Regl. 3497, art. 264.90(b)-207
Plan de Operación
Length: 272 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3497, Art. 264.90(b)-207
1. Toda facilidad de desperdicio sólido será de
acuerdo con un plan de operación escrito sometido
a, y aprobado por la Junta. Cada plan de operación será preparado en conformidad con este
reglamento y de acuerdo con cualesquiera otras
guías que la Junta pueda adoptar posteriormente.
2. Cada plan de operación proporcionará procedimientos de emergencias diseñados para evitar que
ocurran accidentes o interrupciones, así como
para reaccionar a ellos 0 para evitar daños a la
salud humana 0 al ambiente. Como mínimo, los
precedimientos de emergencias estarán conformes
con las disposiciones establecidas por la APA
relativas a los "Planes de Prevención, Control y
Contramedidas de los Derrámes", Sección 311 de la
Ley de Agua Limpia. Incluirá además los nombres,
direcciones y teléfonos de todas las personas
designadas para actuar como coordinadores de
emergencias; un listado con la descripcion física
de las condiciones y capacidad del equipo de
emergencia; un plan de evacuación; y un bosquejo
del programa de adiestramiento para emergencias
que se ofrecerá a los empleados.
3. Copia de los procedimientos de emergencias en el
plan de operación deberá ser radicada en la
Junta; la Oficina Regional del Departamento de
Salud; la Polícia Local; la Defensa Civil; el
Servicio de Bomberos; y el hospital local 0
regional.
-VII-
40 CFR 266
REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE
LOS DESPERDICIOS SOLIDOS PELIGROSOS
Y NO PELIGROSOS
PARTE XI
.
Se enmienda el Reglamento para el Control de los Desperdicios
Sólidos Peligrosos y No-Peligrosos para añadir 10 siguiente como
Parte XI:
Parte XI
Normas para el Manejo de Desperdicios Peligrosos
Específicos y Tipos Específicos de Facilidades para
el Manejo de Desperdicios Peligrosos.
Regla 1101-1102 (Reservada)