Regl. 8701, art. 5-5.01
- Requisitos.
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Cite as Reglamento Núm. 8701, Art. 5-5.01
A) Toda compañía de servicio eléctrico O persona que, al amparo de este Reglamento,
esté obligado a presentar ante la Comisión algún documento 0 información, podrá
solicitar a la Comisión la concesión de un término adicional para presentar el
documento 0 información, siempre y cuando haya justificación adecuada para la
concesión del término adicional.
B) La solicitud de prórroga deberá ser presentada antes de que venza la fecha límite
dispuesta para la entrega de los documentos 0 información de conformidad con este
Reglamento.
C) La solicitud deberá especificar los hechos y exponer los fundamentos que, a juicio
del peticionario, justifiquen la concesión de la prórroga solicitada. La Comisión
evaluará oportunamente la solicitud y determinará si concede 0 no un término
adicional para la presentación de la información 0 documentos.