Regl. 8680, art. XIV-XIII
PUBLICACIÓN DE INFORMES
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Cite as Reglamento Núm. 8680, Art. XIV-XIII
1. Como parte del fortalecimiento del Principio de Mérito, la OCALARH publicará
en su página de Internet el Informe de AuditorÃa de cada Agencia, Municipio o
Corporación Pública.
2. Se publicarán, también, los informes de investigaciones y desarrollo que se
realicen.
3. Además, podrá emitir un comunicado de prensa que incluya un breve resumen de
los hallazgos encontrados para conocimiento público.