor, 2.0%; y agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 3.0%. Los seis municipios registraron una mediana y una media de ingresos por hogar menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Camuy ($19,527) tuvo la mediana de ingresos del hogar más alta, mientras la media de ingresos del hogar más alta fue la de Hatillo ($26,806). La mediana de ingresos del hogar en los otros municipios fluctuó entre $16,977 en Arecibo y $11,851 en Lares; y la media entre $26,806 en Hatillo y $17,727 en Lares. El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar. Los seis municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto Rico: $23,018 y $33,761. Camuy ($21,935) tuvo la mediana de ingresos de la familia más alta y Hatillo ($29,116) tuvo la media más alta. La mediana de ingresos de la familia en los otros municipios fluctuó entre $20,023 en Arecibo y $14,547 en Lares; y la media entre $29,116 en Hatillo y $19,845 en Lares. Los seis municipios tuvieron un ingreso per cápita menor al de Puerto Rico: $11,068; pero el de Arecibo ($9,529) se acercó más. De igual forma, los otros municipios tuvieron ingresos per cápita menores al de Puerto Rico, fluctuando entre $9,112 en Camuy y $6,609 en Lares. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 105 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 29. Área Funcional de Aguadilla acceptly Acjuntise Natile Lacues I - Lane Mingless O. II @Misson a nf Red estratógica de autopletes: existente - Red vial A ser completado o mejorado significativamente - Tribunal Centro de Gobierno m to - Turistico regional Hospital regional Comorcial regional Agrioola © E 3 Contro funcional Centro funcional complomentario 0 Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 106 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 6. Área Funcional de Aguadilla El Área Funcional de Aguadilla incluye cinco municipios: Aguada, Aguadilla, Isabela, Moca y San Sebastián. Agrupa un 6.2% de la población de 16 años o más de Puerto Rico: 181,654 personas. La fuerza laboral en el Área Funcional de Aguadilla representa un 40.2% de su población mayor de 16 años, un porcentaje menor al de Puerto Rico: 46.1%. Aguada (48.0%) tuvo el porcentaje mayor e incluso fue dos puntos porcentuales superior al de Puerto Rico; le siguieron Moca, 40.7% y Aguadilla 40.0%. San Sebastián (35.9%) e Isabela (37.5%) tuvieron los porcentajes más bajos, al compararse con todo Puerto Rico. La población civil empleada en el Área Funcional de Aguadilla representó el 5.4% de la de todo Puerto Rico: 55,163. El empleo por industrias fue: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 23.7%; comercio al detalle, 14.1%; administración pública, 9.8%; manufactura, 9.6%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 8.7%; servicios profesionales científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 7.8%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 7.2%; construcción, 6.7%; finanzas, seguros y bienes raíces, 3.8%, transportación, almacenamiento y servicios públicos, 3.5%; y agricultura, 2.3%. Las industrias con menor participación en el empleo en esta área funcional fueron información con un 0.9% y comercio al por mayor con un 1.8%. Los cinco municipios en el Área Funcional de Aguadilla tuvieron una mediana y una media del ingreso por hogar menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. La mediana y la media de ingresos del hogar más altas fueron las de Aguadilla ($15,847 y $25,363). Los otros municipios tuvieron una mediana de ingresos del hogar que fluctuó entre $14,463 en San Sebastián y $15,665 en Aguada; y la media fluctúo en entre $19,834 en San Sebastián y $23,789 en Aguada. El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar. Los cinco municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto Rico: $23,018 y $33,761. Aguadilla tuvo la mediana ($19,733) de ingresos de la familia más alta, al igual que la media ($28,704). La mediana de ingresos de la familia de los otros municipios fluctuó entre $17,317 en San Sebastián y $18,594 en Moca. La media de ingresos de la familia en los otros municipios fluctuó entre $22,369 en San Sebastián y $26,523 en Aguada. El ingreso per cápita de Aguadilla ($9,184) fue el que más se acercó al ingreso per cápita de Puerto Rico: $11,068. De igual forma, los otros cuatro municipios tuvieron ingresos per cápita menores al de Puerto Rico, fluctuando entre $7,174 en San Sebastián y $8,452 en Aguada. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 107 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 30. Área Funcional de Manatí ; X EMPED Carry Correcto Tou A Name: Donale Alberto Corton) * as : Red estratógica de autopistas: Red vial existente A A Bor completedo Cobiemo for o mejorado significativamente License Tnbunol Centro do Turlstico regional Hospital regional Comercial regional Agricols O O < Centro funcional Centro funcional complementario supply Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 108 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 7. Área Funcional de Manatí El Área Funcional de Manatí tiene siete municipios: Barceloneta, Ciales, Florida, Manatí, Morovis, Orocovis y Vega Baja; y concentra el 5.7% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 167,014 personas. La fuerza laboral del Área Funcional de Manatí representa un 38.3% de su población mayor de 16 años, un porcentaje menor al de todo Puerto Rico: 46.1%. Manatí (43.5%) y Morovis (42.8%) tienen los mayores porcentajes de su población mayor de 16 años en la fuerza laboral, pero son menores al de Puerto Rico; le siguen Orocovis (38.7%) y Florida (39.8%). Vega Baja (34.9%), Barceloneta (35.4%) y Ciales (31.6%) tienen los porcentajes más bajos de su población mayor de 16 años en la fuerza laboral. El 4.6% (50,473) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se concentra en el Área Funcional de Manatí. La mayor parte de su población está empleada en las siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social 24.5%; manufactura, 14.5%; comercio al detal, 13.9%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 7.9%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 7.5%; construcción, 6.1%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 4.1%; finanzas, seguros y bienes raíces, 3.1%; comercio al por mayor, 2.7%; y transportación, almacenamiento y servicios públicos, 2.6%. Las industrias con menor participación fueron información y agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, ambas con un 1.1%. Los siete municipios tuvieron una mediana y una media del ingreso por hogar menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Manatí ($18,046) tuvo la mediana de ingresos del hogar más alta, mientras que la media más alta fue la de Vega Baja ($26,009). Los otros municipios tuvieron una mediana de ingresos del hogar que fluctuó entre $16,453 en Vega Baja y $13,802 en Ciales. La media de ingresos del hogar fluctuó entre $25,828 en Manatí y $18,590 en Ciales. El comportamiento de la mediana y media de ingresos de la familia fue similar. Los siete municipios tuvieron ingresos de la familia menores a los de Puerto Rico: $23,018 y $33,761. Manatí ($21,896) tuvo la mediana de ingresos de la familia más alta; mientras que la media más alta fue la de Vega Baja ($29,171). Los restantes municipios tuvieron una mediana de ingresos de la familia que fluctuó entre $19,164 en Vega Baja y $16,041 en Orocovis; y la media entre $29,309 en Manatí y $20,621 en Ciales. Aunque menor, el ingreso per cápita de Manatí ($9,886) es el que más se acerca al de Puerto Rico: $11,068. De igual forma, los otros seis municipios tuvieron ingresos per cápita menores al de Puerto Rico, fluctuando entre $9,017 en Vega Baja y $6,488 en Ciales. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 109 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 31. Área Funcional de Humacao - Ram Lorator Courting 1 Matting @ Cagiana $ Red estratégica de autopistas: Red vial existente A Aser completedo 0 mejorado significativemente to Contro de Gobierno - Agrina Tribunal Cldre di Company Turlation regional Hospital regional Comorolal regional Agricola < a Camerio @ Contro functonal Contro funcional complementario Advance 0 Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 110 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 8. Área Funcional de Humacao El Área Funcional de Humacao se compone de cinco municipios: Humacao, Las Piedras, Maunabo, Naguabo y Yabucoa. Los cuatro municipios mantienen una fuerte interrelación con Humacao. Esta área concentra el 4.7% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 136,661 personas. La fuerza laboral en el Área Funcional de Humacao representa un 41.6% de su población mayor de 16 años, una proporción levemente menor a la de Puerto Rico: 46.1%. Naguabo (43.7%) tuvo la mayor participación en la fuerza laboral, seguido por Humacao (42.7%) y Las Piedras (43.1%). Yabucoa (37.6%) y Maunabo (40.2%) tuvieron el menor porcentaje de participación. El 4.2% (46,206) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se concentra en el Area Funcional de Humacao. La mayor parte de la población está empleada en las siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 23.2%; manufactura, 15.8%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, comercio al detal, 13.1%; administrativos y manejo de residuos, 8.6%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 8.0%; construcción, 7.6%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 5.5%; finanzas, seguros y bienes raíces, 3.0%; transportación, almacenamiento y servicios públicos, 2.9%; y agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 1.5%. Las industrias con menor participación en el empleo fueron la información con un 0.8% y el comercio al por mayor con un 1.1%. La mediana y media de ingresos por hogar de Humacao ($20,156 y $30,480) y Las Piedras ($18,632 y $26,595) son relativamente comparables con las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Sin embargo, Maunabo ($18,446 y $22,926), Naguabo ($17,132 y $25,592) y Yabucoa ($17,264 y $22,984) tienen la mediana y media de ingresos por hogar más bajas del Área Funcional de Humacao, significativamente menores a las de Puerto Rico. El comportamiento es similar en cuanto a la mediana y media de ingresos por familia. Humacao ($22,282 y $32,883) y Las Piedras ($21,571 y $28,810) tienen una mediana y media de ingresos relativamente comparables, aunque menores, a las de Puerto Rico: $23,018 y $33,761. Maunabo ($20,573 y $25,113), Naguabo ($19,312 y $28,992) y Yabucoa ($20,470 y $24,619) tienen la mediana y media de ingresos por hogar más bajas y menores a las de Puerto Rico. Humacao ($10,927) tiene un ingreso per cápita similar al de Puerto Rico: $11,068, seguido por Las Piedras ($9,386); mientras que los ingresos per cápita más bajos fueron los de Maunabo ($8,134), Yabucoa ($7,956) y Naguabo ($9,058). Estos tres municipios tienen los ingresos más bajos en todos los indicadores analizados. