Regl. 8680, art. XIV-XIII

PUBLICACIÓN DE INFORMES

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Cite as Reglamento Núm. 8680, Art. XIV-XIII

1. Como parte del fortalecimiento del Principio de Mérito, la OCALARH publicará en su página de Internet el Informe de Auditoría de cada Agencia, Municipio o Corporación Pública. 2. Se publicarán, también, los informes de investigaciones y desarrollo que se realicen. 3. Además, podrá emitir un comunicado de prensa que incluya un breve resumen de los hallazgos encontrados para conocimiento público.
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