Regl. 8701, art. 1-1.05

- Aplicación.

Length: 42 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8701, Art. 1-1.05

Este Reglamento aplicará a todas las compañías de servicio eléctrico que al momento de entrar en vigor este Reglamento estén operando en Puerto Rico, así como a toda compañía de servicio eléctrico que se proponga operar u ofrecer servicios en Puerto Rico.
Regl. 8701, art. 1-1.05: - Aplicación. | Justis AI