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 111 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 32. Área Funcional de Fajardo 11 Red entratógica de autopletes: Red vial existente Bor completado A o mejorado significativamente I Tribunal Centro de Gobierno Marimoso Turistico regional Hospital regional Comercial regional Agricola Piddline . 3 Lebs $ Contro funcional Contro funcional complementario Junes Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 112 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 9. Área Funcional de Fajardo El Área Funcional de Fajardo está compuesta por seis municipios: Ceiba, Culebra, Fajardo, Luquillo, Río Grande y Vieques. Allí se concentra el 3.6% de la población de 16 años o más de Puerto Rico: 106,341 personas. La fuerza laboral del Área Funcional de Fajardo representa un 50.3% de su población mayor de 16 años, una proporción superior a la de Puerto Rico: 46.1%. Culebra (51.7%), Luquillo (51.6%) y Río Grande (51.9%), seguidos por Fajardo (51.4%) y Vieques (46.3%), tuvieron los porcentajes más altos de su población mayor de 16 años en la fuerza laboral; todos con porcentajes superiores al de Puerto Rico. Sin embargo, Ceiba (41.8%) tuvo la menor participación en la fuerza laboral, inferior a la de Puerto Rico. El 3.9% de la población civil empleada en todo Puerto Rico, se concentra en el Área Funcional de Fajardo: 42,365. La población está empleada en las siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 21.2%; comercio al detal, 13.0%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 12.9%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 9.5%; manufactura, 8.0%; construcción, 6.4%; transportación, almacenamiento y servicios públicos, 5.3%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 5.1%; y finanzas, seguros y bienes raíces, 4.1%. Las industrias con menor participación en el empleo son: información, 1.2%; agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 1.5%; y comercio al por mayor, 1.9%. Río Grande ($22,947) y Fajardo ($21,544) tuvieron una mediana de ingresos por hogar superior a la de Puerto Rico: $19,624; seguidos por Ceiba ($19,520) y Luquillo ($18,593). La mediana de ingresos por hogar de Vieques ($17,355) y Culebra ($16,188) fue inferior a la de Puerto Rico. Con la excepción de Río Grande ($30,281) y Luquillo ($28,080), que son comparables aunque menores a la de Puerto Rico ($30,510), Ceiba, Culebra, Fajardo y Vieques tuvieron una media de ingresos por hogar que fluctuó entre $25,629 y $21,268, significativamente menores a la de Puerto Rico. El comportamiento de la mediana de ingresos por familia fue similar al de la mediana de ingresos por hogar. La mediana ingresos por familia de Río Grande ($32,897), Fajardo ($25,582), Ceiba ($23,770) y Luquillo ($23,091) fue superior a la de Puerto Rico: $23,018. Mientras que Vieques ($22,652) y Culebra ($21,071) tuvieron una mediana de ingreso familiar menor a la de Puerto Rico. Con la excepción de Río Grande ($32,897) que es comparable aunque menor a la de Puerto Rico, los otros cinco municipios tuvieron una media de ingresos por familia que fluctuó entre $30,676 y $23,931, todas menores a la de Puerto Rico: $33,761. Río Grande ($10,552), Luquillo ($10,408) y Fajardo ($10,703) tuvieron un ingreso per cápita comparable aunque menor al de Puerto Rico: $11,068, seguidos por Ceiba ($9,444), Culebra ($8,142) y Vieques ($8,370). JUNTA DE PLANIFICACIÓN 113 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 33. Área Funcional de Guayama Junious Eath Lonation , 1 Claim Cornerlo Albertino Red estratógica de autopletes: Red vial existente A BOX completado Centro do Gobiamo o mejorado significativemente Control Tnbunal If . Control Described Turintico regional Hospital regional Comercial regional Agricola © 3 Centro funcional Contro functonal complementario : 1 Dias Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 114 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 10. Área Funcional de Guayama El Área Funcional de Guayama se compone de cuatro municipios: Guayama, Arroyo, Patillas y Salinas. Los tres municipios mantienen una fuerte interrelación con Guayama. Allí se concentra el 3.0% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 89,035. La fuerza laboral en el Área Funcional de Guayama representa un 41.7% de su población mayor de 16 años, una proporción menor a la de todo Puerto Rico: 46.1%. Arroyo (44.0%) tuvo el mayor porcentaje de participación laboral, seguido por Salinas (41.4%), Guayama (40.7%) y Patillas (42.1%), todos menores al de todo el país. El 2.6% (28,178) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se concentra en el Área Funcional de Guayama. El empleo por industrias se distribuyó de la siguiente manera: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 23.3%; comercio al detal, 13.2%; manufactura, 11.9%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 7.2%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 6.7%; construcción, 6.6%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 4.4%; transportación, almacenamiento y servicios públicos, 4.1%; agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 3.0%; y finanzas, seguros y bienes raíces, 2.5%. Las industrias con menor participación en el empleo fueron información con un 1.0% y comercio al por mayor con un 1.4%. Foto 20. Plaza de Recreo en Guayama Fuente: Junta de Planificación, 2015 Los cuatro municipios tienen una mediana y una media de ingresos por hogar menores a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Guayama ($17,260 y $24,908) tuvo la mediana y media de ingresos por hogar más alta, seguido por Arroyo ($16,350 y $23,214), Patillas ($14,506 y $21,148) y Salinas ($13,495 y $20,900). El comportamiento fue similar en cuanto a la mediana y media de ingresos por familia. Guayama ($19,792 y $27,094) tuvo también la mediana y media de ingresos por familia mayores. Le siguieron Arroyo ($18,633 y $25,843), Patillas ($18,083 y $24,933) y Salinas ($15,529 y $23,021), todas menores a las de Puerto Rico: $23,018 y $33,761, incluso las de Guayama. Aunque menor, Guayama ($9,116) es el municipio cuyo ingreso per cápita se acerca más al de Puerto Rico: $11,068. Los de los otros tres municipios: Arroyo ($8,208), Patillas ($7,851) y Salinas ($7,759) fueron significativamente inferiores. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 115 19 de noviembre de 2015 116 Mapa 34. 0 : @ Aguise * 6 0 OF Greguam Junciase Comerio any Ren Locance @ Cash Triand @ Chira Willsim O? - Área Funcional de Cayey Jumps Man @ Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Memorial de Plan de Uso de Terrenos Costoo @ Mounto $ Contro funcional Turistico regional 19 de noviembre de 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN Fuente: Junta de Planificación, 2015 8 Areyo Statement Red estratógica do autoplates: 10000 Tribunal Red vial existente Centro funcional o Hospital regional Cantro de Gobiamo A ser completado D complementario mejorado significativamente c Comorcial regional 3 Agricola Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 11. Área Funcional de Cayey El Área Funcional de Cayey tiene tres municipios: Aibonito, Barranquitas y Cayey. Alli se concentra el 2.8% de la población de 16 años 0 más de Puerto Rico: 81,457 personas. La fuerza laboral en el Área Funcional de Cayey representa un 41.8% de su población mayor de 16 años, un porcentaje mínimamente inferior al de todo Puerto Rico: 46.1%. Cayey (49.7%) tiene el mayor porcentaje de población de más de 16 años en la fuerza laboral, incluso superior al de Puerto Rico. Le siguen Aibonito (34.9%) y Barranquitas (34.9%) con porcentajes significativamente más bajos al de Puerto Rico. El 2.7% (29,456) de la población civil empleada en todo Puerto Rico se concentra en el Área Funcional de Cayey. Su población está empleada en las siguientes industrias: servicios educativos, cuidado de la salud y asistencia social, 28.0%; manufactura, 14.2%; comercio al detal, 12.4%; construcción, 7.4%; artes, entretenimiento, recreación, hospedaje y servicios de alimentos, 5.8%; otros servicios, a excepción de la administración pública, 5.7%; servicios profesionales, científicos, gerenciales, administrativos y manejo de residuos, 5.7%; finanzas, seguros y bienes raíces, 4.2%; transportación, almacenamiento y servicios públicos, 3.7%; y agricultura, silvicultura, caza, pesca y minería, 1.6%. Las industrias con menor participación en el empleo fueron información con un 0.9% y comercio al por mayor con un 1.9%. Cayey ($21,223 y $32,850) tuvo una mediana y una media de ingresos por hogar similar a las de Puerto Rico: $19,624 y $30,510. Aibonito ($16,189 y $24,225) y Barraquitas ($15,127 y $21,656) tuvieron una mediana y media de ingresos por hogar significativamente menores a las de Puerto Rico. El comportamiento de la mediana y media de ingresos por familia fue similar. Se destaca, nuevamente, Cayey ($24,724 y $37,609). Barraquitas ($15,608 y $22,369) y Aibonito ($19,869 y 26,519) tuvieron una mediana y media de ingresos de la familia significativamente menores a las de Puerto Rico: $23,018 y $33,761. Cayey ($11,986) superó el ingreso per cápita de Puerto Rico: $11,068. No obstante, los de Barranquitas ($7,287) y Aibonito ($8,955) fueron sustancialmente menores. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 117 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio E. CLASIFICACIÓN DEL TERRITORIO Mediante los Artículos 3, 8 y 9, la Ley para el Plan de Uso de Terrenos requiere que se clasifiquen los terrenos. La clasificación del suelo resulta del análisis de las tendencias y los principios rectores, las metas y los objetivos. La Junta de Planificación analizó y evaluó los 54 planes territoriales municipales vigentes. Al hacerlo, comprobó que, aunque el Capítulo XIII define claramente las clasificaciones de suelo, no todos los planes clasifican su territorio de la misma manera. De igual modo, comprobó que los instrumentos de planificación desarrollados por la propia Junta, como las Zonas de Interés Turístico y Reservas Naturales, entre otros, no clasificaban. Además, en la práctica no existe un criterio unificado para clasificar. Con la finalidad de establecer un sistema de clasificación uniforme, tanto por la Junta de Planificación como por los municipios, se estableció una metodología de clasificaciones del suelo. Se basó en las definiciones vigentes establecidas por la Ley de Municipios Autónomos, los criterios necesarios para cumplir con los objetivos que se persiguen y ejemplos para su mejor entendimiento.La clasificación de los suelos es una herramienta importante en la ordenación de un territorio. Esta herramienta se ha utilizado en diversas partes del mundo, entre ellas en en Hawái⁸⁵ y Oregón⁸⁶ en Estados Unidos. Para establecer las distintas clasificaciones de suelo, se utilizaron las definiciones de las categorías establecidas en el Capítulo XIII de la Ley de Municipios Autónomos y en los criterios que establece la Ley para el Plan de Uso de Terrenos. Una vez se establecieron los criterios, se utilizó el Mapa Interactivo de Puerto Rico (MIPR), que constituye el Inventario de Terrenos y Recursos, que es la recopilación de toda la información digital y electrónica disponible de las distintas agencias, entidades gubernamentales y privadas. Este inventario es parte de los requisitos que establece el Artículo 11 de la Ley 550 de 2004 y se compone de 395 niveles de información, disponibles para toda la ciudadanía. Algunos de los niveles de información más relevantes utilizados son las fotos aéreas del 2010, así como de fotos aéreas a través de Google Maps con entre uno y tres años de antigüedad, el mapa de Land Cover preparado por el Forest Service del 200687, las zonas de ecosistemas producidas de acuerdo con el Land Use preparado por la Universidad de Puerto Rico y la Junta de Planificación en el 2010⁸⁸, las zonas de ecosistemas producidas por el Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico en el 2013⁸⁹, y las clasificaciones incluidas en los planes territoriales municipales, vigentes y propuestos, y en los 85 Hawái tiene una estructura de planificación centralizada para todo el archipiélago y clasifica su territorio en tres categorías principales: suelos agrícolas (45%), conservación (48%) y urbanos (4%). 86 Oregón cuenta con clasificaciones urbana, rural, bosque, agrícola y agrícola/bosque. Además, requiere que todas las cludades establezcan límites al crecimiento urbano, a través de planes, para separar el suelo urbanizable del suelo rural. 87 Gould, W., Alarcón, C., Fevold, B., Jiménez, M.E., Martinuzzi, S., Potts, G., Solórzano, M., y Ventosa, E. 2007. Puerto Rico Gap Analysis Project (final report). USGS, Moscow ID and the USDA FS International Institute of Tropical Forestry, Río Piedras, PR. 157 pp. y 8 apéndices. 88 Román, G., A. Castro, y E. Carreras. 2010. Generation of Land Use Maps Required for the Implementation Phase of a Spatial Decision Support System for Puerto Rico: Xplorah 2010 Land Use Map-Technical Documentation. Geographic Mapping Technologies, Corporation, San Juan, PR. 143 pp. 89 Ecosystems Puerto Rico Nature Serve (2013) Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 118 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio planes especiales y sectoriales de la Junta de Planificación, vigentes y propuestos. Las clasificaciones del Plan de Uso de Terrenos son guías indispensables para la planificación, que tienen que considerarse al establecer las nuevas clasificaciones por la propia Junta de Planificación y los municipios. Además, servirán de referencia para la calificación del territorio en la planificación a escala local. El mapa de clasificación es parte integral del Plan de Uso de Terrenos. Tabla 3. Clasificación y calificación del suelo Categorías básicas de Suelo Suelo urbanizable Suelo rústico clasificación urbano (Ley Núm. 81 de1991) Clasificación Suelo Sub Suelo Suelo Suelo rústico urbanizable categorías urbanizable rústico especialmente no programado común protegido (Ley Núm. programado 81de 1991) Ecológico Identificación de valores Agrícola que surgen Hídrico del análisis pormenorizad Paisaje o del territorio Calificación Se asigna calificación rural Distritos de Distritos Distritos hasta tanto se complete un rurales protección del Calificaciones urbanos plan de ensanche. recurso Fuente: Junta de Planificación, 2015 1. Diferencia entre clasificar y calificar el suelo Una de las funciones principales del Plan de Uso de Terrenos es clasificar los terrenos. Clasificar los terrenos es una acción para establecer categorías de suelo urbano, urbanizable y rústico, sabiendo que en el proceso posterior de elaborar 0 revisar los planes municipales O planes sectoriales se establecerán las calificaciones específicas con las intensidades y usos que se permitirán en cada una de las categorías. Durante el proceso de elaboración del Plan de Uso de Terrenos se presentaron dudas sobre las limitaciones al uso de los terrenos que representan las clasificaciones del suelo, principalmente las del suelo rústico común y especialmente protegido. Las determinaciones de valor tienen el objetivo de establecer los elementos principales que llevan a un nivel especial de conservación por valor agrícola, ecológico, hídrico, etc. Asimismo, la clasificación de suelo urbano 0 urbanizable no presupone que todo terreno dentro de esas clasificaciones pueda admitir construcción 0 desarrollo. Dentro de la clasificación de suelo urbano existen ríos, quebradas, playas, áreas naturales, ecológicas, agrícolas, de riesgos por inundación 0 deslizamiento, entre otras que no deben contener estructuras. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 119 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Del análisis realizado por la Junta de Planificación se evidencia que una parte significativa del territorio no cuenta con las calificaciones adecuadas para proteger las áreas ecológicas, naturales, bosque, riesgo, etc. La Junta informó a los municipios que, como parte del proceso de conciliación con el Plan de Uso de Terrenos, deberán asignar distritos de calificación adecuados a la clasificación y los objetivos que promulga el Plan de Uso de Terrenos. La calificación a partir de la clasificación A partir de las clasificaciones del suelo, establecidas en el Plan de Uso de Terrenos, se establecerán las calificaciones. Sin embargo, hay que recordar que son propuestas de distintos instrumentos de planificación que siempre están supeditados al Plan de Uso de Terrenos. Cada instrumento de planificación podrá recomendar crear nuevos distritos de calificaciones a la luz de las aspiraciones y los retos a los que se enfrenta cada área funcional, sector, zona, municipio y barrio, entre otras. Corresponde a la Junta de Planificación evaluar que sean apropiados y que se integren adecuadamente en el sistema de calificación propuesto. El Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo y Uso de Terrenos establece los distritos de calificación de forma general para todo el territorio y las áreas de planificación especial, reservas agrícolas y el Cañón de San Cristóbal, entre otros. En la actualidad existe una gran diversidad de distritos de calificación que se han incluido en distintos planes, como son el Plan de Santurce, Castañer, Condado, Conservación de Adjuntas, Comunidad Río Bayamón y Antigua Base Roosevelt Roads, entre otros, y los distritos de calificación de los planes territoriales de Bayamón, Guaynabo, San Juan, Caguas y Ponce. La Junta de Planificación está trabajando en un sistema unificado de calificación, que permita que todos los distritos tengan una nomenclatura de letras y números que comuniquen clara y fácilmente los usos e intensidades permisibles. Esto no debe entenderse como una lista única de calificaciones, pues la esencia de la elaboración de un plan es el análisis del municipio, sector o área; y proponer soluciones a partir de los problemas encontrados. Las calificaciones son parte de estas soluciones. Con la finalidad de orientar en los trabajos posteriores de clasificación y calificación, la Junta generó una tabla donde se identifican los distritos y su correspondencia con las clasificaciones del suelo. Durante la elaboración del Plan de Uso de Terrenos se analizaron las clasificaciones y calificaciones en los distintos instrumentos de planificación. De dicho análisis surgen varias irregularidades, tales como clasificaciones incompatibles con la calificación y viceversa; y terrenos calificados con distritos que no cumplen con los objetivos de los distritos, entre otras. Una de las condiciones que más se repite son terrenos vacantes calificados como áreas desarrolladas (AD). Por otro lado, encontramos varias áreas completamente desarrolladas con distritos rurales agrícolas cuando le correspondía tener calificaciones urbanas. Una vez aprobado el Plan de Uso de Terrenos, la Junta de Planificación iniciará una revisión de todos los instrumentos de planificación para actualizarlos y adaptarlos. A continuación se incluye una tabla donde se relacionan las clasificaciones con algunas calificaciones del Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo y Uso de Terrenos: JUNTA DE PLANIFICACIÓN 120 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Tabla 4. Relación de calificaciones y clasificaciones del suelo Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Descripción Clasificación Anteriores Calificación Terrenos Urbanizables SU Para facilitar el control SU SRC de la expansión urbana, SRC SREP- Varios optimizar la utilidad de SREP R-0 TODOS UR infraestructura e SUNP SUNP identificar terrenos SUP SUP clasificados como Suelo Urbanizable. Residencial Intermedio (Densidad poblacional intermedia) R-1 Para identificar áreas SU SU R-2 R-I residenciales R-3 desarrolladas 0 a desarrollarse para distintos tipos de viviendas. Residencial de Alta Densidad (Alta densidad poblacional) Para áreas urbanas de carácter residencial próximas a centros principales de actividad comercial, propensas al R-4 SU SU R-A redesarrollo 0 desarrollo R-5 en alta densidad poblacional por la naturaleza del sector, accesos viales, Instalaciones públicas, escuelas, parques, alcantarillado, agua, energía eléctrica, transportación. Residencial Zona Histórica (Alta densidad poblacional) SU SU R-6 R-ZH Para áreas residenciales que forman parte de zonas históricas de interés público. Residencial Comercial Mixto Para alentar y promover el uso mixto del terreno SU SU RC-1 RC-M combinando usos comerciales y residenciates, creando núcleos de actividad JUNTA DE PLANIFICACIÓN 121 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Clasificación Descripción Anteriores Calificación local. Diseño del desarrollo orientado al peatón y ubicación de centros de empleo y comercio en proximidad a viviendas de más alta densidad. Promueve desarrollo de servicios comerciales y al detal. Comercial Liviano Se establece para clasificar áreas comerciales existentes CO-1 SU SU C-L C-L o para crear nuevas C-6 áreas comerciales cuya operación resulta de baja intensidad y tolerable para el vecindario. Comercial Intermedio Para áreas comerciales existentes O nuevas CO-2 áreas que suplan las C-1 necesidades de varios SU SU C-I C-2 vecindarios 0 núcleos C-3 residenciales, así como para clasificar áreas comerciales existentes de carácter central. Centro Comercial Para centros de SU SU C-4 C-C mercadeo desarrollados vía consulta de ubicación. Recreación Comercial Extensa Para centros de SU SU C-5 RC-E recreación comercial extensa desarrollados vía consulta de ubicación. Industrial Liviano Áreas para el establecimiento de industrias livianas; no se permite el uso residencial y las SU SU I-1 I-L industrias pesadas, se SRC SRC IL-1 permiten usos comerciales incidentales para atender las necesidades de la operación de la industria. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 122 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Descripción Clasificación Anteriores Calificación Industrial Pesado Áreas industriales pesadas desarrolladas SU SU I-2 I-P 0 a desarrollarse por SRC SRC IL-2 proyectos específicos mediante consulta de ubicación. Dotacional General Terrenos públicos 0 privados ocupados 0 a ocuparse con usos SU SU dotacionales, SRC SRC P DT-G institucionales, SREP- SREP recreativos, cívicos, TODOS docentes, filantrópicos, culturales, científicos, educativos, religiosos 0 similares. Dotacional Parque Para preservar el carácter abierto de espacios grandes, SU SU conservar esos terrenos SRC SRC P DT-P como espacios abiertos SREP- SREP y dedicarlos a TODOS recreación pública como lugares de recreación pasiva y activa. A mejorarse Áreas donde existe aglomeración excesiva de personas y edificios en solares demasiado pequeños donde faltan SU servicios públicos SU M M indispensables, terrenos con topografía accidentadas y otras condiciones desfavorables perjudiciales a la salud y bienestar general. Residencial Turístico Intermedio Para promover el desarrollo ordenado y RT-1 estético; para clasificar SU SU RT-2 RT-I terrenos en las ZIT que SRC RT-3 por su localización se han desarrollado 0 pueden desarrollarse a una densidad e intensidad intermedia. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 123 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Clasificación Descripción Anteriores Calificación Residencial Turístico de Alta Densidad Promover el desarrollo ordenado, estético y SU SU RT-4 compacto; para RT-A clasificar los terrenos en SRC RT-5 las ZIT que por su localización se han desarrollado o pueden desarrollarse a una alta intensidad. Residencial Turístico de Baja Densidad Promover el desarrollo ordenado y estético SU SU Clasifica terrenos en las RT-B SRC ZIT que por su localización se han desarrollado o pueden desarrollarse a una muy baja intensidad. Comercial Turístico Liviano Promover el desarrollo SU SU CT-1 ordenado y estético CT-L Clasifica áreas SRC CT-2 comerciales y residenciales en las ZIT de intensidad intermedia y semialta. Comercial Turístico Intermedio Promover el desarrollo ordenado y estético SU SU CT-3 Para clasificar áreas CT-I SRC CT-4 comerciales y residenciales en las ZIT que complementen la actividad turística a una muy alta intensidad. Áreas Desarrolladas Identifica áreas no SRC SRC AD AD urbanas que han sido pobladas o desarrolladas. Agrícola Productivo Terrenos no urbanos ni desarrollados, llanos 0 SREP-A semillanos, SREP-AP SREP A-1 mecanizables, con A-P SREP-AH Instalaciones de riego 0 SREP-AE disponibilidad para ello, 0 que por su condición natural no requiera riego; además incluye JUNTA DE PLANIFICACIÓN 124 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Descripción Clasificación Anteriores Calificación aquellos que puedan mejorarse de forma tal que los hagan aptos para uso agrícola productivo y con capacidad agrícola de las Clases I al IV, según el catastro de suelos. Agrícola General Áreas utilizadas o con potencial reconocido para actividades agrícolas y agropecuarias donde predominan suelos A-2 Clases V, VI y VII, SREP-A SRC A-G A-3 según el catastro de suelos; áreas cuyo patrón general de desarrollo agrícola y agropecuario se afecta adversamente con la introducción de usos urbanos, residenciales. Rural General Terrenos de la Clase VII y algunos casos de las Clases Vy VI con limitaciones para cultivo agrícola por fertilidad, profundidad del suelo, topografía, condición de SRC SRC A-4 R-G pH, precipitación del suelo, precipitación pluvial, susceptibilidad a inundaciones y localización con relación a obras de infraestructura y estructuras y a actividades de mucha concentración de gente. Bosques Terrenos con características especiales para SREP-E siembra de árboles, SREP-EA B-1 SREP B-Q producción de madera, SREP-EH B-3 protección del suelo y SREP-EP del agua, terrenos sembrados para repoblación forestal, bosques existentes. SREP-E CR-1 Conservación de SREP CR SREP-EA CR-2 Recursos JUNTA DE PLANIFICACIÓN 125 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Clasificación Descripción Anteriores Calificación SREP-EH CR-4 Identifica porciones de SREP-EP fincas cuyas SREP-H características SREP-P existentes deben mantenerse y mejorarse, tales como dunas, tramos de carreteras donde los árboles a ambos lados forman un túnel, porciones de fincas donde habitan especies de singular valor, márgenes de lagos y otros cuerpos de agua, áreas costeras de valor escénico y fajas de amortiguamiento adyacentes a un recurso de valor especial; áreas de cuevas, cavernas y sumideros; zona cársica y su flora, fauna y aguas subterráneas; bahias bioluminiscentes, bosques, salinas, dunas, ríos, lagos, lagunas, formaciones geológicas, parajes de extraordinaria belleza, refugios de flora y fauna, cascadas, manantiales, embalses, cuencas hidrográficas, nichos ecológicos (hábitat) de especies en peligro de extinción y otra áreas de especial interés. Conservación de Cuencas Terrenos en las cuencas de lagos y embalses donde se SREP-H SREP CR-3 CR-C debe ejercer gran SREP-EH cuidado sobre el tipo de desarrollo que se autoriza para evitar la sedimentación de lagos y embalses, así como obras de canalización. SU Conservación de SRC CR-A SREP CR-A Recursos SREP- CRR TODOS Arqueológicos JUNTA DE PLANIFICACIÓN 126 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Descripción Clasificación Anteriores Calificación Para identificar terrenos o propiedades que constituyen valores arqueológicos; para estudios científicos, excavaciones con propósitos arqueológicos, museos y sus oficinas, Instalaciones sanitarias, cafeterías y venta de regalos como usos accesorios que no conflijan con la investigación y conservación de los sitios arqueológicos. Sitios Históricos Conservación y restauración de propiedades que SU constituyen valores SRC SU históricos, SREP- SRC CR-H SH arquitectónicos y TODOS SREP culturales, incluyendo áreas residenciales que forman parte de zonas históricas de interés público. Desarrollo Selectivo Áreas donde existe un SU potencial de desarrollo SRC SU futuro, pero con SREP- DS DS SRC limitaciones severas TODOS naturales o de disponibilidad de infraestructura. Desarrollo Turístico Selectivo Proyectos turísticos y RT-0 recreativos, sujetos a SU RT-00 SRC DTS disponibilidad de SRC DT infraestructura en el DTS área, manteniendo su carácter paisajista y condiciones naturales. Playas Públicas SU Áreas reservadas para SRC bañistas y designar SREP-E SU sectores costaneros SREP-EA SRC PP PP apropiados para baños SREP-EH SREP de mar y recreación SREP-EP pasiva relacionada con SREP-P dicha actividad. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 127 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Clasificación Descripción Anteriores Calificación Preservación de Recursos Áreas específicas que constituyen recursos naturales cuya SREP-E condición existente es SREP-EA PR SREP PR única, frágil, en peligro SREP-EH B-2 de extinción; incluye los SREP-EP distintos tipos de bosque de mangle, y salitrales y lodazales asociados a los sistemas de mangles de Puerto Rico. SU SRC SREP-E Pesca y Maricultura Sectores de la costa SREP-EA SREP-EH que se esté utilizando o SREP-EP puedan utilizarse, por SREP PM SREP-A tener un gran potencial, SREP-AP para el desarrollo de la SREP-AH industria pesquera y/o la maricultura o cultivo SREP-AE SREP-H de especies marinas. SREP-E SREP-EA Ruta Escénica SREP-EH Para el disfrute y SREP-EP contemplación de SREP-A paisaje o panorama a lo SREP-AP SREP RE RE largo de rutas SREP-AH escénicas designadas SREP-AE mediante legislación o SREP-H la Junta de SREP-P Planificación. SRC SU Zona Escolar SRC Zona SREP- SU Área física que ocupa ZE Escolar TODOS un núcleo escolar y el que la rodea. SREP-A AR-1 Agrícola en reserva 1 SREP-A AR-2 Agrícola en reserva 2 Desarrollo SRC Ecoturístico SREP-E Sostenible SREP-EA Áreas de valor SREP-EH SRC, SREP DES ecológico, natural y SREP-EP terrenos con SREP-H características especiales de belleza excepcional: rios, quebradas, lagos, JUNTA DE PLANIFICACIÓN 128 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Distritos de Nuevos Nueva Clasificación Zonificación Distritos de Descripción Clasificación Anteriores Calificación lagunas, playas, bosques, reservas naturales, carso, áreas costaneras, cuevas, cavernas, áreas montañosas, porciones de finca donde habitan especies de flora y fauna endémicas; debe cumplir con las Guías Ecoturísticas de la Compañía de Turismo y estar recomendado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. DES Cero: santuario DES Baja: refugios de vida silvestre DES Moderada: veredas interpretativas, gazebos, actividades recreativas (caminatas, bicicleta, montar a caballo, botes de motor de baja velocidad, "jet skies") DES Semialta: centro informativo de visitantes, estacionamientos, etc. El Distrito DM se eliminó. Los usos en dicho distrito serán considerados mediante el mecanismo de consulta de ubicación, DM hasta que los mapas de zonificación (ahora calificación) se revisen. (página 342, Sección 17.1.1 Cláusula de Transición). CLASIFICACIÓN: SUP = Suelo Urbanizable Programado (Infraestructura programada) * SU = Suelo Urbano * SUNP = Suelo Urbanizable No Programado (No Infraestructura) * SRC = Suelo Rústico Común = (Desarrollo a largo plazo) * SREP = Suelo Rústico Especialmente Protegido * Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 129 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio 2. Categorías de clasificación del suelo Una de las funciones principales del Plan de Uso de Terrenos es identificar los valores del territorio. La intención es, que posteriormente se conviertan en expresiones de uso e intensidad mediante los instrumentos de planificación que atienden la calificación. Las categorías de clasificación del suelo toman como base las establecidas en la Ley de Municipios Autónomos: suelo urbano, suelo urbanizable y suelo rústico. Es necesario que el Plan establezca unas nuevas subcategorías bajo la clasificación de suelo rústico: especialmente protegido, por valor ecológico, agrícola, hídrico y de paisaje. Estas subcategorías surgen de la propia definición de la Ley de Municipios Autónomos⁹, de modo que sirvan para reconocer los objetivos, políticas públicas y fundamentos del Plan de Uso de Terrenos; que además orienten la calificación 0 recalificación de los suelos, según corresponda. De acuerdo con el sistema de información geográfica de la Junta de Planificación, Puerto Rico tiene 2.3 millones de cuerdas: 26,149.49 cuerdas están identificadas como agua (1.2%) y 92,858.03 cuerdas como viales (4.1%). Debido a su condición, no son objeto de clasificación en el Plan de Uso de Terrenos. a. Suelo con valor urbano El suelo urbano (SU) está constituido por los terrenos que cuentan con acceso vial, abastecimiento de agua, suministro de energía eléctrica y con otra infraestructura necesaria para el desenvolvimiento de las actividades administrativas, económicas y sociales que se llevan a cabo en estos suelos; y que estén comprendidos en áreas consolidadas por la edificación, según se define en el Capítulo XIII de la Ley de Municipios Autónomos. Los suelos urbanos son el reconocimiento de amplias extensiones de terrenos, por lo que esta clasificación no implica que el terreno sea apto para ser construido. Para la clasificación de las áreas de valor urbano (SU) se tomarán en consideración los siguientes elementos: (1) Las áreas históricamente ocupadas de la ciudad y/o asentamientos, y las áreas construidas o desarrolladas que cuentan con las infraestructuras, tanto las llamadas básicas (vial, electricidad, agua, alcantarillado, etc.) como las administrativas, económicas y sociales. (2) Los suelos en proceso de urbanización con posibilidad de consolidación con áreas urbanas existentes, independientemente de que cuenten con todas las infraestructuras, con permisos válidamente expedidos y que se encuentren en construcción. (3) Los terrenos colindantes con suelo urbano existente que cuentan con una consulta de ubicación, y que su análisis se evidencie que tienen los permisos o han iniciado procesos de construcción. (4) No se clasifican como suelo urbano amplias extensiones de terrenos vacantes colindantes con el suelo urbano que no cuentan con las infraestructuras requeridas para dichos suelos. Los terrenos a integrarse en el continuo urbano serán aquellos con la clasificación de suelo urbanizable, cumpliendo con los requisitos de densidad de acuerdo con las 90 Ver Artículos 13.003 y 13.005 de la Ley de Municipios Autónomos. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 130 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio necesidades, de modo que se pueda producir una integración ordenada entre suelos urbanos y los nuevos terrenos identificados para su desarrollo (suelos urbanizables), mediante el correspondiente plan de ensanche.⁹¹ A través de los distritos de calificación se establecen: las normas sobre el uso (residencial, comercial, industrial, parque, etc.) e intensidad (construcción a mayor o menor densidad), las normas sobre las características de las estructuras y el espacio público, las normas sobre las lotificaciones, y otras determinaciones de ordenación territorial relacionadas con procesos, mecanismos, aprovechamientos y otras circunstancias relacionadas. (1) Sistemas naturales y áreas de riesgo en suelo urbano Los suelos urbanos, deben y pueden contener extensiones de terrenos que no podrán construirse o urbanizarse, por distintas razones (bosques, recursos naturales, áreas inundables por ríos, quebradas 0 marejadas, áreas de riesgo, parques, paseos lineales, áreas recreativas, playas, reservas naturales y reservas agrícolas, zona marítimo-terrestre, entre otros). Los distintos planes sectoriales y de ordenación municipal establecerán las calificaciones adecuadas para garantizar que cumplen con las políticas que ordenan su protección. Es a través de la calificación de estos terrenos que se representa el nivel de conservación y protección, o límites de actividades que admiten dichos sectores. Existe la necesidad de que los planes protejan las áreas de valor natural en suelo urbano y la preocupación sobre si pueden existir áreas naturales 0 de protección dentro de suelo urbano. Por lo tanto, se incluye a continuación una lista con algunas de las zonas principales para garantizar su protección, pero sabemos que existen O podrían existir más. El nivel de protección o la limitación sobre lo que puede 0 no construirse se controlará a través de la calificación. i. Bosques urbanos de San Patricio Doña Inés Mendoza.⁹² ii. Bosque Estatal del Nuevo Milenio en San Juan. iii. Corredor Ecológico de San Juan.⁹³ iv. Arboretum de Cupey en San Juan. V. Reserva Natural Caño Martín Peña en San Juan. vi. Reserva Natural del Condado en San Juan. vii. Jardín botánico y terrenos adyacentes relacionados con el río Cagüitas y la quebrada Algarrobo en Caguas. viii. Lagunas de extracción en Loíza. ix. Servidumbre de conservación Bosque Tropical de Palmas del Mar en Humacao. X. Reserva Natural Las Cucharillas en Cataño. xi. Terrenos entre El Vigía y la carretera PR-9, hábitat del pájaro guabairo, identificado para desarrollo ecoturístico. xii. Estaciones Agrícolas Experimentales, en particular las de San Juan y Mayagüez. xiii. Ríos, quebradas, y márgenes de mares y océanos, incluyendo los terrenos inundables en los márgenes de los principales cuerpos de agua en todo Puerto Rico. 91 Conforme lo dispone el Artículo 13.006 de la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991. 92 Ley de Bosques Urbanos de Puerto Rico, Ley Núm. 213 del 5 de agosto de 1999. 93 Ley para designar el Corredor Ecológico de San Juan, Ley Núm. 206 del 28 de agosto de 2003, según enmendada. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 131 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio xiv. Canales de riego y sus charcas de retención en Guayama, Juana Díaz (Cristina), etc. XV. Lagos Ginés y Bronce en Ponce. xvi. Humedales en la desembocadura del río Piedras y la quebrada Margarita cercanos al puerto, alrededor de la laguna San José en San Juan y Carolina, canal Blasina en Carolina, Cerromar en Vega Alta, Río Mar en Río Grande, Palmas del Mar, quebrada Mata de Plátano en Luquillo y quebradas Banderí en Guayama y quebrada Tallaboa Poniente en Peñuelas. xvii. Sumideros en todo Puerto Rico, principalmente en Aguadilla, Isabela, Quebradillas, Camuy, Hatillo y Arecibo. xviii. Bosques de pterocarpus en Palmas del Mar en Humacao. xix. Mogotes de los cerros de Santa Ana en Bayamón, San Juan, Toa Baja, Vega Baja y Manatí. XX. Áreas cársicas en Bayamón, Guaynabo y San Juan. xxi. Terrenos dentro de la zona marítimo-terrestre. xxii. Terrenos escarpados al oeste de la PR-2 y al norte de la PR-458 en Aguadilla. xxiii. Cerros El Comandante en Carolina y cerros de Higuillar en Dorado. xxiv. Terrenos susceptibles a deslizamientos, como los de Moca, San Sebastián y Lares. XXV. Terrenos vacantes, con 0 sin servidumbre, de urbanizaciones que protegen lagos, quebradas y ríos. xxvi. Playas urbanas como las de Ocean Park en San Juan, El Alambique en Carolina, Poza del Obispo en Arecibo. xxvii. Terrenos con alta y muy alta susceptibilidad a deslizamientos en Moca, San Sebastián, Lares, Morovis y Bayamón. (2) Densidad y crecimiento en suelo urbano La clasificación de un suelo urbano no presupone que dicho suelo pueda aumentar de tamaño 0 pueda densificarse por el mero hecho de haberse identificado como tal. Los suelos urbanos tendrán sus respectivas políticas, a través de los instrumentos de planificación, y serán ellos los que indicarán si pueden aumentar, densificarse, mejorarse y ordenar 0 proponer los usos de suelo. (3) Densificación o intensificación de los suelos urbanos Aunque la política pública se dirige a la densificación 0 intensificación de los terrenos vacantes de las áreas desarrolladas y suelos urbanos, solo debe ocurrir cuando se tenga la infraestructura necesaria para acoger los nuevos desarrollos. Es a través de los planes y su calificación que se decidirá sobre su intensificación 0 su mantenimiento a densidad baja e incluso en algunos casos a desestimular nuevos desarrollos 0 usos por condiciones especiales. (4) Calificación del suelo urbano - La calificación de los terrenos en suelo urbano tendrá el propósito de cumplir con los objetivos del plan que se desarrolle, estableciendo las limitaciones 0 intensidades de acuerdo con las condiciones físicas de la parcela. Además, se establecerán los distritos (existentes 0 proponer nuevos) que limiten el desarrollo de la parcela a la intensidad que pueda servirse por los sistemas de infraestructura existentes y programados. Recomendará también que se establezcan distritos para la conservación O preservación de los recursos naturales, ambientales 0 de riesgo dentro de los suelos urbanos. (5) Desparramamiento y núcleos urbanos no consolidados en suelo urbano La clasificación del suelo urbano debe reconocer la realidad de nuestro territorio y el desarrollo de estructuras aisladas, de baja densidad JUNTA DE PLANIFICACIÓN 132 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio y con características suburbanas. La política pública debe evitar y desalentar que continúe el desparramamiento urbano y que se desarrollen nuevos núcleos aislados. Por lo tanto, los planes y sus reglamentos evitarán las subdivisiones 0 lotificaciones en áreas que no estén listas para tales desarrollos, debido a la falta de instalaciones (tales como calles 0 carreteras con capacidad adecuada de agua, luz y alcantarillado sanitario) 0 la distancia de otras áreas construidas, para evitar los desarrollos aislados y salvaguardar los terrenos que por su valor 0 susceptibilidad deben mantenerse libres de desarrollo. (6) Usos industriales en suelo urbano Los usos industriales se ubicarán cerca de las infraestructuras de accesibilidad, como puertos, aeropuertos y vías principales. Deben ubicarse en los suelos urbanos las industrias de carácter liviano, que no provocan efectos adversos en el ambiente y que requieren servicios mínimos de infraestructura, principalmente parques industriales. Debe evitarse establecer industrias contaminantes en el suelo urbano. AI mismo tiempo, es imprescindible desincentivar usos incompatibles con la actividad industrial, de modo que no produzca una reducción en los terrenos disponibles para usos industriales. (7) Usos turísticos en suelo urbano Tanto a través de los planes sectoriales como de los planes de ordenación, se identificarán áreas que pueden acoger las actividades turísticas, así como manejar y corregir la problemática existente sobre la contaminación, calidad del ambiente y la seguridad en las áreas turísticas. La intención es hacer más agradable la estadía de los visitantes y el desarrollo pleno de esta industria. (8) Mitigación de riesgo en suelo urbano Todos los instrumentos de planificación tienen que identificar los terrenos sujetos a riesgo y establecen las calificaciones compatibles con la condición de riesgo de los terrenos (utilizando las calificaciones existentes O proponiendo nuevas). Se recomienda utilizar los mecanismos de transferencia de derechos de desarrollo, reparcelación y dedicación de terrenos a usos dotacionales para la conservación de terrenos susceptibles a riesgos, libres de construcciones que puedan estar expuestas a riesgos. Es importante integrar los planes de mitigación 0 planes multiriesgos a los instrumentos de planificación municipal y los planes sectoriales. La delimitación de los suelos urbanos es uno de los instrumentos que utilizan los planes para proteger el territorio del desparramamiento urbano y promover el uso eficiente del suelo, y permitir la provisión de servicios públicos dentro de sus límites. Los planes de ordenación municipal identificarán aquellos suelos urbanos que ameriten una planificación especial o un estudio de detalle, que se calificarán y se remitirán a un plan de área.⁹⁴ Para propósitos de este Plan de Uso de Terrenos, se han identificado 302,930.81 cuerdas con las características para clasificarse como suelo urbano (SU), lo que representa un 13.3% de todo Puerto Rico. Al momento de elaborarse el Plan, se habían calificado 267,329 cuerdas de suelo que correspondían a la clasificación de suelo urbano que representan el 12.0% de Puerto Rico. Este aumento responde a la identificación como suelo urbano de grandes extensiones de terrenos desarrollados o identificados como suelo rústico y suelo urbanizable. Ejemplo de ello, son varios sectores que se han desarrollado de manera informal y que requieren de una ordenación, tanto a través de la 94 Artículo 13.007 de la Ley Núm. 81 de 1991. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 133 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio calificación como de programas de inversión de mejoras públicas. Para ello se desarrollarán los respectivos planes de área. La Junta de Planificación hizo un inventario de los terrenos vacantes (no incluye edificios vacantes) con distritos de calificación para distintos usos: comerciales, oficinas, industriales, residenciales, etc. Hay 16,288 cuerdas (ver Gráfica 13) identificadas como idóneas para proponer nuevas construcciones. Entre estos terrenos vacantes disponibles se encuentran los de Puerta de Tierra frente al canal San Antonio, las parcelas vacantes en el Distrito de Convenciones, las parcelas vacantes públicas y privadas alrededor de las estaciones del Tren Urbano, incluyendo la Ciudad de las Ciencias y Río Bayamón, los terrenos de la Antigua Base de Roosevelt Roads, los terrenos vacantes industriales en Vayas Torres en Ponce y las parcelas vacantes en Palmas del Mar Humacao, así como otros suelos en los 78 municipios (ver Mapa 35). De otra parte, se le reconoce la clasificación que corresponde al desarrollo propuesto a todas aquellas consultas de ubicación aprobadas que han iniciado el proceso de permisos, pero no han iniciado su construcción o no han completado todas las fases aprobadas. Como parte de la elaboración del Plan de Uso de Terrenos se hicieron los siguientes cambios: i. Se añadieron como suelo urbano aquellos terrenos colindantes con suelos urbanos que están construidos y forman áreas consolidadas por la edificación. ii. Se añadieron como suelo urbano varias comunidades fuera de los asentamientos originales de los municipios, como los poblados de Ángeles y Cayuco en Utuado, Quebradas en Camuy, Bayaney en Hatillo, La Parguera en Lajas, Las Ochenta en Salinas, Barahona en Morovis, Sector Hormigas en Caguas, y Castañer en Lares y Adjuntas. iii. Se añadieron como suelo urbano los terrenos que cuentan con los permisos correspondientes y se encuentran en la etapa de construcción. iv. Se añadieron como suelo urbano los terrenos ya desarrollados, en suelos originalmente clasificados como urbanizables. V. Se excluyeron del suelo urbano amplias extensiones de terrenos que se encuentran vacantes y colindantes con suelos rústicos. vi. Se excluyeron del suelo urbano amplias extensiones de terrenos que se encuentran activamente dedicadas a la agricultura. vii. Se excluyeron del suelo urbano amplias extensiones de terrenos que se encuentran vacantes, por ser terrenos de alta productividad agrícola, de acuerdo con el catastro de suelos del Departamento de Agricultura federal (tipos de suelo con capacidad agrícola de I al IV), identificados como Prime Farmlands por el Natural Resources Conservation Service (NRCS) 0 por ser propiedad de la Autoridad de Tierras. viii. Se excluyeron del suelo urbano terrenos que no están construidos y son susceptibles a riesgo de inundación 0 deslizamientos, y que colindan con suelos rústicos. El Plan de Uso de Terrenos y todos los instrumentos de planificación ordenarán el suelo urbano siguiendo los siguientes objetivos: i. Desarrollo balanceado de usos a través de la ciudad, incorporando usos diversos pero compatibles en ella para lograr comunidades mixtas donde se posibilite el acceso peatonal a los diferentes usos. ii. Fortalecimiento de la estructura económica, social y física de cada barrio o vecindario, de acuerdo con sus características particulares, equipando los JUNTA DE PLANIFICACIÓN 134 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio distintos barrios 0 vecindarios de los servicios y variedad de usos necesarios 0 deseables. iii. Protección, defensa y conservación de estructuras de interés 0 valor histórico O arquitectónico, cultural y arqueológico. iv. Protección del centro urbano tradicional, evitando el establecimiento del uso exclusivo de comercios y servicios en su área central, y protegiendo y fomentando los usos residenciales en dicho sector. V. Promoción del desarrollo integral de todas las áreas periferales de la ciudad, incluyendo los suburbios; proveyéndolas de la infraestructura social y económica necesaria para que no dependan totalmente de las áreas centrales de la ciudad. vi. Protección de la continuidad del trazado y la red vial, y la integración física de la ciudad mediante su red vial, incluyendo a los suburbios y a otras áreas actualmente desvinculadas. vii. Rescate y mejora del espacio público del municipio, fomentando la protección y el desarrollo de áreas verdes, así como la siembra de árboles y vegetación para mejorar la calidad del ambiente de la ciudad. viii. Desarrollo de sistemas de transportación colectiva, en donde se amerite, para agilizar la comunicación y el desplazamiento dentro de la ciudad y entre sus barrios 0 vecindarios. ix. Facilitar el acceso de los ciudadanos a los espacios públicos de la ciudad, sin exclusión de cualquier disposición legal que reglamente su acceso. X. Coordinación e integración de los aspectos físico-espaciales con las estrategias de desarrollo económico, social y ambiental diseñadas por el municipio. xi. Armonización de la morfología urbana y la red vial entre municipios, en caso de que haya colindancia de suelos urbanos en los municipios. xii. Utilización intensa del suelo urbano, incluyendo los suburbios. b. Suelo con valor urbanizable El suelo urbanizable (SUR) está constituido por aquellos terrenos aptos para urbanizarse, a base de la necesidad para acomodar el crecimiento en un período de ocho años para cumplir con las metas y objetivos de la ordenación territorial. Esta clasificación del suelo incluye las categorías de suelo urbanizable programado (SURP) y suelo urbanizable no programado (SURNP). El Plan de Uso de Terrenos no pretende calcular las necesidades de suelos urbanizables programados y no programados para cada uno de los 78 municipios, pues por la escala en la que se desarrolla el Plan dichas subcategorías deben identificarse en los planes de ordenación municipal. En ese proceso debe hacerse un análisis detallado de las necesidades de crecimiento urbano para los distintos usos. Además, se le debe dejar a los planes de menor escala establecer los futuros suelos de crecimiento urbano. Ello le da flexibilidad al proceso de planificación y le permite adaptarse mejor a las realidades cambiantes del mercado, la demografía y las condiciones especiales de cada municipio 0 sector de Puerto Rico. Durante la elaboración de este Plan de Uso de Terrenos se analizaron los suelos urbanizables, tanto los programados como los no programados, propuestos en los planes territoriales municipales. Se encontró que existe una inconsistencia en la manera en que se clasificaron los terrenos. En varios municipios se identificaron terrenos clasificados como suelo urbanizable que exceden lo que pudiera ser la proyección de crecimiento del municipio en los próximos ocho años. Será durante el proceso de revisión de los planes de JUNTA DE PLANIFICACIÓN 135 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio ordenación O al momento de notificación de inicio del proceso de elaboración de un plan de ensanche, cuando se deberá identificar y justificar la necesidad de desarrollo de dichos terrenos. Como se establece en el Artículo 13.005 de la Ley de Municipios Autónomos, no se requiere que exista la categoría de suelo urbanizable, pues su existencia, así como las posibles subcategorías de programado o no programado, dependerá del análisis o estudio de la necesidad de suelos urbanos de aquí a un período de ocho años. Los planes territoriales podrán tener como objetivo identificar terrenos que actualmente no están desarrollados; es decir, convertir terrenos rurales vacantes en urbanos a través de un plan de ensanche. Los planes no identificarán terrenos que actualmente están desarrollados 0 urbanizados, los cuales deben clasificarse como urbanos y trabajarse a través de un plan de área. Este Plan de Uso de Terrenos quiere promover y aclarar que es a través de la planificación, es decir, mediante la elaboración de los planes sectoriales, planes territoriales y planes de ensanche, donde se debe proponer el desarrollo de los terrenos que hoy no cuentan con la infraestructura adecuada, es decir los suelos clasificados como suelo rústico común. Todo proceso de planificación tiene períodos de transición. El hecho de que no todos los municipios cuenten con sus respectivos planes territoriales ha contribuido a que el proceso de desarrollo de terrenos sea distinto en municipios con y sin plan territorial. Para la clasificación de las áreas de valor urbanizable (SUR) se tomarán en consideración los siguientes elementos: i. Se evaluarán los terrenos vacantes en suelo urbano y su capacidad de acoger desarrollo para los distintos usos en los próximos ocho años. ii. Una vez evaluados los usos disponibles en el suelo urbano, hay que identificar cuánto se necesitará para acoger el desarrollo en los próximos ocho años. iii. AI momento de analizar los terrenos que podrían considerarse para futuro desarrollo, se descartarán los que tengan valor ecológico 0 natural y agrícola, y dónde condiciones de contaminación ambiental representen un riesgo a la salud, así como los terrenos sumamente escarpados, susceptibles a erosión, a deslizamientos y de alto riego a desastres naturales. iv. Durante la elaboración de un plan de ensanche se utilizarán distritos de protección para calificar las áreas que así lo ameriten, de manera que se pueda evitar su impacto y desarrollo. Esto se refiere a si un suelo urbanizable tiene, dentro de sus límites, terrenos con valores ecológicos 0 naturales y valores agrícolas, o donde existan condiciones de contaminación ambiental que representen un riesgo a la salud, así como terrenos escarpados, susceptibles a erosión, a deslizamientos y de alto riego a desastres naturales. V. Se tomará en consideración la programación y construcción de la infraestructura en la identificación de suelos urbanizables. vi. El objetivo de los suelos urbanizables en ordenar el futuro desarrollo a través de planes, de modo que se puedan organizar las infraestructuras y usos en grandes extensiones de terrenos vacantes. Por lo tanto, los terrenos ya desarrollados no se identificarán como suelos urbanizables. El Plan de Uso de Terrenos y todos los demás instrumentos de planificación establecerán un proceso estructurado de transformación del suelo urbanizable JUNTA DE PLANIFICACIÓN 136 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio a suelo urbano, persiguiendo que los nuevos desarrollos cumplan con los siguientes objetivos: i. Integrar los nuevos desarrollos al contexto urbano existente y a desarrollos futuros, enfatizando la continuidad del trazado vial tradicional y la continuidad de las vías locales y principales. ii. Establecer nuevos desarrollos de forma compacta, funcional y estética que establezcan nexos de armonía con su entorno, y conformen un espacio público digno y sensitivo a las necesidades del peatón. iii. Incorporar diversos usos compatibles en los nuevos desarrollos de la ciudad para lograr comunidades mixtas, donde se reduzca la dependencia del automóvil y se posibilite el acceso peatonal a los diversos usos. iv. Enlazar los nuevos desarrollos con la ciudad existente a través del desarrollo de sistemas de transportación colectiva, en donde lo amerite, para agilizar la comunicación y el movimiento dentro de la ciudad. V. Facilitar el acceso de los ciudadanos a los espacios públicos que se desarrollen, sin exclusión de cualquier disposición legal que reglamente su acceso. vi. Coordinar e integrar los aspectos físico-espaciales con las estrategias de desarrollo económico, social, y ambiental diseñadas por el municipio. vii. Utilizar intensamente el suelo a urbanizarse. El desarrollo del Plan de Uso de Terrenos requirió los siguientes cambios a los suelos urbanizables: i. Se eliminaron suelos urbanizables en zonas de riesgo por ser inundables. Algunos ejemplos son los suelos en el barrio Higuillar en Dorado, barrio Lapa en Salinas, barrio Martín González en Carolina, sector San Antonio en Dorado y Boca Velázquez en Santa Isabel. ii. Se eliminaron suelos urbanizables por estar en zonas de alta susceptibilidad a deslizamientos. Por ejemplo en los barrios Cuchillas y Voladoras en Moca, el barrio Piedras Blancas de San Sebastián y el barrio Pueblo de Lares. iii. Se eliminaron suelos urbanizables por ser inundables y humedales, tales como en el sector el Maní de Mayagüez. iv. Se eliminaron suelos urbanizables en áreas escarpadas y ecológicas, como en el barrio Tallaboa Saliente en Peñuelas, y el barrio Canóvanas en Canóvanas y Hatillo. V. Se eliminaron suelos urbanizables por ser terrenos escarpados, como en el barrio Veguitas en Jayuya. vi. Se eliminaron suelos urbanizables, al estar desarrollados 0 urbanizados. Es el caso de los barrios Buena Vista, Cerro Gordo, Santa Olaya, Minillas y Guaraguo Abajo en Bayamón, el barrio Carraizo de Trujillo Alto, el barrio Pueblo y Playa en Santa Isabel, barrio Pueblo de Barceloneta y otros en Manatí, Sabana Grande, Mayagüez, Moca, San Sebastián, Lares, Morovis, Ciales y Sabana Grande, el barrio Camarones, Río, Hato Nuevo en Guaynabo, barrio Cacao en Carolina, en barrio Canóvanas en Canóvanas y el barrio Cabezas en Fajardo. vii. Se eliminaron suelos urbanizables por estar actualmente en usos agrícolas y tener valor agrícola. Por ejemplo, los ubicados en los barrios Galateo y Bucarabones en, Toa Alta, en el barrio Media Luna en Toa Baja, el barrio Lapa de Salinas, barrio Felicia I en Santa Isabel, en el barrios San Ildefonso y los Llanos en Coamo, barrio Jaguas de Ciales, el sector San Antonio y el barrio Higuillar en Dorado, barrio Pueblo de Lares, y en el barrio Quebrada Limón en Ponce y Mayagüez. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 137 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio viii. Se eliminaron suelos urbanizables para reconocer los terrenos con valor ecológico del carso en el barrio Morovis Norte de Morovis, el barrio Pueblo de Lares en Ciales y en el barrio Coto Sur en Manatí. ix. Se eliminaron suelos urbanizables para reconocer canteras activas, como en el barrio Corrales en Aguadilla y en el barrio Trujillo Bajo de Carolina. En resumen, los suelos urbanizables identificados por el Plan de Uso de Terrenos son los que ya existían, y son cónsonos y compatibles con las políticas públicas establecidas. También los que se han propuesto de manera preliminar en la revisión y/o desarrollo de los planes territoriales en proceso de redacción o revisión. En el Plan de Uso de Terrenos se identificaron 17,475.94 cuerdas con las características que permitieron clasificarlas como suelo urbanizable, lo que representa un 0.77% de todo Puerto Rico. AI momento de elaborarse el Plan se habían calificado 34,821.56 cuerdas de suelo que correspondían a la clasificación de suelo urbanizable, que representan el 1.52% de Puerto Rico. Las 17,475.94 cuerdas clasificadas como suelo urbanizable permitirían la construcción de 270,003 unidades de vivienda, a base de una densidad baja de 15.45 unidades por cuerda, y alrededor de 66,534,313 pies cuadrados de espacio comercial y 44,356,208 pies cuadrados de espacio industrial (ver Tabla 5). Tabla 5. Cálculo de suelo urbanizable Suelo urbanizable 17,475.94 cuerdas = 739,270,148.75 pies cuadrados Dotaciones y Unidades de Espacio Espacio servicios vivienda de comercial industrial (40%) en pies baja densidad (9%) en pies (6%) en pies cuadrados (45%) cuadrados cuadrados 295,708,059.5 270,003.27 66,534,313.39 44,356,208.93 Fuente: Junta de Planificación, 2015 Estos cálculos son adecuados, pues la venta de vivienda se ha reducido en más de la mitad. Desde que comenzó la crisis del sector inmobiliario en el 2006, Puerto Rico ha perdido un 5.5% de su población, y se proyectan cifras negativas de población y de formación de hogares para el 2020. Por otro lado, el sistema y los instrumentos de planificación existentes, tales como los planes sectoriales, planes territoriales y planes de ensanche, permiten responder a cualquier cambio en las tendencias. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 138 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio Mapa 35. Suelos urbanos, urbanizables programados y urbanizables no programados ASICIO MINIT SANJAN AGUIDALA FAMOD MADAGUEZ PUPPORT CATEY CLAFFES PONCE CUSTOMER 111.00 MOA 15 = 33 Sutio above (9)) 322,933 curds State embarizable programade (SURP) = 13609 cords State (SUTN?) 6,867 coulds Fuente: Junta de Planificación, 2015 Gráfica 13. Suelos disponibles para desarrollo SU= 302,931 THE SU. ocupado= 285,643 cuerdas [35%] SU vacante = 16,283 cuerdas [5%] and at NO 90 UN MY 15,213 100% wacante + NO = MS 13,63 (243)475) + = sea VA3 102 THE V9 A 6,167 under SURP= 10,608 cuerdas SURNP = 6,867 cuerdas Discoss Services Deservative Trtal 6,813 Such disponible para 26,773 cuerdas total 320,407 cuerdas =1,000 cuerdas Fuente: Junta de Planificación, 2015 JUNTA DE PLANIFICACIÓN 139 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio c. Suelo con valor rural El suelo rústico (SR) está constituido por aquellos terrenos que deben ser expresamente protegidos del proceso urbanizador.⁹⁵ Entre otras razones por su valor agrícola y pecuario, actual 0 potencial; su valor natural y recreativo, actual o potencial; los riesgos a la seguridad O salud pública; 0 por no ser necesarios para atender las expectativas de crecimiento urbano en el futuro previsible de ocho años. Esta clasificación de suelo incluye las categorías de suelo rústico común (SRC) y suelo rústico especialmente protegido (SREP). El Artículo 13.002, inciso e, de la Ley de Municipios Autónomos, antes citada, establece que los planes de ordenación cumplirán con metas y objetivos entre los que están propiciar "el uso y manejo de suelo rústico evitando su lotificación y prohibiendo el proceso urbanizador en dicho suelo". Respecto al suelo rústico, los planes cumplirán con lo siguiente: mantener dicho suelo libre del proceso urbanizador; evitar la degradación del paisaje y la destrucción del patrimonio natural; preservar la integridad de los suelos agrícolas y protegerlos del proceso urbanizador; establecer medidas para el uso de suelo de forma no urbana; delimitar el suelo que debe ser especialmente protegido debido a sus características especiales; y establecer planes para el manejo de los recursos naturales y agrícolas. El Plan de Uso de Terrenos y todos los instrumentos de planificación establecerán un proceso claro para evitar la urbanización de los suelos rústicos, de acuerdo con sus respectivos valores, persiguiendo los siguientes objetivos: i. Los planes y sus reglamentos evitarán las subdivisiones 0 lotificaciones en los suelos rústicos para prescindir de los desarrollos aislados y salvaguardar los terrenos agrícolas 0 de excepcional belleza 0 paisaje, así como su susceptibilidad a riesgo. ii. Desalentar y evitar los desarrollos y lotificaciones a lo largo de las carreteras estatales y municipales, y el acceso directo a las mismas, con el fin de garantizar la interconexión y mejorar la movilidad entre las distintas partes de Puerto Rico y dentro de los propios municipios. iii. Evitar aquellos usos y actividades que perjudiquen el recurso arena y los recursos relacionados en la zona costanera, estuarios y otros. iv. Evitar la construcción de estructuras en la zona marítimo-terrestre y a 50 metros de ella, así como en las áreas de playa. Desestimular las actividades O lotificaciones en los terrenos colindantes que tengan el efecto de impedir u obstaculizar el libre acceso a las mismas, fomentando la libre percepción de sus vistas panorámicas, el libre acceso al sol y su disfrute por todos. V. No se fomentarán nuevos núcleos urbanos aislados. vi. Las actividades industriales livianas, pesadas y las atípicas se permitirán en el suelo rústico, siempre que no impacten adversamente elementos ambientales, agrícolas, ecológicos y de paisaje. Se podrá considerar la ubicación de las industrias contaminantes en los suelos rústicos comunes, ⁹⁵EI proceso urbanizador se define en el Artículo 13.003 de la Ley de Municipios Autónomos. Significará todo desarrollo que transforme un suelo no urbano con obras, tales como desarrollo de vías, provisión de acueductos y alcantarillado sanitario, suministro de energía eléctrica, movimiento de tierra, y desarrollo de estructuras agrupadas que le otorguen características de suelo urbano. JUNTA DE PLANIFICACIÓN 140 19 de noviembre de 2015 Memorial del Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio siempre que no impacten adversamente elementos ambientales, agrícolas, ecológicos y de paisaje. vii. Las industrias se deberán concentrar en parques industriales, tomando en consideración las áreas funcionales. Se considerarán por anticipado los terrenos que reúnen las mejores características para acoger dichos desarrollos, evitando la dispersión de estos usos en el territorio. Los proyectos industriales atípicos que requieran ubicaciones especiales serán la excepción a esta norma. viii. Las actividades turísticas se permitirán en el suelo rústico, siempre que no impacten adversamente elementos ambientales, agrícolas, ecológicos y de paisaje. ix. No se permitirán nuevos usos residenciales en suelo rústico. La ubicación de nuevas residencias en suelo rústico se limitará a aquellas que estén íntimamente relacionadas a las actividades propias del ámbito rural, evitando los impactos indeseados que han provocado los usos dispersos residenciales sobre las actividades agrícolas, canteras, graveros, industrias, usos turísticos rurales, cuerpos de aguas, los elementos de valor natural y de paisaje, y los gastos no programados para proveer la infraestructura de agua, sanitaria y eléctrica. X. Se recomienda la ubicación de actividades de extracción en los suelos rústicos. xi. Desincentivar las actividades incompatibles con los usos industriales, vertederos, canteras, agrícolas, entre otros típicos de los suelos rústicos, como son las viviendas aisladas que afectan la viabilidad de estos usos. Se establecerán dos categorías de suelo rústico, común y especialmente protegido: (1) Suelo rústico común (SRC) Este suelo tiene un gran valor por la disponibilidad para acoger toda la diversidad de actividades no urbanas, así como para las actividades rurales y de paisaje. En este suelo pueden ocurrir distintas actividades, como los usos industriales pesados, las canteras, los vertederos, las comunidades penales, las instalaciones de infraestructura, las actividades agrícolas y pecuarias, así como de ciertas dotaciones y equipamientos, que en la mayoría de los casos no deben estar en las áreas habitadas. En el Plan de Uso de Terrenos se identificaron 455,308.40 cuerdas con las características para clasificarse como suelo rústico común, que representan un 20% de todo Puerto Rico. Al momento de elaborarse el Plan existían calificadas 717,621.21 cuerdas de suelo con distritos que correspondían a la clasificación de suelo rústico común y que representan el 31.3% de Puerto Rico. La reducción del suelo rústico se debe a los terrenos que se han desarrollado, las comunidades desarrolladas que se clasificaban como rústicas en vez de urbanas, y a una cantidad de terrenos con valores agrícolas y ecológicos que no se estaban clasificando adecuadamente. (2) Suelo rústico especialmente protegido (SREP) Es el que por su especial ubicación, topografía, valor estético, arqueológico 0 ecológico, valor agrícola y pecuario, actual 0 potencial; valor natural único; y por los riesgos a la seguridad o la salud pública u otros atributos, se identifican JUNTA DE PLANIFICACIÓN 141 19 de noviembre de 2015 Memorial de Plan de Uso de Terrenos Capítulo 3 Plan de Uso de Terrenos, instrumento para identificar valores en el territorio como un terreno que nunca deberá considerarse como suelo urbano (SU) 0 urbanizable en un plan.⁹⁶ Con el fin de cumplir a cabalidad la función de guiar el desarrollo y orientar en la elaboración de futuros planes sectoriales O de ordenación, y que el proceso de calificación se realice de manera informada y uniforme, la Junta de Planificación utilizó los criterios establecidos en la Ley de Municipios Autónomos y en la Ley para el Plan de Uso de Terrenos para crear subcategorías dentro del suelo rústico especialmente protegido. Así. pues, los criterios identificados son: natural 0 ecológico, agrícola y pecuario, hídrico, valor estético o de paisaje, arqueología, riesgo y cualquier otro que surja de las políticas públicas. El Plan de Uso de Terrenos identifica las siguientes subcategorías: Tabla 6. Desglose de subcategorías de suelo rústico especialmente protegido (SREP) SREP Suelo rústico especialmente Cuerdas % Total protegido SREP suelo rústico especialmente 28,172.34 1.24 28,172 protegido E por valor ecológico 472,450.38 20.77 EA por valor ecológico y agrícola 7,491.40 0.33 Ecológico 684,878 EP por valor ecológico y de paisaje 49,429.81 2.17 EH por valor ecológico e hídrico 155,506.85 6.84 A por valor agrícola 592,667.44 26.06 AE por valor agrícola y ecológico 13,591.46 0.60 Agrícola 637,592 AP por valor agrícola y de paisaje 1,770.19 0.08 AH por valor agrícola e hídrico 29,563.20